Lentamente se va perdiendo la expectativa. Todas las señales apuntan a que hoy no se cerrará el canje de deuda de la Argentina y todos miran el 22 de mayo como la fecha “real”. Se lo había adelantado, a su modo, el ministro de Economía Martín Guzmán, a los líderes del G6 cuando les señaló que seguirán “conversando” con aquellos que hoy no hayan entrado al canje. Una idea que repitió a una agencia de noticias internacional.
Pero el dato más sugestivo de todos es que uno de los grupos tenedores de bonos de la deuda argentina, que ya adelantó su oposición a la oferta local, comunicó que, “en respuesta a sus preguntas y al continuo interés en obtener información adicional sobre la oferta de reestructuración de Argentina", lanzó un sitio web para atender las consultas”.
La web fue armada por el grupo de acreedores que lidera el fondo Monarch y que tiene como representante legal al ex abogado del fondo buitre Elliott, Dennis Hranitzky; es el denominado Grupo Ad Hoc de Titulares de Bonos de Canje de Argentina. Este grupo, que es una de las voces más activas a la hora de establecer la vía judicial como estrategia, posee más de USD 4000 millones en títulos a reestructurar, que equivale a más del 16% de los US$24.690 millones y lo que le puede dar la capacidad de oponerse y bloquear el canje de deuda.
En el documento que hicieron circular de preguntas y respuestas, hay una parte dedicada a las preguntas frecuentes “logísitica” que se refiere al acceso a los documentos de las presentaciones. La parte más relevante se divide en seis títulos.
El primero es el denominado “Momento de la oferta de canje” en donde aparecen preguntas respecto de los plazos de aceptación o rechazo. "¿Cuál es el cronograma para aceptar o rechazar la propuesta actual del gobierno argentino? La Oferta de canje vence según sus términos el 8 de mayo, a menos que Argentina la extienda. Tendría que aceptar o rechazar en ese momento. Si no hace nada, tendría el mismo efecto que rechazar.
Un segundo punto es el título “Acciones necesarias para aceptar o rechazar la oferta o revocar la aceptación” en donde explica, de una manera poco usual por lo menos desde el punto de vista de la pregunta, cuál es el procedimiento de canje y los porcentajes necesarios. "He oído que si se acepta la oferta de canje, Argentina reemplazará automáticamente mis viejos bonos por otros nuevos, incluso si rechazo la oferta. ¿Es eso cierto? Solo si se han alcanzado los umbrales requeridos bajo la cláusula de acción colectiva del Contrato de 2005. Estos umbrales son el 75% de una serie única de bonos o, si son series 2 múltiples, el 85% del total y el 66-2 / 3 por ciento de cada serie individual. Si no se alcanzan estos umbrales, solo aquellos tenedores que hayan aceptado afirmativamente la reestructuración deberán aceptar nuevos bonos con condiciones menos favorables. Si acepta la oferta, Argentina puede cambiar sus bonos incluso si no se cumplen estos umbrales.
El tercero se refiere a la cláusula RUFO en donde plantea qué sucede si un bonista acepta y luego la Argentina mejora la oferta. “En ese caso, puede aplicarse la cláusula Derechos sobre ofertas futuras (“RUFO”). Esta cláusula pretende permitir a los tenedores de bonos que aceptaron la oferta inicial tener el beneficio de un mejor trato si Argentina lo ofrece dentro de los cinco años”.
Pero el Grupo que se había mostrado proclive a ir a los tribunales señala que si otros tenedores de bonos rechazan la oferta de canje, demandan a Argentina y se les adjudica juicios finales, “la cláusula RUFO no le dará derecho a recibir los mismos términos que Argentina ofrece a esos tenedores de bonos en la liquidación de sus reclamos. Más importante aún, es probable que Argentina utilice la existencia de la cláusula RUFO como una excusa para no ofrecer mejores condiciones a los tenedores de bonos en el futuro, tal como lo hizo después de sus ofertas de canje en 2005 y 2010”.
El cuarto se refiere a los plazos y sus respuesta ya que lleva el subtitulo que dice "Todavía estoy considerando cómo responder a la oferta. "¿Qué tengo que hacer? Si no acepta la oferta, tendrá el mismo efecto que un rechazo. Si se alcanzan los umbrales requeridos bajo la cláusula de acción colectiva del Contrato de 2005, todos los tenedores recibirán nuevos bonos. Si no se cumple, solo aquellos que hayan aceptado la reestructuración recibirán nuevos bonos “con condiciones menos favorables”.
El quinto se refiere a si se trabajará en conjunto con los otros grupos de acreedores ya que la pregunta es si saben cuál es la reacción del resto de los acreedores y la respuesta señala que “estrecha coordinación con otros grupos organizados de tenedores de bonos. Hemos creado este sitio web como una forma de estar en contacto con todos los tenedores de bonos”.
Quizás la más llamativa sea la pregunta número 15 en donde el Grupo indica si ¿hay alguna manera de convencer a Argentina de hacer una oferta aceptable? y, renglón siguiente, se responde que esperan “que Argentina reconsidere su oferta unilateral y se involucre constructivamente con el grupo de titulares de bonos de canje para alcanzar una resolución” y que esa situación tiene más posibilidades de darse “si más tenedores de bonos de cambio rechazan la oferta actual. Iniciación o participación en litigios”.
Y con esa frase se da el paso para el sexto y último punto en donde se explica como es la “Iniciación o participación en litigios” y "cuáles son los asociados con los litigios contra Argentina? En este punto el Grupo señala que “ninguno de los bonos está en incumplimiento actualmente. Y si Argentina incumpliera, muchas cosas tendrían que suceder antes de que los tenedores de bonos puedan demandar”.
De todas formas, los creadores del sitio web señalan que no lo hicieron “para solicitar a las partes que participen en litigios. El deseo sincero del Grupo de Titulares de Bonos de Canje es evitar una situación en la que terminen en un litigio con Argentina” y que espera “encontrar una resolución para que ese día nunca tenga que llegar”.
Pero, no deja de aclarar que la propuesta de reestructuración de la deuda de Argentina es “profundamente defectuosa y que la unidad entre los acreedores al rechazar esta oferta inadecuada es importante” y que aunque no incentivan el litigio “si alguna vez nos encontramos en esa desafortunada situación, no debería tener dificultades para encontrar un abogado que pueda ayudarlo”.
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