Con marzo, llega el aumento de las jubilaciones: calculadora para saber cuánto va a cobrar cada jubilado

Sabiendo el importe de febrero, cada uno puede saber cuánto cobrará en marzo y cuál es la diferencia con el esquema anterior. Todos los jubilados y pensionados que antes del aumento cobraban más de $16.200 de haber bruto tendrán un aumento menor al que hubiesen recibido con la ley de movilidad

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Con la calculadora, no hay que esperar al cobro para saber cuánto será la jubilación (Telam)
Con la calculadora, no hay que esperar al cobro para saber cuánto será la jubilación (Telam)

La publicación, el 18 de febrero pasado, del Decreto 163/2020 oficializó el aumento para los jubilados y pensionados, beneficiarios de la Asignación Universival por Hijo (AUH), Pensión Universal para el Adulto Mayor (PUAM) y pensiones no contributivas a partir del valor de los haberes de febrero.

Al respecto, el Artículo 1 del decreto precisa que “todos los destinatarios y destinatarias de las pensiones no contributivas y graciables que refieran a la movilidad prevista en el artículo 32 de la Ley N° 24.241 y sus modificatorias y a la Pensión Honorífica del Veterano de Guerra, tendrán un incremento porcentual equivalente a DOS COMA TRES POR CIENTO (2,3 %) sobre el haber devengado correspondiente al mensual febrero de 2020, más un importe fijo de PESOS MIL QUINIENTOS ($ 1500)”.

El aumento de 2,3% respecto de la suma previa y una suma fija de $ 1.500 que dispuso el gobierno sustituye criterio de la ley de movilidad anterior, sancionada en diciembre de 2017, cuya aplicación hubiera significado un aumento de 11,56% para todas las jubilaciones y pensiones, sin importar su monto.

El aumento que por decreto decidió el gobierno implica que quienes cobraban a febrero menos de 16.200 pesos recibieron un aumento levemente superior al del método anterior ($ 197 más para quienes cobraban exactamente la jubilación mínima) y quienes cobraban más, recibirán aumentos inferiores a los del sistema anterior, diferencia que va aumentando a medida que se asciende la pirámide jubilatoria.

Más allá de esas consideraciones generales, la calculadora adjunta permite conocer cuánto cobrará en marzo cada jubilado a partir de cuánto cobró en febrero. Para ello, debe ingresar el último haber bruto cobrado y presionar el botón “Calcular”, para así saber cuál es el haber que hubiera cobrado con la ley anterior y las diferencias entre ambos. La calculadora brindará la información en dinero y en porcentaje:

¿Quiénes serán beneficiados y quiénes serán perjudicados por el cambio? Según un análisis realizado por el estudio de abogados Alfredo A. Bernabei –quienes diseñaron la calculadora– para saber a quién favorece la fórmula del 2,3% + $1.500 se debe buscar cuál es el “haber de equilibrio” de febrero. Se trata de la jubilación que obtiene el mismo aumento al aplicar dos fórmulas (la fórmula de movilidad del Gobierno anterior y el incremento propuesto por el Gobierno actual).

Ese “haber de equilibrio” es de $16.200. En ese caso, si se le aplica el aumento por decreto establecido por el Gobierno da como resultado un haber para marzo de $18.072,60. ($16.200 más 2,3% más $1.500 de suma fija). Mientras que $16.200 más 11,56% —la fórmula anterior— también da como resultado $18.072,70. De esta forma, las jubilaciones que están por debajo de ese haber, se beneficiaron con el cambio. Y las que están por encima, se vieron perjudicadas.

Por el cambio de fórmula, la jubilación mínima —de $14.068— se beneficiará con una suba de $197 con respecto al aumento que hubiese tenido si se aplicaba el 11,56%. Pero los haberes máximos —de $103.064— se verán perjudicados con una baja de $8.044.

“Cualquier porcentaje de disminución no es valedero ni tolerable, la Corte ya hace años que determinó que no existe un porcentaje de confiscatoriedad admitida por el fallo Pellegrini Américo de 2006. Tampoco puede haber aplicación retroactiva de la ley, que es lo que aconteció con el empalme de la Ley Cristina con la Ley Macri (en diciembre de 2017), se deben respetar los derechos adquiridos”, argumentó Alfredo Bernabei, director jurídico del estudio. “Pero el argumento más importante es que la fórmula de movilidad de haberes debe respetar el principio de no regresividad de los derechos. La alteración de la fórmula nunca puede generar perjuicio”, agregó.

Por las diferencias que implica la aplicación de la nueva fórmula, que es temporal, el defensor de la Tercera Edad Eugenio Semino presentó una demanda colectiva para solicitar la inconstitucionalidad de la suspensión de la fórmula de movilidad jubilatoria. En el reclamo se solicitó además que se vuelva a utilizar la fórmula de movilidad anterior hasta que sea determinada una nueva, que la reemplace en forma definitiva. La demanda contó con el apoyo de unos 7.000 jubilados.

El principal argumento es que, al suspender la fórmula de movilidad y aplicar un aumento por decreto hubo un recorte de derechos. “Buscamos una rápida resolución para más de 2 millones de personas, los que cobran jubilaciones de $18.000 para arriba van a estar cobrando menos, no importa si es un 1%, más o menos, lo que hubo fue un recorte de derechos”, dijo Semino a Infobae antes de la presentación. La demanda es patrocinada por el abogado constitucionalista Andrés Gil Domínguez.

Con la sanción de Ley de Solidaridad y Reactivación Productiva en el marco de la emergencia pública (Ley N° 27.541) en diciembre del año pasado se suspendió por seis meses la aplicación de la fórmula de movilidad para la actualización trimestral de las jubilaciones y pensiones, por la que correspondía una suba de 11,56% en marzo y una de 10,9% en junio.

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