Piden a la Corte Suprema que resuelva la demanda de 7000 jubilados por la suspensión de la fórmula de movilidad

Los abogados patrocinantes hicieron la presentación hoy en el Alto Tribunal, mientras la cámara resuelve el caso que fue rechazado por en primera instancia

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Jubilados reclaman por la suspensión
Jubilados reclaman por la suspensión de la fórmula de ajuste

La demanda colectiva para solicitar la inconstitucionalidad de la suspensión de la fórmula de movilidad jubilatoria fue presentada hoy ante la Corte Suprema de Justicia.

Así lo explicó a Infobae uno de los abogados patrocinantes, Adrián Tróccoli, quien aseguró que esta mañana se presentó ante el Alto Tribunal esta demanda en nombre de siete mil jubilados.

El caso había sido rechazado por el Juzgado Federal de Primera Instancia de la Seguridad Social Nº 9, a cargo de la jueza Silvia Saino.

Por esta razón, los abogados Tróccoli y Andrés Gil Dominguez, junto con Eugenio Semino (promotor de la demanda), pidieron el “Per Saltum”, para que el caso directamente sea tratado por la Corte.

Eugenio Semino, promotor de la
Eugenio Semino, promotor de la causa que hoy llegó a la Corte

“El amparo está en la Cámara, pero nosotros le pedimos a la Corte que lo tome porque en definitiva va a ser una resolución que va a tener que tomar ellos, dijo Troccoli a Infobae.

“Le pedimos que se saltee las instancias inferiores por una cuestión de gravedad institucional”, explicó.

El abogado dijo que “seguramente la Cámara va a resolver algo antes de que la Corte lo tome, quizás la semana que viene, y entonces veremos”.

La jueza de primera instancia había considerado que Semino carece de “legitimación activa” para representar a los 7000 jubilados que firmaron la presentación.

“La jueza dice que cada uno de los dos millones de afectados tienen que hacer su juicio individual, obviamente ya estamos apelando a la Cámara y de ahí por per saltum a la Corte”, indicó Semino.

La demanda presentada solicitaba una medida cautelar para que se restablezca momentáneamente la fórmula de movilidad anterior (correspondiente a la ley 24.426) para todos los jubilados y pensionados que no cobran el haber mínimo.

La acción fue iniciada por dos cotitulares Silvia Inés Lezaun y la Asociación Civil Años. La jueza consideró que en el segundo caso no hay un conjunto homogéneo de afectados sino que pueden ser “divididos en tantos reclamos judiciales como sujetos se encuentren incluidos”. Más aún, consideró que en el caso de las jubilaciones mínimas —el 65% del padrón de Anses— el incremento otorgado por decreto supera al que hubiera correspondido por la fórmula de movilidad suspendida.

En tanto, para el caso de la jubilada Lezaun la jueza no hizo lugar a la medida solicitada. “El argumento es que no hay un derecho homogéneo porque algunos jubilados están más afectados que otros. Y que cada uno de ellos tendrá que definir su reclamo en un juicio individual. La justicia prefiere tomar dos millones de juicios en lugar de uno”, explicó Tróccoli.

La evolución de las jubilaciones
La evolución de las jubilaciones

Lo que dice la jueza es no todos los jubilados están igualmente afectados porque no hay una pérdida para el 65% de los jubilados que cobra la mínima. Entonces como a algunos les dieron más no va a resolver para nadie. Pero en la demanda se pedía por los casos en el que el aumento era inferior a 11,56%, no que se derogue el decreto para todos”, agregó el abogado.

El Poder Ejecutivo suspendió la fórmula de movilidad jubilatoria que el Congreso Nacional había aprobado en el gobierno de Cambiemos con otra ley, dado que este año las jubilaciones iban a estar por encima de la inflación y el Gobierno decidió aplicar un fuerte ajuste fiscal.

Para paliar parcialmente esta decisión, le otorgó un aumento a quienes reciben el haber mínimo.

Además, prometió que a fines de junio dará a conocer la nueva fórmula de indexación. Por este motivo, muchos magistrados consideran que no habrá una ola de demandas como ocurrió con el fallo Badaro.

El caso Badaro remite a un ex conductor de buques que percibía más de $1000 de jubilación cuando estalló la convertibilidad. Desde entonces y hasta diciembre de 2006, recibió un sólo aumento de 11%, contra una inflación del 91,2%.

La Corte Suprema le reconoció su derecho a una actualización de haberes que guardara relación con la evolución de los precios y de los sueldos de los trabajadores activos. En este caso puntual, determinó que su jubilación se ajustara de acuerdo al Índice de Salarios del Indec, que registró un alza de 88,6 por ciento. A esa suba había que restarle el incremento de 11% ya recibido.

Luego de este fallo, miles de jubilados se presentaron con un reclamo similar ante el fuero de seguridad social, lo que generó un colapso de los tribunales que llevan este tipo de causas.

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