A través del DNU 355 y mediante una Decisión Administrativa el gobierno volvió a ampliar ayer el listado de actividades consideradas “esenciales” y exceptuadas de las medidas de “Aislamiento social, preventivo y obligatorio” dispuestas el 19 de marzo pasado.
La ampliación esta vez incluye la actividad bancaria, con turnos previos, la habilitación para salidas de personas con discapacidad, así como también de sus acompañantes terapéuticos, y de personas con Trastorno del Espectro Autista siempre que sea en “lugares de cercanía a su domicilio”.
La medida también habilita el funcionamiento de talleres mecánicos y de venta de repuestos, pero exclusivamente para “la atención de vehículos del transporte público, los móviles afectados a las fuerzas de seguridad y el sistema sanitario”
También se habilitó ahora la fabricación y venta de neumáticos pero “sin atención al público” y la venta a domicilio de “artículos de librería e insumos informáticos”.
En los próximos días, en tanto, se verá cuánto avanza el pedido de algunos gobernadores de permitir la apertura selectiva de algunos lugares o actividades en localidades de baja densidad de población y con bajos indicios de circulación del virus, previa presentación –y aprobación por parte del gobierno nacional- de un “protocolo” a seguir para lo que se dio en llamar “cuarentenas comunitarias”.
Todo comenzó el 19 de marzo, cuando circulaba como un secreto a voces la inminencia de la cuarentena a partir del sábado 21, pero el presidente finalmente la impuso, mediante el DNU 297, a partir de “la hora cero” del viernes 20, de modo de evitar que ese día la gente saliera masivamente a las calles en anticipo de un confinamiento que se suponía comenzaría al día siguiente.
La lógica de la situación fue llevando no sólo a dos prórrogas (la primera hasta el 13 de abril, la segunda hasta el 26) sino también a nuevas excepciones, contemplando actividades inicialmente no considerados “esenciales”, pero cuyo cierre –amén de imponer altos costos económicos y sociales- trababa el funcionamiento de actividades “esenciales” o tenía altos costos humanitarios.
La lógica de la situación fue llevando no sólo a dos prórrogas sino también a nuevas excepciones para actividades inicialmente no considerados “esenciales”, pero cuyo cierre trababa el funcionamiento de actividades “esenciales” o tenía altos costos humanitarios
Tal vez los casos más claros en ese sentido son la reciente habilitación de talleres y lugares de venta de repuestos, para atender al transporte público y, en particular, los vehículos dedicados a tareas sanitarias, y la habilitación de circulación de familiares y acompañantes terapéuticos de personas con discapacidad o trastorno del espectro autista. Y antes, la actividad notarial, para contar con instrumentos que facilitaran la administración de la cuarentena por parte de las fuerzas de seguridad.
El primer listado
Las primeras “actividades y servicios esenciales” consideradas fueron 24, a saber:
1- Personal de Salud, Fuerzas de seguridad, Fuerzas Armadas, actividad migratoria
2- Autoridades superiores de los gobiernos nacional, provinciales, municipales y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires Trabajadores y trabajadoras del sector público nacional, provincial,municipal y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, convocados para garantizar actividades esenciales requeridas por las respectivas autoridades.
3- Personal de los servicios de justicia de turno, conforme establezcan las autoridades competentes.
4- Personal diplomático y consular extranjero acreditado ante el gobierno argentino, en el marco de la Convención de Viena sobre Relaciones Diplomáticas y la Convención de Viena de 1963 sobre Relaciones Consulares y al personal de los organismos internacionales acreditados ante el gobierno argentino, de la Cruz Roja y Cascos Blancos.
5- Personas que deban asistir a otras con discapacidad; familiares que necesiten asistencia; a personas mayores; a niños, a niñas y a adolescentes.
6- Personas que deban atender una situación de fuerza mayor.
7- Personas afectadas a la realización de servicios funerarios, entierros y cremaciones. En tal marco, no se autorizan actividades que signifiquen reunión de personas.
8- Personas afectadas a la atención de comedores escolares, comunitarios y merenderos.
9- Personal que se desempeña en los servicios de comunicación audiovisuales, radiales y gráficos.
10- Personal afectado a obra pública.
11- Supermercados mayoristas y minoristas y comercios minoristas de proximidad. Farmacias. Ferreterías. Veterinarias. Provisión de garrafas.
12- Industrias de alimentación, su cadena productiva e insumos; de higiene personal y limpieza; de equipamiento médico, medicamentos, vacunas y otros insumos sanitarios.
13- Actividades vinculadas con la producción, distribución y comercialización agropecuaria y de pesca.
14- Actividades de telecomunicaciones, internet fija y móvil y servicios digitales.
15- Actividades impostergables vinculadas con el comercio exterior.
16- Recolección, transporte y tratamiento de residuos sólidos urbanos, peligrosos y patogénicos.
17- Mantenimiento de los servicios básicos (agua, electricidad, gas, comunicaciones, etc.) y atención de emergencias.
18- Transporte público de pasajeros, transporte de mercaderías, petróleo, combustibles y GLP.
19- Reparto a domicilio de alimentos, medicamentos, productos de higiene, de limpieza y otros insumos de necesidad.
20- Servicios de lavandería.
21- Servicios postales y de distribución de paquetería.
22- Servicios esenciales de vigilancia, limpieza y guardia.
23- Guardias mínimas que aseguren la operación y mantenimiento de Yacimientos de Petróleo y Gas, plantas de tratamiento y/o refinación de Petróleo y gas, transporte y distribución de energía eléctrica, combustibles líquidos, petróleo y gas, estaciones expendedoras de combustibles y generadores de energía eléctrica.
24. Casa de la Moneda, servicios de cajeros automáticos, transporte de caudales y todas aquellas actividades que el BCRA disponga imprescindibles para garantizar el funcionamiento del sistema de pagos.
A pedido de gobernadores y empresarios
El DNU 297 se publicó luego de una reunión online del presidente con los gobernadores. Algunos de los pedidos de los jefes provinciales y de sectores empresarios fueron contemplados al día siguiente, en la resolución administrativa 49/2020, que agregó diez sectores:
1- Industrias que realicen procesos continuos cuya interrupción implique daños estructurales en las líneas de producción y/o maquinarias podrán solicitar autorización a la Secretaría de Industria, Economía del Conocimiento y Gestión Comercial Externa, para no discontinuar su producción, reduciendo al mínimo su actividad y dotación de personal.
2- Producción y distribución de biocombustibles.
3- Operación de centrales nucleares.
4- Hoteles afectados al servicio de emergencia sanitaria. También deberán garantizar las prestaciones a las personas que se hallaren alojadas en los mismos a la fecha del dictado del Decreto N° 297/20.
5- Dotación de personal mínima necesaria para la operación de la Fábrica Argentina de Aviones Brigadier San Martín S.A.
6- Las autoridades de la Comisión Nacional de Valores podrán autorizar la actividad de una dotación mínima de personal y de la de sus regulados, en caso de resultar necesario.
7- Operación de aeropuertos. Operaciones de garages y estacionamientos, con dotaciones mínimas.
8- Sostenimiento de actividades vinculadas a la protección ambiental minera.
9- Curtiembres, con dotación mínima, para la recepción de cuero proveniente de la actividad frigorífica.
10- Los restaurantes, locales de comidas preparadas y locales de comidas rápidas, podrán vender sus productos a través de servicios de reparto domiciliario, con sujeción al protocolo específico establecido por la autoridad sanitaria. En ningún caso podrán brindar servicios con atención al público en forma personal.
Complejidad
La sola enumeración va dando cuenta de la complejidad que involucra el normal funcionamiento de la economía. Cualquier industrial sabe que no puede parar un “proceso continuo”. Tampoco se pueden desatender la operación de centrales nucleares o los desechos de la actividad minera. Y había que solucionar el problema de frigoríficos a los que se les iban apilando y pudriendo montañas de cuero, por el cierre de curtiembres.
El gobierno también se fue dando cuenta que la ampliación de los servicios de delivery o envío a domicilio eran una triple vía de escape, al permitir un funcionamiento al menos parcial de ciertos sectores, en particular el gastronómico, uno de los más dañados por las medidas de aislamiento; servir necesidades o conveniencias de una población confinada; y permitirle a un sector de bajos recursos seguir generando sus propios ingresos.
El viernes 3 de abril y para “atenuar el impacto sobre la actividad económica”, el gobierno emitió la Decisión Administrativa 450/2020 y, con la cuarentena ya transitando su primera prórroga, le puso el sello de “esenciales” a otros 8 sectores:
1- Venta de insumos y materiales de la construcción provistos por corralones.
2 - Actividades vinculadas con la producción, distribución y comercialización forestal y minera.
3 - Curtiembres, aserraderos y fábricas de productos de madera, fábricas de colchones y fábricas de maquinaria vial y agrícola.
4 - Actividades vinculadas con el comercio exterior: exportaciones de productos ya elaborados e importaciones esenciales para el funcionamiento de la economía.
5 - Exploración, prospección, producción, transformación y comercialización de combustible nuclear.
6 - Servicios esenciales de mantenimiento y fumigación.
7 - Mutuales y cooperativas de crédito, mediante guardias mínimas de atención, al solo efecto de garantizar el funcionamiento del sistema de créditos y/o de pagos.
8 - Inscripción, identificación y documentación de personas.
Además, la misma norma dispuso que “los desplazamientos de las personas alcanzadas por el presente artículo deberán limitarse al estricto cumplimiento de las actividades y servicios considerados esenciales” e impuso la tramitación para las personas comprendidas en las actividades esenciales del “Certificado Único Habilitante para Circulación, Covid-19”, obligatorio a partir del lunes 6 de abril.
Se buscó así cortar el cada vez más evidente desorden regulatorio, con provincias e incluso municipios cuyos intendentes, cual marqueses, alzaban barreras de circulación e impedían el funcionamiento de “actividades esenciales”.
El martes 7 el gobierno emitió otras dos Decisiones Administrativas. La 467 incorporó a partir del día siguiente al listado de actividades y servicios esenciales a la “actividad notarial, cuando la misma se encuentre limitada exclusivamente a posibilitar el cumplimiento de las actividades y servicios de que da cuenta la precitada normativa u otra que pudiera en el futuro ampliar el listado de actividades y servicios esenciales.
La 468, en tanto, sumó a las actividades esenciales a la “Obra Privada de Infraestructura Energética”, pedido que venía del sector de la construcción, del petróleo y de la Uocra.
Finalmente, el sábado por la noche, el gobierno incluyó a Gomerías, Talleres mecánicos y Proveedores de repuestos mencionadas al principio, más la clarificación sobre la circulación de familiares y acompañantes terapeúticos para personas con necesidad de auxilio (referidas de modo muy general en el quinto punto del DNU 497) y –finalmente- aunque con regulaciones para los usuarios, al Servicio Bancario. De haberse considerado antes, la apertura de los bancos hubiera limitado el daño a la cadena de pagos y evitado situaciones como la del viernes 3, cuando centenares de miles de jubilados y beneficiarios de planes sociales se amontonaron en colas en todo el país, a contramano del objetivo de una cuarentena que la población acató masivamente, como demuestran las propias estadísticas del ministerio de Transporte de la Nación.
Así, con las 10 que sumó al día siguiente de imponer la cuarentena, las 8 que sumó el viernes 3 de abril, las 2 del martes 7 y las 4 de ayer, el gobierno terminó duplicando, de 24 a 48, la cantidad de “actividades esenciales”,
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