La entidad que nuclea a las aerolíneas pidió al Gobierno que reconsidere el impuesto del 35% a los pasajes aéreos

En un carta dirigida a la titular de AFIP, Mercedes Marcó del Pont, la Asociación Internacional de Transporte Aéreo (IATA) afirmó que el impuesto “podría afectar aún más al sector de los viajes y el turismo del país, profundamente golpeado hasta ahora por la pandemia”

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Para la IATA, el nuevo
Para la IATA, el nuevo impuesto reducirá aún más el atractivo de la Argentina para las aerolíneas.

La Asociación de Transporte Aéreo Internacional (IATA) le pidió al Gobierno de Alberto Fernández que reconsidere el impuesto del 35% que se le aplica a los tickets aéreos internacionales a partir de las nuevas restricciones que estableció la semana pasada el Banco Central.

“La imposición del nuevo impuesto reducirá aún más el atractivo del país para las aerolíneas. IATA prevé que la demanda en el mercado argentino en 2020 disminuirá por lo menos un 67% con respecto a 2019. Como resultado, los ingresos de las aerolíneas generados por el mercado se reducirán en USD 3.260 millones, lo que pondrá en peligro 19.820 empleos directos y disminuirá la contribución de la aviación al PIB del país en USD 1.630 millones”, afirmó la asociación.

Según indicó IATA en una carta destinada a la titular de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), Mercedes Marcó del Pont, la suspensión de la aviación en el país durante más de seis meses ya dio lugar al cierre de una aerolínea nacional y el anuncio de tres aerolíneas internacionales que no volverán al mercado una vez que se permita la reanudación de los vuelos.

Esto tendrá un impacto significativo en la conectividad aérea del país y la imposición del nuevo impuesto reducirá aún más el atractivo del país para las aerolíneas. IATA prevé que la demanda en el mercado argentino en 2020 disminuirá por lo menos un 67% con respecto a 2019″, señaló.

Y agregó que como resultado, los ingresos de las aerolíneas generados por el mercado se reducirán en USD 3.260 millones de dólares, lo que pondrá en peligro 19.820 empleos directos y disminuirá la contribución de la aviación al PIB del país en USD 1.630 millones.

“Esta decisión no podría haber llegado en un peor momento. Debido a las medidas implementadas para enfrentar el COVID-19, la aviación en Argentina ha estado en tierra durante medio año. Aún no contamos con una fecha oficial para el reinicio de los vuelos domésticos e internacionales y nos imponen más impuestos gubernamentales. Así no se puede reactivar la demanda, ni se permitirá a esta industria ser un catalizador de beneficios sociales y económicos que contribuya a mejorar la debilitada economía del país y su población una vez que se reanuden las operaciones tras la pandemia”, dijo María Jose Taveira, Country Manager de IATA para Argentina, Paraguay y Uruguay.

La imposición del nuevo impuesto contradice directamente las políticas aceptadas en materia de tributación publicadas por la Organización de Aviación Civil Internacional (OACI), un organismo especializado de las Naciones Unidas

Cabe recordar que el Banco Central estableció la semana pasada nuevas restricciones en el mercado de cambios para la compra de divisas. Concretamente, instruyó a la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) a que imponga un anticipo del 35% de impuesto a la Ganancias o a Bienes Personales para la compra del dólar ahorro y ordenó que los gastos con tarjeta en moneda extranjera se hagan a cuenta del cupo de hasta USD 200 mensuales de manera retroactiva al 1 de septiembre pasado.

Los cambios formaron parte de una batería de medidas tomadas en consonancia con el Ministerio de Economía y la Comisión nacional de Valores (CNV) e incluye mayores exigencias para la apertura de cajas de ahorro en moneda extranjera, entre otros ítems. Quienes opten por comprar el cupo de USD 200 deben pagar, además del 30% del Impuesto PAIS, un adelanto del 35% a cuenta de Ganancias o Bienes Personales. El precio del dólar “solidario”, por tanto, surgirá de subirle a la cotización oficial un 65%.

En el comunicado, IATA remarcó que Argentina ya impone impuestos sustanciales a los boletos de avión internacionales vendidos en el país. Y dio el siguiente detalle:

-Impuesto PAIS: 30% de la tarifa aérea pagada en pesos argentinos.

- Impuesto DNT (Fondo Nacional de Turismo): 7% de la tarifa aérea* pagada

- Tasa de aeropuerto para salidas internacionales: USD 51

- ANAC (Impuesto de la Autoridad de Aviación Civil): USD 8

- Impuesto de inmigración: USD 10

- Nuevo impuesto gubernamental adicional: 35% de la tarifa aérea pagada

El organismo dio dos ejemplos sobre el recargo de impuestos que tiene un vuelo internacional a Miami y a Madrid. En el primer caso, un ticket de USD 500 tiene un adicional de impuestos de USD 429, por lo cual su precio final es de USD 929.

Desde IATA dieron ejemplos sobre
Desde IATA dieron ejemplos sobre la carga de impuestos que tiene un ticket de un vuelo internacional tanto a Madrid como a Miami.

En el segundo, un viaje a Madrid de USD 800, tiene un adicional de USD 645, teniendo enc uenta los impuestos mencionados anteriormente.

En un vuelo a Madrid
En un vuelo a Madrid de USD 800, el adicional por el impuesto del 35% es de USD 280.

En ese contexto, IATA se manifestó que se opone firmemente a cualquier forma de impuesto o tasa en la que los ingresos resultantes no se reinviertan en la industria de la aviación y se destinen simplemente a aumentar los ingresos del gobierno general.

“La imposición del nuevo impuesto contradice directamente las políticas aceptadas en materia de tributación publicadas por la Organización de Aviación Civil Internacional (OACI), un organismo especializado de las Naciones Unidas”, destacó.

Y añadió que en este sentido, Argentina, como nación signataria del Convenio de Aviación Civil Internacional (Convenio de Chicago) y Estado Contratante de la OACI, está obligada a adherirse al Artículo 15 del Convenio de Chicago que establece que “ningún Estado contratante impondrá derechos, impuestos u otros gravámenes por el mero derecho de tránsito, entrada o salida de su territorio de cualquier aeronave de un Estado contratante o de las personas o bienes que se encuentren a bordo”.

Y también a los criterios de la OACI sobre Impuestos en la Esfera del Transporte Aéreo Internacional incluidos en el Documento 8632, que establece entre otras cosas, que “cada Estado contratante reducirá en el máximo grado posible y tratará de eliminar, tan pronto como lo permita su situación económica, toda forma de imposición sobre la venta o el uso del transporte aéreo internacional, incluso los impuestos sobre los ingresos brutos de los explotadores y los impuestos recaudados directamente de los pasajeros o expedidores”.

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