El Banco Central no levanta las trabas y complica el pago de deudas en dólares a provincias y empresas

Sólo el Tesoro nacional fue expresamente autorizado a cumplir con el pago de obligaciones bajo ley local. Sorpresa en el mercado

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El Tesoro podrá honrar los
El Tesoro podrá honrar los vencimientos reperfilados con acreedores externos (Wikipedia)

El Tesoro nacional podrá pagar deuda en dólares emitida bajo ley local a tenedores del exterior. Sin embargo, las provincias y las empresas no fueron incluidas en la normativa que ayer emitió la autoridad monetaria, por lo que en las próximas semanas y meses se acumularán los problemas para que los inversores puedan cobrar.

Concretamente, la Comunicación "A" 6782 deja afuera del control cambiario a "las centrales locales de depósito colectivo de valores por los fondos percibidos en moneda extranjera por los servicios de capital e interés del Título del Tesoro nacional que sean retransferidos al exterior como parte del proceso de pago a solicitud de las centrales de pago de depósito colectivo del exterior".

En otras palabras, cuando se trate de títulos públicos emitidos por el Estado Nacional, sólo en ese caso Caja de Valores podrá transferir a otras depositarias internacionales como Euroclear o Clearstream. Los inversores extranjeros podrán cobrar los pagos en moneda extranjera. Pero esta posibilidad le es negada tanto a empresas como a provincias.

Sólo se autorizó a transferir a inversores extranjeros el pago de capital e intereses al Tesoro nacional. En cambio, los bonos emitidos bajo ley local de provincias o empresas sólo se pagarán a través de Caja de Valores

El "caso testigo" fue el de IRSA, que la semana pasada tuvo que afrontar el vencimiento de intereses de un bono por USD 130 millones. Los fondos fueron depositados en su totalidad en Caja de Valores, pero la entidad no pudo posteriormente transferir las divisas al exterior por el control de cambios. El título fue emitido bajo ley local.

Por lo tanto, los inversores no podrán cobrar en la medida que mantengan los bonos depositados en una sociedad depositaria internacional y tendrían que trasladarlos a Caja de Valores. Aunque no se aclara, se supone que en ese caso sí podrían cobrar directamente en divisas.

Claro que en la misma situación de IRSA se encontrarán una gran cantidad de empresas y provincias que en los últimos años emitieron deuda bajo ley local. En todos estos casos, ningún tenedor de bonos podrá cobrar si no traslada esos títulos a Caja de Valores, al menos mientras dure el control de cambios, o se instrumenten los aplicativos del Banco Central para que habiliten los giros a los bancos.

La aclaración del Central sorprendió al mercado, que esperaba una rectificatoria en sentido opuesto. En realidad, se aguardaba que la entidad que preside Guido Sandleris allane el camino para el pago de bonos a inversores internacionales, pero no fue así.

De esta forma, el control de cambios se volvió mucho más restrictivo para las empresas que el cepo que rigió de 2011 a 2015 durante el segundo mandato de Cristina Kirchner. En ese caso, las compañías y las provincias no tuvieron mayores inconvenientes para pagar deuda al exterior.

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