La Administración Federal de Ingresos Públicos (Afip) avanza en ultimar los detalles de la moratoria con le intención de reglamentarla esta semana. La norma abre la posibilidad para que una gran cantidad de empresas y personas humanas regularicen sus deudas contraídas hasta el 30 de junio con la administración central.
La expectativa es que buena parte de las empresas chicas y medianas del país entren en este nuevo proceso pero no se sabe aún qué porcentaje de las grandes compañías se sumarán, ya que establece varias restricciones respecto del mercado cambiario.
Pero, aunque muchos dan por sentada que habrá una convocatoria muy importante de organizaciones que se quieran sumar, entienden que no será apenas se realice su lanzamiento. “Teníamos la noticia de que esta semana entraba en vigencia, nosotros pensábamos que iba a ser hoy por lo que entiendo que será en los próximos días”, explicaron desde uno de los grandes estudios contables de la ciudad.
“Hasta octubre va a estar vigente y, a no ser que tengas un problema judicial específico, no vale la pena adherirse antes porque financieramente no es conveniente. En ese contexto parece ser más operativo que económico la salida porque hasta noviembre no comenzarán a recaudar nada”, agregó la misma fuente.
La moratoria impositiva en la que se está trabajando su reglamentación presenta varias particularidades, la primera de ellas son los plazos y los montos.
Como el Presidente Alberto Fernández anunció públicamente la intención de lanzar una nueva moratoria mucho antes que se enviara el proyecto al Congreso, muchas empresas y particulares empezaron a retacear sus pagos a la espera del anuncio que les propusiera un plan de cuotas, y esto hizo que al momento en que se presentó el proyecto en Diputados se acumulara una deuda de $281.700 millones, que se suma a los $230.000 millones que ya se encontraba en diferentes planes de pago.
Cuando los especialistas señalan que dudan de cuál será la aceptación entre las grandes compañías es porque esta moratoria establece una restricción en el sistema cambiario. Uno de sus artículos establece que las grandes empresas que quieran participar de la moratoria quedarán excluidas del mercado cambiario para el pago de algunas operaciones. Básicamente, se les prohibe durante 24 meses distribuir dividendos, realizar operaciones con títulos para eludir la normativa cambiaria y acceder al mercado cambiario para realizar pagos a entidades vinculadas.
La norma incluye una serie de “premios” para los contribuyentes cumplidores. Para los monotributistas el beneficio será la exención del componente impositivo conforme la cantidad de cuotas con un límite de 17.500 pesos.
En el caso de Ganancias, se incrementa 50% la deducción especial para las personas humanas. La norma excluye del beneficio a quienes ocupan cargos públicos, a quienes se encuentren en relación de dependencia y a jubilaciones, pensiones, retiros o subsidios en cuanto “tengan su origen en el trabajo personal y en la medida que hayan estado sujeto al pago del impuesto y, de los consejeros de las sociedades cooperativas”.
Para las micropymes, el beneficio de estar al día con los impuestos es que podrán optar por practicar amortizaciones a partir del período fiscal de habilitación del bien, de acuerdo con la ley de Impuesto a las Ganancias o, en el caso de si es para inversiones.
Mientras esperan la reglamentación de la moratoria, las cámaras privadas reclaman que el Senado que se apruebe el proyecto de reforma de la Ley de Concursos y Quiebras, el cual declara la emergencia para suspender los procesos de concursos preventivos y quiebras hasta el 31 de marzo de 2021, en el marco de la emergencia sanitaria por el coronavirus.
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