Luego de la implementación de la primera cuarentena, el Gobierno dispuso varias medidas para que los deudores de créditos hipotecarios UVA puedan afrontar el pago de las cuotas durante los próximos meses, donde muchos verán reducidos sus ingresos. Sin embargo, desde la Defensoría del Pueblo de la provincia de Buenos Aires contaron a Infobae que en las últimas semanas comenzaron a recibir reclamos porque los bancos no están ofreciendo todas las alternativas dispuestas, como por ejemplo trasladar el pago de sus cuotas hacia el final del crédito.
El Decreto 319/2020 determinó congelar el valor de las cuotas para los créditos hipotecarios destinados a vivienda única, hasta el 30 de septiembre. Durante seis meses, las cuotas no pueden superar el valor que tenían en marzo. Luego, la diferencia con lo que se hubiese tenido por la actualización del valor de la UVA se comenzará a cancelar a partir de octubre, en al menos tres cuotas sin interés.
Durante seis meses, las cuotas no pueden superar el valor que tenían en marzo
En el artículo 7 se aclara que si el deudor no paga (o hace pagos parciales o fuera de término) algunas de las seis cuotas que van de abril a septiembre, se podrá abonar ese saldo en al menos tres cuotas, desde octubre. En este caso, se aplican intereses pero con un tope: la tasa de plazo fijo a 30 días del Banco Nación.
Luego, el 1º de abril fue publicada la la Comunicación A 6949 del Banco Central (BCRA), donde se reglamentó el pago de los créditos durante los próximos meses, donde están incluidos los deudores hipotecarios UVA. Ahí, se establece que los saldos impagos correspondientes a vencimientos de créditos durante abril, mayo y junio, se deberán incorporar al final de la vida del crédito.
Desde el Banco Central confirmaron que estas medidas comprenden a los deudores de créditos hipotecarios UVA. Sin embargo, según los datos de la Defensoría, algunos bancos argumentaron a sus clientes que están tomando solo la reglamentación del DNU 319 y no las medidas posteriores dispuestas por el BCRA.
El Banco Central también dispuso que el débito directo y el débito automático de las cuotas pueden ser reversados a solicitud de los clientes, dentro de los 30 días corridos desde la fecha del débito. La devolución de los fondos debe operar dentro de los tres días hábiles de la solicitud. Esta medida está funcionando en la mayoría de los casos, pero también hay reclamos.
“La circular del Banco Central habla de dos cosas: el traslado de las cuotas de abril a de junio hasta el final del crédito y además la posibilidad de reversión de los débitos. Si en ese lapso, te debitaron la cuota y necesitas esa plata para cubrir otros gastos, se puede pedir al banco que te lo vuelvan a acreditar. En algunos casos no lo están haciendo ni dan la posibilidad de optar por esa vía”, explicaron desde la Defensoría de la provincia de Buenos Aires. En esos casos, recomiendan hacer el pedido o reclamar en los bancos y si no se recibe una respuesta positiva, comunicarse con la Defensoría, que comenzó a agrupar los reclamos sobre el tema.
Estiman que hay unas 105.000 familias deudoras de créditos hipotecarios
“Los bancos otorgantes de créditos hipotecarios en UVA, haciendo caso omiso a lo dispuesto por el Banco Central, han optado o bien por desconocer lo establecido en la comunicación A 6949, argumentando que los créditos hipotecarios sólo se encuentran alcanzados por el DNU 319/2020, o bien por aplicar lo dispuesto por el BCRA, difiriendo el pago hacia el final del crédito, más allá de si el deudor ha expresado o no su voluntad expresa en ese sentido”, explicaron a Infobae desde el colectivo autoconvocado de Hipotecados UVA.
“Es necesario que el BCRA conmine a las entidades bancarias a que apliquen en forma armoniosa lo establecido en el DNU 319/2020 y en la comunicación A 6949 y que sea el deudor hipotecario quien opte o no por postergar el pago de las cuotas”, agregaron. Estiman que hay unas 105.000 familias deudoras de créditos hipotecarios, muchas de las cuales vieron reducidos sus ingresos, ya que se trata de trabajadores autónomos o monotributistas que en muchos casos están imposibilitados de desarrollar su actividad comercial o profesional.
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