
Tras prohibir, mediante un decreto de necesidad y urgencia publicado este martes, los despidos y suspensiones por 60 días, el Gobierno finalmente avanzó con un paquete de medidas que prevé ayudar a las empresas a paliar la crisis derivada de la emergencia en la que entró el país producto del coronavirus. Las compañías no podrán usar la pandemia como excusa de “fuerza mayor” para deshacerse de personal, pero tendrán ayuda del Gobierno para pagar los sueldos, además de una postergación y/o rebaja de las cargas patronales durante el mes de abril.
Tal como detalló ayer Infobae, las autoridades confirmaron la creación del Programa de Asistencia de Emergencia al Trabajo y la Producción, cuyo borrador ya había trascendido. Lo hizo por medio del Decreto 332/2020, que fue publicado este miércoles por la tarde en el Boletín Oficial.
El Programa consistirá en la obtención de uno o más de los siguientes beneficios:
- ️Postergación o reducción de hasta el 95% del pago de las contribuciones patronales al Sistema Integrado Previsional Argentino.
- ️Asignación Compensatoria al Salario, para todos los trabajadores en empresas de hasta 100 empleados. Para los empleadores de hasta 25 trabajadores: 100% del salario neto, con un valor máximo de un Salario Mínimo Vital y Móvil (SMVM) vigente, es decir, $16.875. Para los empleadores de 26 a 60 trabajadores: 100% del salario neto, con un valor máximo de hasta un 75% del SMVM. Y para las firmas que tienen entre 61 y 100 trabajadores: 100% del salario neto, con un valor máximo de hasta un 50% del SMVM vigente.
- ️REPRO. Asistencia por la Emergencia Sanitaria para los trabajadores en relación de dependencia del sector privado en empleadores que superen los 100 trabajadores. La prestación por trabajador tendrá un mínimo de $6.000 y un máximo de $10.000.
- Sistema integral de prestaciones por desempleo. Los trabajadores que reúnan los requisitos previstos en las leyes 24.013 y 25.371 accederán a una prestación económica por desempleo conforme las consideraciones estipuladas en el artículo 11 del presente decreto. Lo que establece este artículo es que se elevarán, durante el período que defina la Jefatura de Gabinete, los montos de las prestaciones económicas por desempleo a un mínimo de $6.000 y un máximo de $10.000 pesos. Hasta ahora, los valores oscilaban entre 3.000 y 6.000 pesos, por lo que se duplican.
Requisitos para la obtención:
Según lo estipula el DNU, para poder acceder a uno o más de estos beneficios mencionados, la empresa debe poder comprobar que:
-Sus actividades económicas fueran afectadas de forma crítica en la zona geográfica donde se desarrollan.
-️Tiene una cantidad relevante de trabajadores contagiados por el COVID 19 o que estén en aislamiento obligatorio o con dispensa laboral por estar en grupo de riesgo u obligaciones de cuidado de algún familiar relacionadas al COVID 19.
-️Que acredita una sustancial reducción en sus ventas con posterioridad al 20 de marzo de 2020.

Además, la norma estipula que se encuentran excluidos de los beneficios del presente decreto aquellos sujetos que realizan las actividades y servicios declarados esenciales y que la Jefatura de Gabinete de Ministros establecerá los criterios objetivos, actividades y demás elementos que permitan determinar la asistencia a recibir por las sujetos beneficiados.
Con respecto a las obligaciones emanadas del sistema de seguridad social, el artículo 6 del decreto afirma que los sujetos que cumplan con los requisitos previamente mencionados accederán a uno de los siguientes beneficios:
- ️Postergación de los vencimientos para el pago de las contribuciones patronales al Sistema Integrado Previsional Argentino.
- ️Reducción de hasta el 95% de las contribuciones patronales al Sistema Integrado Previsional Argentino devengadas durante el mes de abril del 2020. Este beneficio sólo regirá para los empleadores que, al 29 de febrero de este año, tengan una nómina de empleados de hasta 60. En los casos de empresas que tengan más trabajadores y que quieran acceder a esta reducción de las contribuciones, deberán promover el Procedimiento Preventivo de Crisis.
Con respecto a la postergación de los vencimientos, la AFIP dispondrá “vencimientos de pago especiales” de las contribuciones patronales devengadas durante marzo y abril, y facilidades para su cancelación en el tiempo.
Seguí leyendo:
Últimas Noticias
YPF estabiliza el precio de la nafta: no trasladará al surtidor la suba del petróleo por 45 días
La petrolera busca reducir la volatilidad de los valores en surtidores, producto del aumento del petróleo por el conflicto en Medio Oriente
Las ventas de autos 0 km tuvieron en marzo el primer mes con resultado positivo del año
Tras enero y febrero por debajo de la referencia interanual, el primer trimestre cerró con buenas noticias para el mercado con ventas un 1,2% por encima de marzo 2025

Jornada financiera: las acciones petroleras se desplomaron hasta 8% por una distensión del conflicto en Irán
El S&P Merval ganó un mínimo 0,1% y el riesgo país cedió a 615 puntos. La baja del petróleo afectó a las acciones del sector. Wall Street rebotó por la expectativa de una rápida salida de la guerra. El dólar subió a $1.415 en el Banco Nación
La recaudación tributaria moderó su caída en marzo, pero sigue por debajo de la inflación
El aumento en la producción agrícola impulsó el movimiento de camiones y las exportaciones, lo que suavizó la racha negativa en los ingresos del Estado tras siete meses en baja

La industria no repunta: volvió a caer en febrero y se ubica 10% por debajo de 2022, según la UIA
Según un informe de la entidad fabril, la producción registró una baja interanual cercana al 3% y sigue afectada por la debilidad del consumo interno, la caída de la demanda externa y el retroceso de sectores clave



