Jubilaciones: qué cambiará con la próxima sentencia de la Corte Suprema

Si bien el fallo del máximo tribunal afectará a un caso en particular, sentará también un precedente para otros 150.000 jubilados que iniciaron reclamos judiciales por ingresos previsionales mal calculados

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La Corte define cómo se
La Corte define cómo se debe calcular la actualización de los haberes jubilatorios

La Corte Suprema de Justicia definirá este martes qué índice debe aplicar el Gobierno para actualizar los haberes de los jubilados que ganaron un juicio contra el Estado. Si bien el fallo del máximo tribunal afectará a un caso en particular —el del jubilado Luis Orlando Blanco— también sentará un precedente para otros 150.000 jubilados que están en una situación similar.

¿Qué cambiará para los jubilados y pensionados a partir del martes? El fallo determinará qué índice se debe usar para recalcular los haberes de las personas que reclamaron por ingresos previsionales mal calculados y que no aceptaron la reparación histórica. Las opciones son el índice ISBIC (Indice de Salarios Básicos de la Industria y la Construcción), aplicado por la Justicia en la mayoría de los casos, o el RIPTE (Remuneración Imponible Promedio de los Trabajadores Estables), impulsado por el Gobierno.

El fallo determinará qué índice se debe usar para recalcular los haberes de los jubilados o pensionados que reclamaron por ingresos previsionales mal calculados

Según estimaciones realizadas por el estudio jurídico Tróccoli, un haber jubilatorio que a julio de 2007 era de $1.855 reajustado por RIPTE pasa a $2.490, pero si se hace por ISBIC alcanza los $3.435. En el caso de un haber que a octubre de 2018 era de $32.884 pasa a $40.525 por RIPTE y a $55.913 por ISBIC.

Fuente: Estudio Jurídico Tróccoli
Fuente: Estudio Jurídico Tróccoli

Desde el Gobierno aseguran que no debería tener un impacto desde el punto de vista fiscal y económico en las arcas públicas durante los próximos años. Así lo aseguro el ministro de Producción y Trabajo Dante Sica. "Tenemos que esperar el fallo. Es acotado a un caso individual, eso no cambiaría las condiciones ni impactaría en el equilibrio presupuestario", afrimó.

Hasta el año 2008, Anses no aplicaba ninguna actualización a los salarios posteriores a 1991, cuando entraban en el promedio de 10 años —120 últimas remuneraciones— para calcular el primer haber jubilatorio.

Esto motivó que se iniciaran miles de juicios de reajuste que colapsaron el fuero de Seguridad Social. Frente a los reclamos, la Corte Suprema en 2009 determinó un método de actualización de salarios —en el caso Elliff— a través del índice ISBIC, que mide los salarios de la construcción y la industria.

Desde que el Gobierno creó el Programa de Reparación Histórica, en julio de 2016, Anses cambió el criterio para el reajuste y lo reemplazó por el RIPTE

Sin embargo, desde que el Gobierno lanzó el Programa de Reparación Histórica, en julio de 2016, Anses cambió el criterio para el reajuste y lo reemplazó por el RIPTE, con la intención de que se aplique a todos jubilados y pensionados, aunque ya estuvieran tramitando un juicio. Por eso, apela las sentencias.

Según los cálculos de los especialistas previsionales, los haberes calculados por RIPTE suelen ser inferiores a los calculados con ISBIC. Así, incluso, lo admitió el Gobierno en una resolución de la Secretaría de Seguridad Social publicada el 12 de noviembre en el Boletín Oficial, donde ratificó que continuará aplicando el índice RIPTE, ya que el ISBIC arroja "resultados distorsivos". Además, le señaló a la Justicia que la determinación del índice es una de sus prerrogativas.

Los haberes calculados por RIPTE
Los haberes calculados por RIPTE suelen ser inferiores a los calculados con ISBIC

Según sostuvo el abogado de Blanco, Gabriel Greizerstein, su defendido se vería mucho más favorecido si se aplicara el índice ISBIC para calcular el incremento de sus haberes, ya que cobraría el 59% de su salario como trabajador activo, mientras que con el otro mecanismo pasaría a recibir el 46%.

Los fallos judiciales anteriores consideraron que usar el RIPTE para este tipo de casos "vulnera la garantía constitucional del derecho adquirido" del jubilado, ya que ese índice comenzó a funcionar mucho después de que se iniciara la demanda y no se puede implementar de manera retroactiva. El método que propone Anses, según las decisiones judiciales, aplica solo para quienes aceptaron la Reparación Histórica con acuerdo homologado.

Fuente: Estudio Jurídico Tróccoli
Fuente: Estudio Jurídico Tróccoli

Adrián Tróccoli, abogado previsionalista, asegura que el costo para el Estado de pagar juicios, en general, es bajo. "Se pagan con una tasa de interés de 16% a 17%, lo cual licúa completamente las deudas que tienen con los jubilados. El pago de la sentencias que salieron el año pasado, y algunas de este año, se van a pagar durante 2019 y el dinero previsto en el Presupuesto para el pago es de 0,8% del gasto total de Anses", describió.

También aclaró que los nuevos juicios no se verán afectados por el fallo del martes. "Lo que se decide mañana es el índice de cálculo de las remuneraciones para la base de las jubilaciones, el sueldo promedio de los últimos 10 años. Desde 2009 los sueldos están bien calculados", explicó.

Pero advirtió que algunos jubilados que recibieron, por ejemplo, el beneficio en 2014, pueden tener algunos años mal calculados. "A partir de 2014, ya no queda mucho por reclamar. Los reclamos que van entre 2002 y 2009, por remuneraciones mal calculadas, ya se hicieron o firmaron la reparación histórica", aseguró Tróccoli.

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