Dólar: uno por uno, los motivos que impiden comprar los USD 200 mensuales

Tras el endurecimiento de las trabas cambiarias se multiplicaron los conceptos por los que el banco puede negar el acceso al mercado cambiario a sus usuarios

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El endurecimiento de las trabas cambiarias que decidió esta semana el Banco Central generó toda una nueva categoría de ahorristas que, a partir de ahora, no podrán acceder al mercado. Las nuevas exclusiones se suman a las trabas ya existentes para crear toda una categoría de personas que no están autorizadas a operar en cambios con fines de atesoramiento. La lista incluye a beneficiarios de planes sociales y asistencia crediticia de tiempos de pandemia, a los que refinanciaron las tarjetas de crédito y a quienes tienen congeladas las cuotas de créditos, entre otros.

Coleros digitales

Los primeros excluidos son ahorristas que, según el Banco Central, realizaron maniobras sospechosas que determinaron la apertura de un sumario y, eventualmente, una causa judicial. Son movimientos en cuentas en dólares que no se condicen con los datos de ingresos de sus titulares, operaciones que de alguna manera superaron el tope de USD 200 que rige desde octubre del año pasado o sospechosos de prestar su cupo a terceros, entre otras infracciones a las normas cambiarias.

A principios de este mes el Banco Central publicó en su página web la lista de alrededor de 20.000 CUIT suspendidos para comprar dólares en base a la detección de ese tipo de irregularidades.

Beneficiarios de créditos a tasa cero

En el marco de la pandemia y las medidas de aislamiento social dispuestas para intentar paliarla, el Gobierno lanzó a través de la AFIP un programa de créditos a tasa cero para monotributistas y autónomos que vieron afectada su actividad por el parate económico. Según la AFIP, alrededor de 600.000 personas tomaron los créditos de hasta $150.000 a pagar en 12 cuotas iguales y consecutivas luego de un período de gracia de seis meses.

Hasta la cancelación del crédito, ya sea a los 18 meses o en cualquier momento previo en el que el tomador del préstamo quiera y pueda hacerlo, rige una inhabilitación para comprar dólares para atesoramiento –el cupo mensual de USD 200– y también para operar bonos contra moneda extranjera, es decir, para comprar “dólar MEP” y “dólar contado con liquidación”. Tras los cambios a la normativa cambiaria, estas restricciones se mantienen.

Titulares de empresas que solicitaron el programa ATP

El Programa de Asistencia al Trabajo y la Producción, que reduce cargas sociales y asiste con el pago de parte de salarios a empresas afectadas por el derrumbe económico, inhabilita a los titulares y directivos de esas empresas a operar en cambios. La exclusión, sin embargo, no afecta a los empleados.

Ante la disparada de los
Ante la disparada de los dólares paralelos en la City, el Banco Central había suspendido a casi 20.000 personas para operar en cambios

Los que operan dólares financieros

Otra traba que ya estaba impuesta aun antes del endurecimiento del cepo de esta semana es la inhabilitación temporal para operar en cambios para quienes compraran o vendieran dólares en el mercado de bonos, las operatorias conocidas como dólar MEP y contado con liquidación. En los hechos, es una exclusión temporal por 90 días que funciona en dos direcciones: quienes operan con esas cotizaciones paralelas no pueden acceder al cupo mensual de USD 200 por tres meses y, viceversa, quienes usan su cupo de USD 200 para atesoramiento no pueden operar MEP o liqui por el mismo período de tiempo.

Beneficiarios de planes sociales

Esta semana se establecieron nuevas trabas para beneficiarios del Ingreso Familiar de Emergencia (IFE), de la Tarjeta Alimentar y de otros beneficios sociales en la Comunicación A 7105 del BCRA que establece criterios de verificación de los ingresos de las personas que abren cuentas bancarias en dólares o usan las que ya tienen. La norma impide que los que tengan como ingresos esas asignaciones puedan abrir nuevas cuentas en dólares y que quienes ya las tengan no puedan acceder al cupo de USD 200, todo mediante un cruce de datos con Anses.

La relación entre el récord de compradores de dólar de los últimos meses y la inyección del bono de $10.000 a la economía no está del todo probada, pero en la autoridad monetaria quieren asegurarse de que la liquidez que vuelca el Estado a la calle no termine en el mercado cambiario.

Personas sin ingresos estables

En la misma norma en la que se establecen límites para beneficiarios de planes sociales se establece, además, el cruce de datos con Anses para relacionar las compras de dólares con los ingresos de los compradores. El objetivo de esto es que personas con capacidad económica para comprar más de lo que fija el cupo dupliquen o multipliquen su cupo mensual al transferir dinero a familiares, allegados o terceros. El cruce de datos se usará para determinar quién tiene ingresos propios para comprar.

Titulares de cuentas compartidas

Un límite que se empezará a aplicar a partir de las nuevas trabas cambiarias pesa sobre las cuentas con más de un titular. Hasta ahora, muchos ahorristas que compartían cuentas con cónyuges u otras personas accedían al doble de cupo por considerar que las dos personas tenían acceso. A partir de ahora, esas cuentas tendrán el mismo tope de USD 200, es decir, se superpone al criterio de acceso limitado por persona el criterio de no más de un cupo mensual por cuenta.

Los deudores hipotecarios y prendarios
Los deudores hipotecarios y prendarios con cuotas congeladas no podrán acceder a los USD 200 mensuales

Tarjetas con consumos en dólares

Uno de los cambios más resonantes de las últimas normas es que los consumos en moneda extranjera con tarjeta de crédito o débito pasan a ser parte del cupo mensual de USD 200. Así, pagos de servicios de streaming, aplicaciones, juegos online o gastos con tarjetas en el exterior se restan del cupo. De este modo, quien pague servicios por USD 50 con la tarjeta un mes, podrá comprar con fines de atesoramiento sólo USD 150 al mes siguiente. El criterio es, además, acumulativo: si un usuario de tarjetas consume por USD 400 en un mes, quedará imposibilitado de comprar dólares para ahorro los dos meses siguientes.

Tarjetas refinanciadas

En abril y, otra vez, en septiembre el Banco Central lanzó dos iniciativas de refinanciamiento automático de saldos impagos de tarjetas de crédito. Quien hizo el pago mínimo o pagó menos del 100% de esos dos meses entró en forma automática en una refinanciación a un año de plazo, con tres meses de gracia y nueve cuotas iguales. El programa de abril se hizo a una tasa nominal del 43% y el de septiembre a una tasa nominal del 40%. Ya que no se requiere adhesión para la reprogramación de los pagos, se permite cancelar ese préstamo en cualquier momento, sin intereses punitorios –aunque sí con los intereses corridos hasta el momento de la cancelación–. Mientras esa refinanciación siga vigente, es decir, no se cancele, las personas que gozaron de ese beneficio no podrán acceder a los USD 200 mensuales.

Deudores UVA y prendarios con cuotas congeladas

El Gobierno dispuso en marzo por decreto un congelamiento de las cuotas para aquellos que tomaron préstamos en UVA, tanto hipotecarios como prendarios, hasta el 30 de septiembre. También suspendió las ejecuciones hipotecarias o prendarias hasta esa fecha. Aún no se expidió acerca de si ese congelamiento se extenderá o no. Todos aquellos que recibieron estos beneficios, tanto el diferimiento de las cuotas como su congelamiento en el caso de los endeudados en UVA, no podrán comprar dólares para atesorar como resultado de las nuevas normas cambiarias.

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