La primera cuota de los créditos para pymes al 24% se pagará en octubre

El Banco Central incluyó los préstamos subsidiados a pequeñas y medianas empresas otorgados en el marco de la emergencia sanitaria en la prórroga de los vencimientos de deudas bancarias implementada en abril y ahora extendida hasta fin de septiembre

La extensión y endurecimiento de la cuarentena hasta el 17 de julio no sólo provocó el desánimo en aquellas pequeñas y medianas empresas que volverán a enfrentar semanas sin facturación sino también una honda preocupación por los primeros vencimientos de las cuotas de los préstamos que fueron otorgados en el marco de la asistencia oficial al sector privado para paliar el impacto económico de la cuarentena. Y que operaban originalmente en agosto.

El Banco Central aclaró ayer que los créditos subsidiados para el pago de sueldos destinados a pequeñas y medianas empresas, con una tasa de 24% y garantía estatal que comenzaron a otorgarse en abril, quedarán comprendidos dentro de la prórroga de vencimientos de deudas bancarias hasta el 30 de septiembre. Es decir que las primeras cuotas podrán ser pagadas recién a partir de octubre ya que no se les permitirá a los bancos cobrar intereses punitorios por los atrasos y las cuotas impagas deberán abonarse en los meses siguientes a la finalización del crédito.

En rigor, la medida fue dispuesta la semana pasada cuando el BCRA comunicó la extensión por otros 90 días de la resolución adoptada a fines de marzo, según la cual se postergaban por tres meses los vencimientos de todas las deudas bancarias. Para esa fecha, el plan de asistencia financiera aún no se había puesto en marcha por lo que, a la inquietud en las empresas, se sumaban las dudas en los propios bancos respecto de cómo proceder ante estos vencimientos.

Las únicas financiaciones excluidas de la prórroga de las cuotas son las realizadas con tarjeta de crédito.

Es que entre las principales condiciones de los créditos a 24% para el pago de sueldos se cuenta el período de 3 meses de gracia, con vencimiento en julio en una gran cantidad de casos. El esquema anunciado en su momento, entonces, indicaba que para los créditos otorgados en abril, sería recién en agosto, cuando lo peor de la pandemia hubiera pasado y los efectos de la cuarentena hubieran comenzado a diluirse, que las empresas deberían empezar a devolver el dinero. Pero los cálculos sanitarios fallaron. En el contexto de las mayores y más duraderas restricciones al normal funcionamiento de las distintas actividades, este plazo sumaba otro dolor de cabeza para las firmas, ya con enormes complicaciones para sostenerse.

Sin precisiones puntuales respecto a la línea MiPyme, que alcanzó a 161.817 operaciones con un desembolso total de $263.887,4 millones, el Banco Central incluyó estos préstamos en la resolución según la cual “los saldos impagos de créditos otorgados por entidades financieras, incluyendo los que se actualizan por UVA, cuyas cuotas vencen entre el 1 de abril y el 30 de septiembre de 2020, no devengarán intereses punitorios. Además, se ratifica que las cuotas impagas deberán incorporarse en los meses siguientes al final de vida del crédito, considerando el devengamiento de la tasa de interés compensatorio”.

El esquema anunciado en su momento, entonces, indicaba que para los créditos otorgados en abril, sería recién en agosto, cuando lo peor de la pandemia hubiera pasado y los efectos de la cuarentena hubieran comenzado a diluirse, que las empresas deberían empezar a devolver el dinero. Pero los cálculos sanitarios fallaron.

La decisión trae un alivio importante para al menos unas 75.000 empresas que accedieron a estos préstamos en las primeras tres semanas de abril, por un monto total de $108.000. Y permitirá, también, retrasar el índice de morosidad del sistema, que en los bancos ya prevén tendrá un salto en general y que alcanzará, en el caso del financiamiento de asistencia que incluye también los créditos a tasa 0, un nivel de 15%. Esto porque a los clientes se les acumularán los saldos anteriores con las nuevas deudas.

Las únicas deudas que quedaron excluidas de la prórroga de los vencimientos hasta el 30 de septiembre son los saldos de financiamiento con tarjeta de crédito. A principios de la pandemia y con las primeras medidas de aislamiento obligatorio, el Gobierno había decidido que quienes tuvieran deudas en su tarjeta de crédito pudieran optar por un aplazamiento de los vencimientos hasta el 12 de abril. Semanas después, se implementó un plan especial de financiamiento en 9 cuotas con 3 meses de gracia para los saldos impagos. Ese período, en este caso sí y a menos que el Banco Central disponga en los próximos días una medida en contrario que por el momento no está en discusión, operará tal como está definido en ese esquema.

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