Desde hoy regirán fuertes trabas para comprar dólar Bolsa y “contado con liquidación”

La Comisión Nacional de Valores dispuso que quienes adquieran títulos o acciones como vía para la compra de dólares deberán conservarlos en su poder durante 5 días hábiles.

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La Comisión Nacional de Valores (CNV) dispuso un plazo mínimo de tenencia de 5 días hábiles para quienes compren títulos o acciones con pesos para luego liquidarlos en moneda extranjera y para efectuar sus transferencias a entidades del exterior. Ambas operaciones, tendientes a la compra de dólares a través de operaciones bursátiles, son conocidas como “dólar Bolsa o MEP” o “dólar contado con liquidación”, respectivamente.

La medida fue publicada en el Boletín Oficial y regirá en el mercado a partir hoy, según confirmó la CNV y resultará una fuerte traba para la compra de dólares mediante esas operaciones. Se aplicará tanto para las personas físicas como para las personas jurídicas.

De este modo, el gobierno intentará reducir la brecha que las mismas registran en relación al dólar oficial, que el pasado viernes cerró en $70,25. El dólar Bolsa lo hizo en $110,37 y el dólar “contado con liquidación” en $113, 92. Al mismo tiempo, desde el mercado se espera una mayor presión sobre el dólar informal, ya que será el único al que se podrá acceder sin restricciones. Está última cotización se ubicó el viernes en $126, tras haber rozado los $140 en los días previos.

Los 5 días hábiles serán contados a partir de la acreditación de la operación en el Agente Depositario Central de Valores Negociables (VN) “como requisito para dar curso a operaciones de VN con liquidación en moneda extranjera y para efectuar sus transferencias a entidades depositarias del exterior”.

La medida fue publicada en el Boletín Oficial y regirá en el mercado a partir de hoy. Se aplicará tanto para las personas físicas como para las personas jurídicas.

De acuerdo con la Resolución General N° 841/2020 aprobada hoy por el directorio de la CNV, este plazo mínimo no resultará aplicable en dos situaciones:

- En caso de que se realice una compra de VN en moneda extranjera y su venta en moneda extranjera contra la misma jurisdicción de liquidación que la compra.

-En caso de compra de VN en jurisdicción extranjera y venta en moneda extranjera contra jurisdicción local.

Hasta ahora, el plazo de 5 días habíles en los que estaba prohibido transferir el título regía para el momento de la venta. A partir de mañana, regirá también para la compra. Ese plazo de 5 días busca generarle un riesgo a quien hace la operación: quien compra un título con pesos para hacerse de dólares no sabe cuánto variará la cotización de ese título durante ese lapso.

Las razones de la CNV

La medida se fundamenta en la necesidad “de favorecer especialmente los mecanismos que fomenten el ahorro nacional y su canalización hacia el desarrollo productivo y propender a la integridad y transparencia de los mercados de capitales y a la inclusión financiera”, explicó la CNV en un comunicado.

El organismo que preside Adrián Cosentino vinculó la decisión, además, “a las medidas adoptadas por el Gobierno nacional a partir de la sanción de la Ley de Solidaridad Social y Reactivación Productiva del 23 de diciembre de 2019, por la cual se establecieron las condiciones para asegurar la sostenibilidad de la deuda pública, compatible con la recuperación de la economía productiva y con la mejora de los indicadores sociales básicos”.

También mencionó los efectos de la pandemia por coronavirus Covid-19 “y su impacto sobre el contexto económico imperante”, que profundizan “la necesidad de adoptar decisiones extraordinarias tendientes a asegurar el normal funcionamiento de la economía, sostener el nivel de actividad y empleo y proteger a los consumidores”.

La CNV apuntó además a que gracias a las “tareas de monitoreo” que realizó, en cumplimiento de lo requerido por el Banco Central de la República Argentina (BCRA)se han verificado operaciones instrumentadas a través de la compraventa de Valores Negociables que tienen por objeto eludir las restricciones al acceso al mercado de cambios para la compra de moneda extranjera”.

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