Esta tarde el Banco Central reforzó el control de cambios, en particular en el uso de tarjetas de crédito en el exterior. Sin embargo, no se limita ni el uso ni el consumo con esta modalidad de pago, tanto para turismo como para otras actividades fuera de la Argentina.
“Las entidades financieras y otras emisoras de tarjetas locales deberán contar con la conformidad previa del Banco Central para acceder al mercado de cambios para realizar pagos al exterior por el uso de tarjetas de crédito, débito o prepagas emitidas en el país a partir del 01.11.19 inclusive, cuando tales pagos se originen, en forma directa o indirecta a través del uso de redes de pagos internacionales”, detalló la Comunicación 6823 de la autoridad monetaria.
Puntualmente es para las siguientes operaciones con tarjetas:
a) La participación en juegos de azar y apuestas de distinto tipo y/o. Se limita así el “dólar casino”, por el que una persona puede comprar fichas con la tarjeta y luego cambiarlas por dólar billete pagando la cotización oficial.
b) La transferencia de fondos a cuentas en Proveedores de Servicios de Pago y/o. Se prohíbe que, por ejemplo, se precarguen dólares desde un plástico en una cuenta de Paypal u otros sistemas de pago electrónico. Buscan evitar triangulaciones y extrancciones de esos montos en el exterior.
c) La transferencia de fondos a cuentas de inversión en administradores de inversiones radicados el exterior y/o. Se terminaron las transferencias a casas de bolsa en extranjeras o locales con cuentas afuera (una oferta que creció en los últimos meses), siempre desde una tarjeta de crédito.
d) La realización de operaciones cambiarias en el exterior y/o. No se pueden hacer más operaciones de compra o extracción de moneda en el exterior desde una tarjeta de crédito.
e) La adquisición de criptoactivos en sus distintas modalidades. No se pueden adquirir más bitcoins con esa modalidad de pago. Sólo queda como alternativa para esta inversión hacerlo con fondos transferidos desde una cuenta bancaria.
Además, se estableció en “USD 50 el monto máximo por operación que podrán otorgar las entidades financieras y otras emisoras de tarjetas de crédito locales como adelantos en efectivo a los tarjetahabientes en el exterior”. El uso y consumo con tarjeta de crédito en el exterior sigue libre, pero no se pueden pedir adelantos de efectivo por sobre esa cifra en la misma operación de cajero automático. El objetivo en este caso es dificultar esa operatoria y que el usuario tenga que gestionar muchos adelantos y pagar comisiones por cada operación.
De esta manera, el Central sofistica el candado al dólar y busca evitar los distintos arbitrajes que se puede hacer en medio de un control de cambios mucho más fuerte, como el que rige en el mercado desde el domingo pasado, cuando se bajó el límite para comprar billetes estadounidenses bajó abruptamente desde USD 10.000 mensuales, que regían desde el 1 de septiembre, a los USD 200 actuales.
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