Oficializaron la extensión del plazo para presentar las declaraciones informativas de Ganancias y Bienes Personales

La resolución fue publicada este jueves en el Boletín Oficial

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La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) oficializó la prórroga, hasta el 31 de agosto de 2020 inclusive, del plazo para la presentación de las declaraciones juradas informativas correspondientes a los impuestos a las Ganancias y sobre los Bienes Personales para el período fiscal 2019. De ese modo, otorgó un mes más para la realización del trámite, ya que la fecha original de vencimiento era el próximo 31 de julio.

A través de la Resolución General 4767/2020, publicada este jueves en el Boletín Oficial, el organismo que conduce Mercedes Marcó Del Pont buscó como objetivo facilitar el cumplimiento de los contribuyentes así como el trabajo de los profesionales de ciencias económicas en el marco del aislamiento, social preventivo y obligatorio.

“A los fines de facilitar a los contribuyentes y responsables el cumplimiento de sus obligaciones fiscales, se estima conveniente extender el plazo para la presentación de las aludidas declaraciones juradas informativas, hasta el 31 de agosto de 2020, inclusive”, señaló la resolución.

“La normativa eleva de 1.500.000 hasta 2.000.000 de pesos el umbral de ingresos y rentas a partir del cual las y los contribuyentes deben presentar las declaraciones juradas informativas correspondientes a los impuestos a las Ganancias y sobre los Bienes Personales para el período fiscal 2019″, había informado la AFIP en un comunicado.

“La decisión no alcanza a quienes deben presentar una declaración jurada determinativa e ingresar el saldo a pagar”, agregó el organismo, lo que implica que no se modificará el cronograma de pago vigente.

En diálogo con Infobae, el tributarista Sebastián Domínguez había manifestado que la prórroga es solamente para las declaraciones juradas informativas y no para las determinativas. En efecto, es para los empleados en relación de dependencia que no tienen que pagar ni Ganancias ni Bienes Personales, pero están obligados a presentar la declaración jurada informativa. “Como no hay impuestos la prórroga no tiene mucho efecto y no alcanza. Es una noticia sin efecto práctico”, señaló.

Mercedes Marcó Del Pont, titular de la AFIP (Télam)
Mercedes Marcó Del Pont, titular de la AFIP (Télam)

“Es necesario una prórroga de todos los vencimientos de las declaraciones juradas de Ganancias y Bienes Personales y también del pago en este contexto de pandemia”, agregó Domínguez.

Por su parte el especialista en impuestos y docente de la UBA, Ezequiel Passarelli, dijo que “hubiera sido una buena solución crear un nuevo anticipo y postergar el vencimiento de las declaraciones juradas”.

Asimismo, remarcó que los profesionales del sector técnicamente no son esenciales, pero que dada la situación actual de la pandemia el 2020 resulta un año para el olvido.

Estos meses han sido realmente agotadores. El ATP, los créditos a tasa cero, créditos para sueldos, balances, ajustes por inflación contable e impositiva, sueldos con 223 bis. Y ahora el Libro IVA Digital. Y, obviamente, las declaraciones juradas”, lamentó.

La AFIP oficializó la prórroga de la feria fiscal hasta el 2 de agosto próximo, manteniendo así la suspensión del cómputo de los plazos vigentes para los contribuyentes en distintos procedimientos administrativos mientras continúe el aislamiento social.

Una feria fiscal consiste “en la extensión de todos los plazos procedimentales en materia impositiva, aduanera y de la seguridad social”. En este sentido, no se suspenden las acciones de la AFIP. No obstante, durante su vigencia “quedan en suspenso el cómputo de los plazos que rigen para la respuesta de los contribuyentes a los requerimientos del organismo”.

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