El Banco Central inició el proceso de regulación de las fintech, en particular para los Proveedores de Servicios de Pago (PSP), denominación legal de las billeteras electrónicas o cuentas de pago similares. A través de la Comunicación A 6859, dispuso que “los fondos de los clientes acreditados en cuentas de pago ofrecidas por los PSP deberán encontrarse en cuentas a la vista, en pesos, en entidades financieras del país y, en todo momento, disponibles con carácter inmediato ante su requerimiento, por un monto al menos equivalente al que fue acreditado en la cuenta de pago.”
La disposición privará a las fintech de hacer inversiones con esos fondos. Al mismo tiempo, no impedirá que los saldos de las billeteras electrónicas puedan ser invertidos en fondos comunes de inversión, tal como ya ofrecen a sus clientes alguna fintech como Mercado Pago o Ualá.
“Los PSP podrán, a pedido de sus clientes, aplicar los saldos de las cuentas de pago en fondos comunes de dinero y se requerirá al PSP que los saldos invertidos se informen de manera separada del resto”, explicó el BCRA en un comunicado. De esa manera, el cliente deberá poder acceder a dos saldos: el disponible para pagar y el invertido en un fondo.
Las medidas señaladas deberán ser implementadas por los PSP antes del 31 de enero de 2020.
Asimismo, en otra medida que acerca a las fintech al estatus regulatorio de los bancos, el BCRA dispuso que en caso de incumplimiento de estas disposiciones, las autoridades de los PSP “serán pasibles de la aplicación de las sanciones conforme a lo previsto en los artículos 41 y 42 de la Ley de Entidades Financieras”
En su comunicado, el BCRA consideró que estas normas “ordenan el funcionamiento de las cuentas de pago ofrecidas por los Proveedores de Servicios de Pago (PSP), le otorgan mayor transparencia al sistema e incrementan la protección a los usuarios financieros. Así la Argentina da un paso inicial valioso para la regulación de los PSP para alinearse con otros países de la región y de Europa que ya cuentan con un marco normativo”.