La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) extendió hasta el 30 de noviembre de 2019 la suspensión de la traba de medidas cautelares para las micro, pequeñas y medianas empresas. De este modo, la AFIP unificó la fecha límite en la que también vence el plazo para adherirse al plan de facilidades de pago amplio que establece una refinanciación de hasta 120 cuotas para deudas impositivas vencidas hasta el 15 de agosto de 2019.
La medida se implementó este miércoles a través de la Resolución General 4630 publicada en el Boletín Oficial. Allí se estableció que finalizado el plazo previsto, la traba de medidas cautelares afectadas por la suspensión, correspondiente a micro, pequeñas y medianas empresas deberá efectuarse en forma progresiva entre los meses de diciembre de 2019 y marzo de 2020. La AFIP deberá determinar luego cuáles serán las nuevas pautas.
En agosto, la AFIP presentó un plan de pagos de hasta 120 cuotas para deudas vencidas y suspendió los embargos a las pymes por 90 días como parte de un paquete de medidas de “alivio”, que había presentado el presidente Mauricio Macri luego de la derrota en las elecciones primarias (PASO). Antes de estas medidas, el plan de deudas vencidas tenía un tope de 60 cuotas.
En septiembre, unas 13.000 pymes dejaron de pagar los aportes jubilatorios de 70.000 empleados, según información de Anses que fue publicada por Infobae esta semana. Sobre 19 grandes ramas de actividad en los últimos 12 meses se anotaron caídas en la cantidad de aportantes al Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA) en catorce.
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