Las billeteras de pago electrónico también deberán retener IVA y Ganancias como las tarjetas de crédito tradicionales

Los porcentajes que deberán retener son similares a los establecidos para las compras directas

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Las nuevas disposiciones de la
Las nuevas disposiciones de la AFIP buscan igualar las condiciones de las tarjetas de crédito y débito tradicionales con los nuevos medios de pago

Finalmente, los comercios y empresas que usen billeteras electrónicas para cobrar los bienes o servicios que venden deberán pagar los mismos impuestos que con el resto de las tarjetas tradicionales. La AFIP estableció un régimen de retención de IVA y de Ganancias a las operaciones con medios electrónicos como Mercado Pago, Todo Pago, PayU o Naranja X, entre otras. De esta forma, tendrán ahora las mismas condiciones que las tarjetas de crédito o débito.

“Los porcentajes que se deberán retener dependerán del instrumento de pago seleccionado al pagar con la billetera electrónica, es decir, con tarjeta de débito o de crédito", explicaron desde la AFIP. Las cifras son similares a las establecidas para las compras directas: 0,5% para tarjetas de débito y 1% para tarjetas de crédito, en la mayoría de los casos.

“De esta manera, las administradoras de las terminales o las billeteras electrónicas realizarán la misma retención más allá del canal de cobro utilizado”, agregaron. Los empresas que facturen por encima de un monto determinado deberán hacer retenciones de estos impuestos cuando las ventas se hayan realizado por billeteras electrónicas, algo de lo que hasta ahora estaban exentas.

La utilización de las nuevas plataformas tecnológicas de transferencia de fondos hizo necesario establecer un régimen de retención que permitirá mayor control de las operaciones y reducir las posibilidades de evasión

“Conceptualmente, creemos que tienen que haber beneficios para los pagos digitales, y que sean iguales para las billeteras electrónicas y para las tarjetas tradicionales. De esta forma se equipara la cancha. Pero estamos en contra de agregar o sumar impuestos y retenciones. También se entiende esta medida en el contexto de una necesidad de mayor recaudación. Esto, al contrario, desincentiva los pagos digitales e incentiva el uso de efectivo”, señaló a Infobae Juan Pablo Bruzzo, presidente de la Cámara Argentina de Fintech. Y aclaró que quedarán exentos los individuos que usan billeteras virtuales para efectuar cobros de forma eventual, sin ser responsables inscriptos.

Estos cambios se incluyen en las Resoluciones Generales 4621 y 4622 publicadas este miércoles en el Boletín Oficial. En el texto de la medida, se detalla que quedarán exentas las micro empresas que están registradas en la Secretaría de Emprendedores y de la Pequeña y Mediana Empresa y las “potenciales micro empresas". La modificación se aplicará a las liquidaciones efectuadas a partir del 19 de noviembre.

Según la Cámara Argentina de
Según la Cámara Argentina de Fintech, la medida desincentiva el uso de medios digitales de pago

“Un aumento en las retenciones efectuadas a los contribuyentes implica un mayor costo, teniendo en cuenta que hay un costo financiero que afecta directamente en momentos de altas tasas. Las retenciones se efectúan con cada operación y en el caso del impuesto a las ganancias lo retenido se puede utilizar una vez al año al vencimiento de la declaración jurada. Es criticable que estos regímenes sean estáticos cuando deberían adaptarse a los ciclos económicos y la rentabilidad de cada industria. Y suspenderse en momentos de recesión para otorgar mayor equidad al sistema”, destacó Iván Sasosvky, especialista en temas tributarios del estudio Sasovsky & Asociados.

Y advirtió que todo costo extra puede ser trasladado al consumidor. “No disponer del 100% del dinero de la operación es un costo financiero y no será la excepción. Es lo que se puede definir como inflación tributaria generada por el propio Estado”, agregó.

Un aumento en las retenciones efectuadas a los contribuyentes implica un mayor costo, teniendo en cuenta que hay un costo financiero que afecta directamente en momentos de altas tasas

Según se explica en la resolución oficial, la utilización de las nuevas plataformas tecnológicas de transferencia de fondos hizo necesario establecer un “régimen de retención” que permitirá un mayor control de las operaciones realizadas, así como reducir las posibilidades de evasión. Esta medida era un reclamo que venían realizando desde hace tiempos los bancos tradicionales, que querían igualdad de condiciones frente a las nuevas empresas fintech. Según un estudio reciente llevado a cabo por el Banco Interamericano de Desarrollo (BID), existen 133 fintechs argentinas operando en el mercado local y regional. Por cantidad de firmas, la Argentina ocupa el tercer lugar de Latinoamérica después de Brasil y México.

La mitad de las fintechs se dedican a servicios provistos a los usuarios finales (personas o empresas fuera del sistema bancario). El resto tiene como clientes a empresas, incluso dentro del mismo sistema bancario. Por categorías, el 24% provee préstamos, el 20% están vinculadas a pagos y transferencias, otro 20% a servicios para empresas y el 11% a inversiones, entre las más importantes.

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