Las disposiciones del Banco Central para comenzar la regulación de las fintech fijadas en la última reunión de su Directorio fueron menos profundas de lo que había trascendido en los días previos. Entre otras medidas, dispuso que las billeteras electrónicas deberán mantener depositados los fondos de sus clientes en cuentas a la vista de un banco del país con disponibilidad inmediata. Y permitió que parte de esos saldos se destinen a fondos comunes de inversión, pero con la exigencia de que se informe a los clientes por separado.
Hasta allí, no hubo nada que genere grandes objeciones en el mundo de las fintech, que tienen esta semana una reunión agendada con las autoridades del BCRA. Por el contrario, algunas aseguran que ya cumplían con lo pedido por el organismo y que la transparencia forma parte de la esencia de su negocio. Otras dicen que ciertas definiciones de la autoridad monetaria las ayudarían a la hora de buscar inversores que no quieren correr con el “riesgo regulatorio”.
Algunas empresas aseguran que ya cumplían con lo pedido por el BCRA y que la transparencia forma parte de la esencia de su negocio; y otras dicen que ciertas definiciones las ayudarían a la hora de buscar inversores que no quieren correr con el ‘riesgo regulatorio’
Pero en el sistema financiero se ve a esta resolución del Central como un primer paso de un proceso más extenso y profundo de reformas. Una de ellas es prohibir las transferencias entre cuentas virtuales hechas por personas jurídicas. ¿La razón? Evitar la elusión impositiva.
Ocurre que esas operaciones no están gravadas con el “impuesto al cheque” y muchas grandes cadenas comerciales cobran a sus clientes con billeteras electrónicas y luego hacen pagos a sus proveedores sin usar cuentas bancarias, un mecanismo que se desea interrumpir.
Otra medida en ciernes es la equiparación impositiva entre las operaciones de bancos y fintech, largamente reclamada por los primeros. La carga impositiva, desde luego, se equiparará a la Argentina: hacia arriba. Desde el Gobierno ya hay preparativos para sumarle impuestos a la operatoria fintech. Todas las transferencias entre personas físicas, se aclara, seguirán sin ser gravadas, en uno y otro caso.
Pero el punto esencial de las normativas pendientes es la definición de intermediación financiera, concepto que alude a la actividad clásica de un banco: tomar depósitos y dar préstamos con ellos, ganando con la diferencia de tasas. Esta definición básica se vuelve gris ante los nuevos modelos de negocios que trajo la innovación tecnológica en la que las fintech ofrecen créditos online en pocos segundos con apenas un par de clicks en el teléfono.
Durante la gestión Cambiemos, de gran incentivo al desarrollo de las fintech, se determinó que el único límite para ellas era no captar depósitos del público, ya que sería considerado intermediación financiera. Y para llevarla adelante, hace falta ser un banco, con todas las regulaciones y exigencias de la normativa del BCRA. Para dar préstamos, debían utilizar fondos propios.
Las fintech siempre acordaron con ese criterio. Pero aparecieron los grises: hay billeteras electrónicas que también ofrecen préstamos, como Mercado Pago. ¿Cómo establecer si prestan dinero propio o el depositado por sus clientes? Hay fintech que salen a buscar capitales al mercado por distintas vías para fondearse y dar créditos personales.
Hay fintech que salen a buscar capitales al mercado por distintas vías para fondearse y dar créditos personales
Apetito sindical
La definición precisa de intermediación financiera por parte del BCRA, se supone, despejará las dudas. Pero a la vez, abre otro frente conflictivo: cuanta mayor regulación recaiga sobre las fintech, más argumentos tendrá el sindicato bancario para considerar que sus 9.000 empleados deben encuadrarse sindicalmente en su organización.
Un día antes del tratamiento de la regulación en el Directorio del BCRA, la Asociación Bancaria hizo llegar una extensa carta al presidente de la entidad, Miguel Pesce, explicando la “posición institucional” del sindicato frente a las fintech. Tras una larga argumentación para igualarlas con los bancos, y exhortando a la autoridad monetaria a obligarlas a cumplir con los mismos encajes, regímenes informativos, capitales mínimos y muchísimos otros requisitos, la Bancaria afirmó: “Considerando las causales señaladas deviene obvio que los trabajadores de las plataformas digitales son trabajadores bancarios”.
La carta lleva la firma del secretario general del gremio bancario, Sergio Palazzo, de cercanía política con Alberto Fernández y con protagonismo indisimulado en la campaña electoral de 2019. A diferencia de otros gremios, el suyo no perdió trabajadores durante la recesión del macrismo. En la Argentina existen 107.000 empleados bancarios, los mismos que a fines de 2015. Disputar otros 9.000 con otros gremios no parece un bocado menor.
En la Argentina existen 107.000 empleados bancarios, los mismos que a fines de 2015. Disputar otros 9.000 con otros gremios, como el de Comercio, no parece un bocado menor
Si algo caracteriza al mundo fintech es su heterogeneidad, ya que en él conviven compañías de distinto volumen, origen y actividad. Hay “unicornios” y hay pymes. Cada “vertical”, como suele llamarse a cada subsector de la actividad, tiene características propias que es difícil uniformar. Hay fintech dedicadas al crédito, a los medios de pago, a las inversiones, a los seguros y a muchas clases de servicios.
En su mayoría, su personal revistan como empleados de Comercio. Y muchos de ellos tienen labores que se distancian de la actividad clásica de un trabajador bancario, como los cajeros o los empleados de atención al cliente.
Entre las fintech aseguran que el 60% de sus empleados, sea cual fuese el “vertical” al que se dedica la empresa, son desarrolladores de sistemas. El punto de vista que esgrimen las fintech es que no aceptan que todos los trabajadores de su actividad sean considerados bancarios.
La negociación ya comenzó. Según pudo saber Infobae, ya hubo una reunión entre directivos de la Cámara Argentina de Fintech y Palazzo, en la que hubo buenos términos y compromiso recíproco de mantener el diálogo abierto pero, a la vez, pocas posibilidades de acercamiento entre los argumentos de ambas partes. Una definición legal en la normativa del BCRA puede tener un peso decisivo en el futuro.
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