AFIP: cuándo arranca la amplia moratoria impositiva y cuáles son sus ventajas y desventajas para los contribuyentes

Al régimen de perdón impositivo votado por el Congreso todavía le falta ser reglamentado para comenzar a funcionar; elogios y críticas de los especialistas

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Mercedes Marcó del Pont debe reglamentar la moratoria para que empiece a funcionar
Mercedes Marcó del Pont debe reglamentar la moratoria para que empiece a funcionar

El teléfono de los contadores no deja de sonar en estos días porque en pocos días más arrancará la amplia moratoria que votó el Congreso y que todavía debe reglamentar la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP).

Fuentes del organismo que conduce Mercedes Marcó del Pont indicaron a Infobae que para habilitar la adhesión a la moratoria resta la reglamentación que se va a dar a conocer en los próximos días.

Pero ¿cuáles son las ventajas y desventajas de este nuevo plan, más amplio que la moratoria que estuvo vigente hasta ahora?

En diálogo con Infobae, varios tributaristas afirmaron que el régimen es muy conveniente para los pequeños y medianos contribuyentes, pero no para los grandes, por las restricciones que se les aplica tanto para entrar como para permanecer.

Guillermo Poch de BDO dijo que “una cuestión de singular importancia de la presente moratoria se refiere a la posibilidad de compensar deudas de distintos ámbitos como ser saldos a favor impositivos a cuenta de obligaciones aduaneras o previsionales”.

Además, el régimen “cubre una gran cantidad de cuestiones de ser susceptibles de ser incluidas; como la omisión de actuar como agente de retención o la retención de gravámenes indebida”. En particular, destacó “el no ingreso del pago a cuenta de las mipymes, pues contribuye desde un punto de vista financiero a empresas que en la actualidad pueden encontrarse en situaciones adversas en este sentido”.

La no obligación de ingresar el pago a cuenta para las mipymes contribuye desde un punto de vista financiero a empresas que en la actualidad se encuentran en situaciones adversas (Guillermo Poch)

“En general, como ventaja, las moratorias encuentran su razón de ser en la condonación de intereses y multas”, afirmó.

Del lado de las desventajas, mencionó que “parecería adecuado que en la moratoria puedan incluirse deudas cuyos vencimientos operen una vez que concluya la paralización parcial o total de las actividades. La moratoria debería actuar como un remedio al problema que ocasionó la cuarentena obligatoria”. Además, “la obligación de repatriar capitales financieros del exterior se convertirá en una barrera para su ingreso”.

“Si se intenta ampliar el universo de contribuyentes, incluyendo a las grandes empresas, debería permitirse su ingreso sin tal restricción, dado que conforme su redacción, en el caso de empresas de capitales extranjeros, los accionistas con más de un 30% estarían obligados a ingresar al país una porción de sus activos financieros”, explicó.

También, “en el caso particular de empresas de mayor tamaño quedaría establecido que durante 24 meses no podrán distribuir dividendos ni realizar pagos a empresas vinculadas del exterior”.

“Ante dicha imposibilidad, sumada a las normas de controles de cambio, una alternativa, como se hizo en el pasado, será la inversión en inmuebles o activos fijos que, una vez habilitados los pagos, podrán venderse para obtener la liquidez, habiendo conservado el capital”, explicó.

Jorge Gebhardt dijo que sus clientes empezaron a consultarlo. “La clave es que tienen que ser pymes, porque a las grandes empresas las sacan de hecho por las restricciones que tiene la ley”, afirmó.

“Muchos contribuyentes pequeños o medianos ya se habían enganchado en la moratoria anterior y les decimos que se sumen a esta porque hay más cuotas y una menor tasa de interés”, aclaró. La otra ventaja es que es más accesible para los autónomos, indicó.

En cuanto a las restricciones, Gebhardt dijo que la obligación para que las empresas traigan el 30% de sus activos para ingresar “será imposible de cumplir en muchos casos si se trata de bienes que no están en efectivo”.

En este sentido, consideró que “estas restricciones seguramente llevarán a muchas empresas que quedarán excluidas de hecho a ir a la Justicia; porque, ¿qué sentido tiene pedirle a una empresa que opera en la Argentina y en otro país que le pidan que traiga activos?”.

La moratoria fue aprobada el 13 de agosto por el Senado pero todavía no fue reglamentada
La moratoria fue aprobada el 13 de agosto por el Senado pero todavía no fue reglamentada

“Hay multinacionales argentinas, por ejemplo; ¿cómo hacen para repatriar el 30% del capital?; son condiciones imposibles de cumplir”, se quejó. También consideró que la obligación de repartir dividendos, hacer pagos al exterior y operar en el mercado de contado con liqui “operarán como desaliento” para que se sumen más empresas, cuando “el objetivo del fisco debería ser recaudar todo lo posible”. “Si quieren que entre más gente, deberían hacerlo lo más amplio posible”, acotó.

Al respecto, César Litvin dijo que “la moratoria es muy generosa para aquel que tiene deudas; es una forma de evaporarlas y diferirlas por el plan de facilidades de pago que arranca con una tasa del 2% mensual”.

El problema, aclaró, “es que a las grandes empresas se les exige repatriar el 30% y, si no tienen ese dinero, no queda claro si la tienen que traer los accionistas”.

Parece razonable una repatriación para los que quieren endeudarse con el fisco en un país con reglas normales, pero en un país con cepo y brecha, no lo es”, sentenció.

“Al que se le exige repatriación no le conviene entrar. El resto está en el mejor de los mundos. Se afecta la igualdad tributaria”, afirmó.

Al que se le exige repatriación no le conviene entrar; el resto está en el mejor de los mundos. Así, se afecta la igualdad tributaria (César Litvin)

Fernando Schettini dijo que “la ventaja de ingresar en la moratoria es la condonación de parte de los intereses resarcitorios y de las multas por infracciones que pudieron haberse cometido, además de la amplitud de sujetos que pudieron tener infracciones a la ley penal tributaria, incluyendo a los coautores y partícipes”.

Lo que faltaría para que fuera más conveniente “es la flexibilización de las restricciones para el acceso en el caso de empresas no pymes vinculadas con la repatriación de activos del exterior, tanto para las personas jurídicas que regularizan como de los accionistas”.

Por su parte, Ezequiel Passarelli aclaró que “falta delegar en el Poder Ejecutivo la posibilidad de ampliar la fecha de corte, del 31 de julio, y prorrogar la fecha límite máxima para entrar hasta el 31 de octubre; considerando que sigue la pandemia y la crisis, debieron haber sido más flexibles en ambos puntos. Por lo menos, permitirle al Ejecutivo cierta flexibilidad con algunos sectores”.

Además, “no se incorporaron las declaraciones juradas de Ganancias y Bienes Personales, por lo menos, en algunos sectores críticamente afectados por la pandemia, como el turismo, cultura, entretenimiento y gastronomía. Esto, técnicamente, no se podría arreglar con la reglamentación”.

En el caso de las grandes empresas y las empresas y personas pyme que no puedan obtener el certificado pyme y no sean categorizados como pequeños contribuyentes, “es prácticamente imposible que entren a la moratoria, porque se los obliga a repatriar al menos el 30% del producido de sus activos financieros situados en el exterior, dentro de los 60 días de la adhesión a la nueva moratoria nueva”, detalló.

“En el caso de las multinacionales es imposible, directamente, sobre todo si cotizan en la Bolsa, porque en el caso de las personas jurídicas, la repatriación es de aplicación para sus socios y accionistas, directos e indirectos, que posean más del 30% del capital social de la empresa”, explicó.

Esa exigencia, aclaró, “es inviable; no hay forma de que los accionistas que viven en otro país, directos e indirectos, de una empresa que cotiza en Bolsa, cumplan con esto”.

Respecto de las restricciones para girar fondos, consideró: “Quiero entender que hubo un error por parte del Congreso; entiendo que no habrán querido que les aplique a todos, sino a las grandes empresas, pero lamentablemente, como quedó redactado, les aplica a todos”.

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