
La Anses trabaja en estos días en el cruce de datos para determinar quiénes entre las más de 11 millones de personas que se preinscribieron para percibir el Ingreso Familiar de Emergencia (IFE) tienen el derecho a percibirlo a mediados de este mes. Dado que, según las estimaciones originales, había alrededor de 3,6 millones de personas en condiciones de cobrar el bono creado para paliar la situación de personas afectadas por el parate económico que generan las medidas de distanciamiento social ante la pandemia de coronavirus COVID-19, la mayor parte de los interesados saldrán rechazados. Pero, de todas formas puede haber errores y por eso está contemplada una instancia de reclamo.
En el caso de que la solicitud haya sido rechazada por incumplir ciertos requisitos o como resultado del entrecruzamiento de datos, la página del organismo previsional permite conocer los motivos por los cuales el trámite fue rechazado e, incluso, iniciar un reclamo.
Desde el lunes pasado, Anses habilitó en su página la posibilidad de verificar si el trámite para percibir el IFE fue aprobado o no. No pueden hacerlo todos al mismo tiempo: hay días asignados de acuerdo a la terminación del DNI del beneficiario. Así, por ejemplo, hoy jueves pueden consultar los que tengan documentos terminados en 6 y 7, mientras que mañana viernes podrán hacerlo los que tengan documentos terminados en 8 y 9.

Además, dijo el ente previsional, el sábado estará disponible la respuesta para todos los que solicitaron el Bono de Anses.
Al ingresar al aplicativo “Ingreso Familiar de Emergencia” (https://anses.gob.ar/ingreso-familiar-de-emergencia) e ingresar los datos personales, el sistema informará si el pedido fue aprobado o rechazado.
En caso de una aprobación, se pasa a una segunda etapa de “Inscripción, Solicitud y Validación de Datos” para completar una serie de datos personales extra, cargar información de contacto y, en caso de tenerla, una Clave Bancaria Uniforme (CBU) que identifique a la cuenta bancaria en la que se quiere recibir el depósito. En caso de no tenerla, deberá optar por formas de pago alternativas.
En el caso de un rechazo, mientras tanto, lo habitual es que el sistema informe los motivos de la denegación del beneficio. Por ejemplo, puede surgir que la persona tiene ingresos declarados por encima del límite establecido o que no cumple con algunos de los requisitos del programa.
Pero además hay una tercera opción, que es la aparición de un mensaje que reza “tu solicitud está siendo analizada”. El significado de esto es que Anses y AFIP tienen en observación la solicitud, sin una definición hasta el momento. Los cruces de datos -por ejemplo, la propiedad de autos de cierto valor o hasta embarcaciones- es el motivo para negar el IFE.
Una de las complicaciones más habituales es la de los domicilios. Como el IFE se asigna por familia y no por persona, si dos personas que convivieron en el pasado y hoy están en hogares diferentes piden el subsidio, se puede dar algún conflicto. Con lo cual, al no tener el DNI actualizado en este punto se puede enfrentar inconvenientes.
Muchas parejas que se separaron figuran en los registros oficiales como miembros de la misma familia, por ejemplo.
En caso de un rechazo, por otro lado, el sistema permite iniciar reclamos vo consultas en la propia página, a la dirección consultas@anses.gov.ar que se ofrece inmediatamente después de consultar.
¿Cómo cobrar el bono si no tengo cuenta bancaria?
La Anses pensó distintos mecanismos para quienes no tengan cuenta bancaria. Uno es el sistema “Punto Efectivo” de la red Link, que permite extraer dinero de cajeros automáticos sin usar tarjeta de débito. En segundo lugar, también se puso a disposición la red de sucursales del Correo Argentino. Y, por último, también se ofrece la posibilidad de cobrar en algunas billeteras virtuales.
A quiénes les corresponde el Bono de Anses:
- Trabajadores y trabajadoras informales.
- Trabajadores y trabajadoras de casas particulares.
- Monotributistas sociales.
- Monotributistas de las categorías A y B.
Requisitos
- Ser argentino nativo o naturalizado y residente, con una residencia legal en el país no inferior a 2 años.
- Tener entre 18 y 65 años de edad.
- Y que el titular o su grupo familiar no tenga ingresos provenientes de:
- un trabajo en relación de dependencia en el sector público o privado;
- ser monotributista de categoría C o superior, o del régimen de autónomos;
- una prestación de desempleo;
- jubilaciones, pensiones o retiros contributivos o no contributivos nacionales, provinciales, municipales o de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
- planes sociales, salario social complementario, Hacemos Futuro, Potenciar Trabajo u otros programas sociales nacionales, provinciales o municipales.
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