La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) extendió el alcance del Plan de Pagos Amplio, de 120 cuotas, a asociaciones, fundaciones, cooperadoras y entidades religiosas, entre otras instituciones, que inicialmente no estaban alcanzadas por estas facilidades.
La nueva normativa se implementó este miércoles a través de la Resolución General 4580 publicada en el Boletín Oficial. La medida incluye en la lista de entidades que podrán acceder al plan de pago a asociaciones, fundaciones, cooperadoras, institutos de vida consagrada, asociaciones simples, entidades religiosas y la Iglesia Católica.
Se prevé la suspensión, hasta el 11 de noviembre inclusive, de la traba de medidas cautelares y las entidades podrán disponer libremente de las sumas previamente embargadas
Y también oficializa estos beneficios para quienes sean categorizados por la AFIP como "potencial Micro, Pequeña y Mediana Empresa Tramo I y II". A partir de ahora, todas estas entidades y contribuyentes podrán ingresar en el Plan de Pagos Amplio para deudas vencidas hasta el 15 de agosto y con una tasa máxima del 2,5% mensual. La adhesión a los planes es hasta el 31 de octubre de este año.
El primer pago del nuevo plan se hará en diciembre próximo. Para este grupo de contribuyentes, se contempla un plazo máximo de hasta 10 años sin ningún pago a cuenta. Además se prevé la suspensión, hasta el 11 de noviembre inclusive, de la traba de medidas cautelares. También, podrán disponer libremente de las sumas previamente embargadas.
La AFIP había implementado el nuevo plan de pagos de hasta 120 cuotas durante agosto como parte del paquete de medidas de alivio que fueron anunciadas por el presidente Mauricio Macri luego de las elecciones primarias (PASO). Anteriormente, el plan de deudas vencidas tenía un tope de 60 cuotas.
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