El directorio del Banco Central aprobó la instrumentación de los créditos a tasa subsidiada para empresas incluidas dentro del programa de Asistencia de Emergencia al Trabajo y la Producción (ATP). En ese marco, la entidad monetaria informó que “las entidades del sistema financiero deberán otorgar esta línea a todas las empresas que la soliciten, siempre que estén comprendidas en el listado de beneficiarios que dé a conocer la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP)”.
La entidad que conduce Miguel Pesce señaló que los fondos deberán ser acreditados directamente en las cuentas sueldo de los trabajadores en un plazo de hasta cinco días hábiles desde el momento en que la solicitud sea recibida.
Asimismo, indicó que la tasa de interés se determinará en función de la variación interanual en la facturación de la empresa con relación al mismo período del año anterior.
Los créditos tendrán garantía del Fondo de Garantías Argentino (FOGAR) y el Fondo Nacional de Desarrollo Productivo (FONDEP) subsidiará la diferencia de tasa entre la que abone la empresa y el máximo de 15 por ciento nominal anual
Agregó que "la financiación contará con un período de gracia de tres meses desde su acreditación y se reembolsará a partir del cuarto mes en doce cuotas mensuales, iguales y consecutivas".
Los créditos tendrán garantía del Fondo de Garantías Argentino (FOGAR) y el Fondo Nacional de Desarrollo Productivo (FONDEP) subsidiará la diferencia de tasa entre la que abone la empresa y el máximo de 15 por ciento nominal anual.
Además, el Directorio del Banco Central aprobó la línea de Créditos a Tasa Cero Cultura, también prevista en el Decreto Nº 332/2020.
En tanto, la AFIP dará a conocer el listado de beneficiarios elegibles, el monto y la entidad en la que se deberá dar curso. Indicó al respecto que las financiaciones se acreditarán en la tarjeta de crédito del solicitante en tres cuotas mensuales, iguales y consecutivas.
En cada una de esas acreditaciones se adicionará el monto equivalente al pago de impuestos y contribuciones obligatorias, que será retenido y depositado por la entidad financiera en la AFIP.
La AFIP dará a conocer el listado de beneficiarios elegibles, el monto y la entidad en la que se deberá dar curso. Indicó al respecto que las financiaciones se acreditarán en la tarjeta de crédito del solicitante en tres cuotas mensuales, iguales y consecutivas
La financiación tendrá una tasa de interés nominal anual de 0 por ciento, contará con un período de gracia de 12 meses a partir de su primera acreditación y se reembolsará a partir del mes treceavo en 12 cuotas mensuales, iguales y consecutivas.
Cabe recordar más de 270 mil empresas se inscribieron para la cuarta ronda del programa de Asistencia al Trabajo y la Producción (ATP).
El programa ATP tuvo 248 mil empresas empleadoras beneficiarias en abril, 250 mil en mayo y 218 mil en junio, con 2,4; 2,1 y 1,8 millones de trabajadores beneficiarios, respectivamente, reseñó la Subsecretaría de Comunicación Pública de la Jefatura de Gabinete de Ministros.
El nuevo esquema ofrece dos opciones de asistencia: el salario complementario (para aquellas empresas cuya facturación en junio 2020 haya sido nominal negativa respecto a igual período del año anterior) y un préstamo garantizado y con tasa subsidiada (para aquellas empresas que hayan registrado un aumento nominal positivo de su facturación de hasta el 30%, periodo junio 2020 contra junio 2019).
Seguí leyendo: