El endurecimiento de las trabas cambiarias que agregó una percepción del 35% a cuenta del Impuesto a las Ganancias y a los Bienes Personales a las compras de dólares para ahorro golpea también a los consumos en moneda extranjera hechos con tarjeta de crédito o de débito. Como el nuevo pago a cuenta se aplica sólo sobre la base imponible, el precio por dólar, y no sobre el Impuesto PAIS del 30%, esto supone que cada dólar costará casi un 27% más en pesos. Pero hay muchos detalles a tener en cuenta.
- Cuándo empieza a regir: el recargo a las compras con tarjeta de débito o crédito en moneda extranjera rige desde este miércoles 16. Los consumos que se hagan con débito a una cuenta en pesos lo pagarán de inmediato, mientras que los que se hagan con tarjeta de crédito se pagarán al momento del vencimiento del resumen.
- Qué pasa con los consumos que ya se hicieron este mes: aunque el Banco Central comunicó que la nueva normativa se aplica para los consumos de septiembre en adelante, fuentes de la AFIP aclararon a Infobae que en realidad el 15 de septiembre, fecha de los anuncios, será una divisoria de aguas. En la jerga del organismo recaudador, los consumos con tarjeta como hechos imponibles se “perfeccionan” en el momento en que se concretan, no en el del pago del resumen. Con lo cual, todos los pagos en moneda extranjera hechos con tarjeta hasta el día de hoy quedan exentos del nuevo recargo del 35%.
Los consumos con tarjeta como hechos imponibles se perfeccionan en el momento en que se concretan, no en el del pago del resumen. Con lo cual, todos los pagos en moneda extranjera hechos con tarjeta hasta el día de hoy quedan exentos del nuevo recargo
El criterio que se aplica es el mismo que se usó cuando nació el Impuesto PAIS, el 15 de diciembre pasado. En ese entonces, las compras de divisas hechas en la primera mitad del mes quedaron libres de tributar el nuevo impuesto de emergencia. En este caso, se va a aplicar el mismo criterio. Los pagos con tarjeta ya concretados no quedarán sujetos a la percepción del 35%, aunque el pago finalmente se haga en el próximo resumen. Los pagos que se hagan con la misma tarjeta desde el 16 de septiembre si quedarán sujetos a la percepción del 35%.
- Cómo afecta al cupo de USD 200: a partir de ahora, las compras en moneda extranjera se tomarán a cuenta del consumo mensual. Esto es, si una persona gasta USD 50 con su tarjeta, el mes que viene no podrá comprar USD 200 porque su cupo se habrá achicado a USD 150. De la misma forma, si se consumieran USD 600 con tarjetas, durante tres meses sería imposible comprar dólares para atesoramiento.
Un punto importante es que, sin embargo, no hay límites para la cantidad de consumos en dólares que se pueden hacer con plásticos. Si una persona, hipotéticamente, gastara USD 10.000 con tarjeta se habría consumido por adelantado su cupo de dólares para atesoramiento de los próximos 50 meses. Pero no tendría límites para seguir usando la tarjeta: al mes siguiente podría volver a hacer tantos gastos en moneda extranjera como su capacidad económica se lo permitiera.
A partir de ahora, las compras en moneda extranjera se tomarán a cuenta del consumo mensual. Esto es, si una persona gasta USD 50 con su tarjeta, el mes que viene no podrá comprar USD 200 porque su cupo se habrá achicado a USD 150
Así lo explicó el Central en un comunicado: “Los pagos realizados por los consumos en moneda extranjera con tarjetas de crédito o débito se tomarán a cuenta del cupo mensual. No habrá tope al consumo con tarjetas (débito y crédito) y cuando los gastos mensuales superen el cupo, absorben el de los meses subsiguientes”.
“Para no afectar la operatoria habitual, la deducción del límite será aplicada al inicio del mes siguiente a la realización de los consumos con tarjeta de crédito en moneda extranjera. En el caso de que los pagos con tarjeta de un mes resultaran superiores al límite disponible para la FAE, la deducción será trasladada a los meses subsiguientes hasta completar el monto adquirido”, agregó el texto oficial.
- Las compras con tarjeta no impiden operar dólares financieros: luego de las modificaciones a la normativa cambiaria sigue vigente la inhabilitación por 90 días para operar dólar contado con liquidación o dólar MEP, los tipos de cambio que se obtienen negociando con bonos y acciones, que rige hoy. Y viceversa, la compra de dólares para atesoramiento impide por tres meses operar con “liqui” o MEP. Pero esas limitaciones no se activan al hacer consumos con tarjeta.
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