Ocho claves para entender por qué el BCRA inhabilitó a 5.000 compradores de dólar y qué sanción puede caberles

La prohibición restringe operaciones de "dólar solidario", una vía por la que ya debió sacrificar USD 600 millones mensuales con una demanda creciente

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En el BCRA están preocupados por el drenaje de divisas. (EFE)
En el BCRA están preocupados por el drenaje de divisas. (EFE)

Este martes, el Banco Central inhabilitó a 5.000 personas para acceder al cupo “solidario” de USD 200 mensuales, porque se detectaron maniobras sospechosas que implican la posterior entrega de los dólares a terceros. A través de dos comunicaciones, la entidad publicó la nómina de los individuos inhabilitados, identificados con su número de CUIT y de DNI.

A través de esa disposición, se estableció que los bancos o las casas de cambio no podrán volver a venderles dólares sin una autorización previa del Banco Central, lo que en los hechos los inhabilita para operar en cambios por tiempo indeterminado.

Aquí, las 8 claves para entender los fundamentos de la medida:

1) Guerra a los “coleros virtuales”. La restricción le cabe a casi 5.000 personas físicas a quienes se les detectó la compra a su nombre los USD 200 mensuales autorizados por vía electrónica, pero que en realidad pertenecen a otra persona.

2) También se persigue los “recaudadores”. Al mismo tiempo, el BCRA dispuso la misma sanción para otras 140 personas. Podría entenderse que esta última corresponde a los “recaudadores” de los coleros, es decir, a aquellos que entregaron pesos a terceras personas para usar su cupo de USD 200 dólares.

3) Cómo saber quién está en la lista de inhabilitados. La medida fue publicada a través de dos Comunicaciones, la “C” 87906 (en la que figuran los coleros) y la “C” 87905 (en la que figuran los recaudadores), de libre acceso en la web del Banco Central, www.bcra.gob.ar. Allí se pueden verificar los documentos de identidad y CUIL de las personas a las que “sin la previa autorización” de la autoridad monetaria las entidades financieras “no deberán dar curso a operaciones de cambio, en su caso, a su anulación”.

4) No se podrán retirar los billetes del banco. Los individuos sancionados deberán “abstenerse de transmitir al exterior las operaciones que se hubieren formalizado y que a la fecha se encuentren pendientes de aviso a los corresponsales”, indicó el Central.

5) Alcance de la restricción. La medida rige para todos los bancos y casas de cambio a través de los cuales las personas incluidas en la lista pudieran operar y a los que, de no mediar una autorización explícita del BCRA, estarán inhabilitados para comprar, vender dólares o transferirlos a otras cuentas.

6) ¿Por qué se aplica esta prohibición? El BCRA argumentó que se trata de “medidas precautorias” que responden a la aplicación de la Ley de Régimen Penal Cambiario, que aplicará para posteriores investigaciones abiertas.

7) ¿Cuál es el volumen de operaciones que restringe la medida? El efecto de la medida es marginal y apunta a disuadir una demanda de dólares que crece meses. Solo basta observar que la restricción afecta a operaciones por un total de solo USD 1 millón, cuando se estima que solo en agosto la demanda de individuos alcanzará los USD 800 millones.

8) ¿Por qué el BCRA investiga al “chiquitaje”? La preocupación de la entidad monetaria se basa en el sacrifico de reservas líquidas para equilibrar la oferta del mercado de cambios. El Central vendió en la plaza de contado USD 568 millones en julio y en lo que va de agosto ya sacrificó unos 600 millones de dólares.

La denominación de “coleros virtuales” apunta a personas que abrían cajas de ahorro en bancos digitales, sin ingresar su cuit y otras referencias, y compraban hasta USD 200 a precio oficial para luego venderlo en el mercado blue o transferirlo a terceros.

La maniobra fue detectada por el BCRA a principios de julio, luego de identificar cuentas que recibían varias transferencias por USD 200 o menos en el mismo mes, generalmente provenientes de cuentas de bancos digitales y que, sospechan, no tienen forma de justificar el movimiento.

Las sanciones corresponden a personas que compraron dólares como “coleros virtuales” o bien “recaudadores” que utilizaron a éstos para eludir el cupo

Precisamente, el 17 de julio , el Central dio a conocer un primer listado de poco más de 400 clientes de un banco digital cuyos movimientos coincidían con este tipo de operaciones en el mercado cambiario, mediante esa modalidad.

Desde entonces, para evitar maniobras de este tipo, la autoridad monetaria impidió recibir más de una transferencia en dólares al mes -o solicitar una excepción al banco para cada caso particular- y retirar los dólares físicos comprados en bancos digitales.

A partir del 16 de julio pasado no está permitido recibir más de una transferencia en dólares al mes, lo que se supone ocurre con quienes tienen a varios “coleros” trabajando para sí. Quienes reciban transferencias en dólares con frecuencia deberán solicitar una excepción a su banco.

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