Una docena de decretos y resoluciones fueron publicados por el Gobierno desde que comenzaron los impactos económicos del coronavirus en la Argentina.
La cuarentena dispuesta por el presidente Alberto Fernández desde el inicio de la segunda quincena de marzo, por recomendación de los especialistas sanitarios, paralizó prácticamente todo el país y aún no hay fecha cierta de apertura, lo que llevó a las autoridades a adoptar distintos paliativos para la crisis que atraviesan las empresas, monotributistas, autónomos, empleadas domésticas, informales y jubilados, en general.
La Oficina de Presupuesto del Congreso publicó un resumen de cada una de las medidas, algunas que fueron aplicadas en marzo y otras que estarán vigentes para este mes y los próximos. ¿Cuáles son? ¿Quiénes podrán acceder a estos beneficios?
- Bono a jubilados: fue oficializado a través del decreto 309/20 y dispuso que todos los pasivos que perciban el haber mínimo recibirán un suma extraordinaria por única vez de $3.000. También percibirán un plus quienes cobren haberes mayores pero hasta alcanzar la suma de $18.891, así como los beneficiarios de la Pensión Universal para el Adulto Mayor (PUAM) y los que acceden a pensiones no contributivas por vejez, invalidez; las madres de 7 hijos; y las pensiones graciables a cargo de la Anses. Sin embargo, se cobrará el bono sólo por uno de los beneficios. Si un jubilado recibe también una pensión, no cobra el bono.
Los jubilados ya comenzaron a cobrarlo el jueves 9 de abril (quienes tienen DNI finalizado en 0) junto con el haber y seguirán haciéndolo durante los próximos diez días.
- Ingreso familiar de Emergencia (IFE): A través del decreto 310/20, el Gobierno dispuso que cobrarán, en principio por única vez, $10.000 las personas que se encuentren desocupadas; se desempeñen en la economía informal; sean monotributistas inscriptos en las categorías A y B; monotributistas sociales y trabajadores/trabajadoras de casas particulares. También estará destinado a quienes sean beneficiarios de la Asignación Universal por Hijo (AUH), la Asignación por Embarazo (AUE) y el plan Progresar.
Ya finalizó la preinscripción y se anotaron 11.018.393 personas. A partir de este sábado 11, todos los beneficiarios cuyo trámite haya sido aprobado deberán ingresar por terminación de DNI en la página Web de la Anses (www.anses.gob.ar) con su Clave de la Seguridad Social y seguir las instrucciones para anotar su número de CBU y cuenta bancaria. Según informó el organismo, quienes no puedan llegar a inscribirse con CBU en la primera fase de inscripciones del 11 al 15 de abril, podrán hacerlo igualmente en la fase de inscripción para los beneficiarios no bancarizados.
Este fin de semana la Anses determinó que el 21 de abril comenzarán los pagos del IFE para quienes hayan informado su Clave Bancaria Única (CBU), y a partir del 6 de mayo para los que no pudieron inscribirse por no contar con una cuenta bancaria.
El 21 de abril comenzarán los pagos del IFE para quienes hayan informado su Clave Bancaria Única (CBU), y a partir del 6 de mayo para los que no pudieron inscribirse por no contar con una cuenta bancaria
- Bono al personal de la salud: mediante el decreto 315/20, el Gobierno dispuso un estímulo de $5.000, de carácter no remunerativo, para el personal de salud a cargo del Estado Nacional. Los trabajadores de este sector cobrarán el plus salarial en abril, mayo, junio y julio.
- Pago extraordinario a las fuerzas de seguridad: Al igual que hizo con el personal de la salud, el Gobierno dispuso, mediante el decreto 318/20 un pago por única vez no remunerativo de $5.000, a cobrar en abril, para el personal de las Fuerzas Armadas y de Seguridad afectado a las actividades previstas para atender la medida de aislamiento social, preventivo y obligatorio.
- Programa de Asistencia de Emergencia al Trabajo y la Producción (ATP): el Gobierno creó este programa mediante el decreto 332/20 para empleadores y trabajadores afectados por la emergencia sanitaria, que consiste en el otorgamiento de uno o más de los siguientes beneficios:
a) Postergación o reducción de hasta el 95% del pago de las contribuciones patronales al SIPA. Para acceder a la disminución de las cargas, las empresas afectadas deben tener una nómina de hasta 60 empleados o, si tiene más, proceder al requerimiento del Procedimiento Preventivo de Crisis (PPC) ante el Ministerio de Trabajo.
Además, la AFIP anunció esta semana que prorrogó por dos meses el pago de las contribuciones patronales que vencían este mes de abril para el listado de actividades afectadas, que define la jefatura de Gabinete. “La medida es complementaria a la reducción o postergación de hasta el 95% del pago de las contribuciones patronales al SIPA previsto en el ATP”, aclaró el organismo.
La AFIP anunció esta semana que prorrogó por dos meses el pago de las contribuciones patronales que vencían este mes de abril para el listado de actividades afectadas
- Asignación Compensatoria al Salario: para todos los trabajadores en empresas de hasta 100 empleados. Para los empleadores de hasta 25 trabajadores: 100% del salario neto, con un valor máximo de un Salario Mínimo Vital y Móvil (SMVM) vigente, es decir, $16.875. Para los empleadores de 26 a 60 trabajadores: 100% del salario neto, con un valor máximo de hasta un 75% del SMVM. Y para las firmas que tienen entre 61 y 100 trabajadores: 100% del salario neto, con un valor máximo de hasta un 50% del SMVM vigente.
- Repro: asistencia por la emergencia sanitaria para los trabajadores en relación de dependencia del sector privado al servicio de empleadores que superen los 100 trabajadores en su nómina. En este caso la prestación por trabajador tendrá un mínimo de $6.000 y un máximo de 10.000 pesos.
En los tres casos, las empresas ya pueden inscribirse en cualquiera de los beneficios y tienen tiempo hasta el 15 de abril. Los empleadores deben ingresar con clave fiscal, nivel de seguridad 3 o superior. Según informó la AFIP, quienes ingresen antes del 13 de abril realizarán una pre inscripción y luego deberán suministrar, entre los días 13 y 15, aquella información económica que el servicio requiera.
- Garantía crediticia a pymes: a través del decreto 326/20, se instruyó a la autoridad de aplicación y al comité de administración del Fondo de Garantías Argentino (FoGAr) a constituir un Fondo de Afectación Específica con el objeto de otorgar garantías para facilitar el acceso a préstamos para capital de trabajo por parte de las micro, pequeñas y medianas empresas. Además, mediante esa norma se facultó al jefe de Gabinete a realizar las adecuaciones presupuestarias pertinentes para transferir al FoGAr un aporte directo de $30.000 millones.
- Reducción de derechos de importación: el decreto 333/20 estableció que un conjunto de mercaderías de uso médico ingresarán al país con arancel 0%, así como también se las eximió de pagar la tasa de estadística. Está en vigencia desde el 2 de abril y se mantendrá mientras perdure la emergencia pública en materia sanitaria.
Los productos exentos suman 53, entre los que se destacan alcohol, desinfectantes, guantes para cirugía, mascarillas de tela, ecógrafos, tomógrafos, endoscopios y aparatos respiratorios, entre otros. De esta forma, el Gobierno apunta a reforzar el sistema de salud, a fin de que no se vea colapsado cuando aumenten los casos de infectados de coronavirus.
Seguí leyendo: