La Administración Gubernamental de Ingresos Públicos (AGIP), organismo encargado de recaudar los impuestos en la Ciudad de Buenos Aires, aclaró que los trabajadores profesionales continúan estando exentos de pagar Ingresos Brutos, siempre y cuando no tengan una empresa a su nombre.
Durante los últimos días de la semana pasada comenzaron a llegar cartas de la AGIP a distintos contribuyentes en donde informaba que se suspendía la reducción de las alícuotas de Ingresos Brutos previstas para este año. Esto generó confusión entre algunas personas que ya estaban exentas de este tributo.
En la misiva enviada a los domicilios fiscales, inclusive de algunas personas que ya estaban exentas, se detallaba que esas alícuotas iban a variar entre 3 y 5% dependiendo de la actividad.
Ante la lluvia de consultas, muchas de ellas expresadas en redes sociales, el ente porteño debió comunicar que aquellos empleados autónomos con carreras universitarias de más de cuatro años de duración seguirán sin ser alcanzados por este tributo.
“Ante algunas consultas ocurridas en las últimas horas en relación a la comunicación recibida por domicilio fiscal electrónico, Agip aclara que el ejercicio de la actividad profesional liberal continúa estando exenta del impuesto sobre los ingresos brutos”, señaló el organismo en un tuit.
De esta manera, los monotributistas que facturen por sus servicios no tendrán que pagar este impuesto, siempre que tengan un título que los habilite a ejercer y no sean los propietarios de una empresa.
Este gravamen es la principal fuente de recaudación propia que tienen todos los distritos del país y en el caso de la Ciudad de Buenos Aires, incluso representa más ingresos que la partida que recibe por el Fondo de Coparticipación.
Tras una reunión que mantuvo el presidente Alberto Fernández con los gobernadores pocos días después de asumir, se decidió suspender el Consenso Fiscal firmado durante la gestión de Cambiemos y dar marcha atrás con la reducción progresiva del impuesto a los Ingresos Brutos y a los sellos, entre otros, que estaba prevista para el 2020.
La aclaración también vino de parte del Consejo Profesional de Ciencias Económicas de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, que tras una consulta a la AGIP confirmó que "no hubo ninguna modificación en materia de exenciones” previstas en el artículo 180 del Código Fiscal de la Ciudad.
Esta ley establece que el dinero “obtenido por el ejercicio de las profesiones liberales universitarios de grado oficialmente reconocidos y cuya carrera tenga una duración no inferior a cuatro años y no se encuentre organizado en forma de empresa” no deberán pagar Ingresos Brutos.
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