El Banco Central (BCRA) dio a conocer una lista de casi 5.000 personas que quedaron inhabilitadas para comprar dólares en el mercado formal y a las que se les armó un sumario que puede derivar en una causa judicial con multas de hasta 10 veces lo operado y hasta 8 años de prisión en caso de reincidencia. Cada caso es distinto, pero en el agregado los movimientos financieros de los ahorristas involucrados muestran patrones en común: se trata de cuentas en pesos y en dólares que fueron abiertas en simultáneo, en general sin historia previa de movimientos cambiarios relevantes, y todo indica que muchos simplemente prestaron sus DNI para su uso por parte de terceros. No se trata de personas que superaron el límite de transferencias mensuales ni otros incumplimientos menores.
Las compras de dólares para atesoramiento están hoy en el centro de la escena en materia de preocupaciones para el presidente del BCRA, Miguel Pesce. A pesar de estar limitadas a USD 200 por mes por persona como máximo y castigadas con un recargo del 30% del Impuesto PAIS, la amplitud de la brecha cambiaria y las expectativas de devaluación que alimenta llevaron a un récord la cantidad de compras en los bancos. En junio, último dato disponible, 3.300.000 personas compraron dólares en bancos locales.
En ese contexto, el sábado el presidente Alberto Fernández admitió que estaba bajo análisis la posibilidad de eliminar el cupo de USD 200 mensuales, algo que el Ministerio de Economía desmintió poco después. Según pudo saber Infobae, la postura en contra de las compras de divisas llega desde el propio Pesce, preocupado por las ventas de reservas que se ve obligado a hacer en el mercado cambiario mayorista para abastecer la demanda hormiga.
Sin la posibilidad de cerrar esa canilla, en el Gobierno primaron los temores respecto al impacto político y financiero que tendría hacerlo, y ahora la entidad trata de limitar el crecimiento de las compras desde lo regulatorio. Ayer, en esa línea, inhabilitó a unos 5.000 CUIT para operar en cambios.
El control más severo del BCRA, sin embargo, afectó a apenas el 0,15% de los compradores. Y son titulares de cuentas con movimientos muy particulares que explican el porqué de los sumarios que se les iniciaron.
Según pudo conocer Infobae, el factor en común entre las personas inhabilitadas por el BCRA es que, en general, abrieron las cuentas sin la documentación correspondiente. La primera cuenta bancaria se puede abrir por “debida diligencia” con apenas la presentación digital de un DNI. Nuevas aperturas requieren medidas de seguridad más estrechas, más específicamente antilavado, que deben cumplir los bancos y entidades financieras del tipo “conozca a su cliente”. Esto es, que los bancos deben ocuparse de exigir pruebas tangibles del origen de los fondos de sus clientes.
Por lo general, también, estas cuentas relativamente nuevas recibieron transferencias en pesos que usaron de inmediato para comprar dólares. Luego, remitieron los dólares a una cuenta recaudadora, de un tercero. En las operaciones los bancos digitales –entidades financieras sin sucursales que abren cuentas a distancia y permiten operar con mayor agilidad y menos costos– tienen un rol preponderante.
Los que están en la lista, técnicamente, son acusados por el BCRA por “falsas declaraciones en operaciones de cambio” y a los organizadores, dueños de las cuentas recaudadoras a las que eran destinadas los dólares, por “operar en cambios sin autorización”.
La sospecha es que muchos de los nuevos compradores prestaron sus DNI a terceros que abrieron las cuentas y las utilizaron para comprar divisas, aprovechando el cupo de USD 200 asignado a cada uno de ellos. Los prestanombres cumplieron el rol de “coleros digitales”, mientras que los segundos son “organizadores” o “recaudadores”.
La suspensión por tiempo indeterminado para operar en cambios no es la única medida que toma el BCRA contra estos usuarios. La Superintendencia de Entidades Financieras y Cambiarias, encargada de la regulación, arma sumarios y los deriva a la Justicia. Los casos quedan a cargo de juzgados penales económicos porteños, en el caso de ciudadanos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, o de los juzgados federales en el caso de residentes del resto del país.
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