La suspensión de la fórmula de movilidad jubilatoria y el anuncio del Gobierno del porcentaje de aumento que tendrán las jubilaciones y pensiones a partir de marzo —2,3% más una suma fija de $1.500— ya generó el primer reclamo en la Justicia. Se trata de una demanda colectiva impulsada por el defensor de la Tercera Edad, Eugenio Semino.
Sin embargo, estudios de abogados también tienen listas otras demandas individuales. Están esperando la publicación de los nuevos incrementos en el Boletín Oficial para dar curso a las presentaciones; aunque algunos especialistas advierten que no será tan fácil que prosperen, ya que la suspensión de la fórmula de movilidad que fue implementada en 2017 por el Gobierno anterior es algo temporal —que se da en el marco de una Ley de Emergencia— y luego se aplicará una nueva modalidad para calcular los aumentos trimestrales correspondientes. Por lo tanto, aseguran que es más conveniente esperar a conocer cuál será la fórmula definitiva.
Con la presentación de un amparo colectivo, el objetivo de la Defensoría de la Tercera Edad es que se declare “inconstitucional” el cambio en el cálculo de las jubilaciones y pensiones
Con la presentación de un amparo colectivo, el objetivo de la Defensoría de la Tercera Edad es que se declare “inconstitucional” el cambio en el cálculo de las jubilaciones y pensiones. Los jubilados y pensionados que quieran participar de la demanda pueden firmar en las oficinas de la Defensoría. Según detalló Semino, entre 2,5 y 3 millones de jubilados y pensionados estarían en condiciones de iniciar demandas por el cálculo. Es la mitad de quienes perciben estos haberes.
La abogada Andrea Falcone, de estudio Jubilarnos, ya presentó algunos pedidos de amparo. “Presentamos varios casos. El jubilado puede reclamar porque la movilidad de marzo y de junio conforme a la fórmula anterior son un derecho adquirido, porque fueron calculados en base a los datos de los meses anteriores. Es claro que hay una quita. Esto no es lo mismo si el Gobierno decide cambiar la fórmula de movilidad para el primer trimestre de este año, que se aplica en septiembre. Una cosa es la fecha de pago y otra es cuando se devenga un derecho", explicó.
El viernes pasado, el presidente Alberto Fernández anunció aumentos para las jubilaciones y pensiones de 2,3% más una suma fija de $1.500. La medida oficial —que permitirá un ahorro fiscal de unos $5.100 millones por mes— tiene como consecuencia que una parte de los jubilados y pensionados cobre el mes próximo sus haberes con una suba nominal inferior al 11,56%, el nivel que habría correspondido de no estar suspendida la fórmula de movilidad aprobada a fines de 2017 por el Gobierno de Mauricio Macri.
Al aplicar un aumento general de 2,3% más un monto fijo de $1.500, las subas serán de entre 3,75% y 12,96%. En el caso del haber mínimo, el ingreso mensual pasará de $14.067,93 a $15.891. El haber máximo, en tanto, pasará de $103.064,23 a $106.934,71, un alza de solo 3,75%.
La suspensión de la movilidad dinamita dos columnas básicas que tiene el sistema. La proporcionalidad y la equidad son las bases de cualquier sistema previsional del mundo
“La suspensión de la movilidad dinamita dos columnas básicas que tiene el sistema. La proporcionalidad y la equidad, que son las bases de cualquier sistema previsional del mundo, el que gana $40.000 aportó el doble durante su vida que el que gana $20.000. Cuando se rompe vamos a un escenario donde no tenemos un sistema de reparto asistido”, señaló Semino en declaraciones a radio La Red.
El abogado Adrián Trocoli aseguró que cuenta con una docena de casos en condiciones de presentarse a la Justicia, pero que no incluyen solamente la movilidad de marzo. “Tenemos planteos presentados en los juicios que estaban en curso y reclamos desde hace un tiempo en sede administrativa. Antes del juicio tenemos que hacer el reclamo, hay una cuestión burocrática previa”, detalló.
Con todo, otros especialistas advierten que los reclamos individuales no tienen demasiadas chances de prosperar y que lo que se puede ganar es muy poco en comparación con el tiempo que demandaría obtener un fallo positivo y luego lograr cobrar esa sentencia. “La demanda colectiva me parece razonable como una manifestación de desaprobación pero al tardar seis años para cobrar por lo perdido en estos meses no se está ganando nada. Los dos aumentos de este semestre están suspendidos en el marco de una ley de emergencia aprobada en el Congreso y la nueva fórmula tiene que ser establecida en breve. No se puede poner en marcha toda la maquinaria judicial por algo temporario”, explicó Elsa Rodríguez Romero, directora de la Comisión de Seguridad Social de la Federación Argentina de Colegios de Abogados (Faca).
“Luego habrá que analizar si la fórmula nueva cumple con las pautas que ya determinó la Corte Suprema. Estos dos aumentos (marzo y junio) con la movilidad suspendida puede ser menores pero están en el marco de una ley de emergencia”, agregó. Para los que ya tienen demandas en marcha por otras cuestiones previsionales según Rodríguez Romero no conviene introducir este tema porque podría retrasar aun más los tiempos de resolución.
La especialista citó como antecedente un dictamen que rechazó un pedido de amparo que fue presentado por la suspensión de la fórmula de movilidad y que se tramita por el Juzgado Federal de Primera Instancia de la Seguridad Social N° 8. “Para la apertura de la acción de amparo deben darse circunstancias tipificadas por la presencia de arbitrariedad e ilegalidad manifiesta, las cuales, por los fundamentos desarrollados previamente en torno a la situación de emergencia que da origen a la normativa que en autos es atacada, no surgen de manera patente”, expresó el dictamen de la fiscalía con fecha del pasado 10 de febrero de 2020.
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