Oficial: mañana aumentará el Impuesto a los Combustibles 6,7 por ciento

Así lo estableció el decreto 501/2018, que se publicó en el Boletín oficial. El próximo ajuste será en julio y regirá desde el 1° de septiembre

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Esta mañana, YPF todavía no
Esta mañana, YPF todavía no había cambiado los precios de sus pizarras (Foto: Joaquín Pedroso)

Después de un día cargado de confusiones y de hasta la renuncia de un subsecretario en el Ministerio de Energía, en el que por un lado había trascendido que entraba en vigencia el nuevo régimen del Impuesto a la Transferencia de Combustibles Líquidos, y hasta fue aclarado por un comunicado de la AFIP; a última hora de la tarde se convocó a las refinadoras para que frenen los aumentos; y a medianoche se les informó a los medios que "las empresas estaban libres de aumentar las naftas cuando quieran", se publicó en el Boletín Oficial el Decreto 501/2018, que aprobó la reglamentación de la Ley N° 23.966, de 1991, y que fuera "ordenada" 20 años antes.

Al parecer la duda –y la característica del Gobierno de que no comunica bien de modo anticipado la instrumentación de los cambios legislativos, determinados por la Ley de Reforma Tributaria– surgió porque se esperaba que las refinadoras podían actualizar el componente impositivo del precio de las naftas y todo otro combustible, carburante o no, a partir del "primer día hábil siguiente al segundo mes de actualización del valor que para cada caso fije la AFIP".

Pero sucede que la letra chica del decreto 501 especifica en el artículo 7 del único anexo a reglamentación que la AFIP "actualizará los mencionados montos de impuesto en los meses de enero, abril, julio y octubre de cada año, considerando, en cada caso, la variación del Índice de Precios al Consumidor (IPC) que suministre el Instituto Nacional de Estadística y Censos correspondiente al trimestre calendario que finalice el mes inmediato anterior al de la actualización que se efectúa".

Se creía que las refinadoras podían actualizar sus precios al público desde el 1 de junio, pero finalmente, el decreto reglamentario de la determinación del nuevo impuesto sobre los combustibles fijó el 2 de junio

Y agrega: "El monto actualizado surtirá efectos para los hechos imponibles que se perfeccionen desde el primer día del segundo mes inmediato siguiente a aquél en que se efectúe la actualización, inclusive".

De ahí surgía que, de acuerdo con la tasa de inflación del primer trimestre, el primer ajuste de abril fue del 6,7%, y por tanto podría aplicarse a partir del 1 de junio, es decir de hoy.

Sin embargo, en el cuerpo principal de la reglamentación del nuevo gravamen, en el artículo 3, se precisa, como es de práctica, que "las disposiciones del presente decreto entrarán en vigencia el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial", es decir, en este caso, desde el 2 de junio.

Por el contrario, para las próximas actualizaciones trimestrales, a partir de julio, el efecto será desde el primer día de septiembre, es decir desde el inicio del segundo al de la modificación de las tablas que deberá informar la AFIP.

Estos son los precios de
Estos son los precios de Shell que regían este viernes a la mañana (Foto: Joaquín Pedroso)

El impacto en el precio final

Según fuentes de la industria, el efecto del nuevo impuesto inflacionario sobre los combustibles sobre el precio final al público es mínimo, entre 1,3% y 1,7%, según el caso.

El impacto directo del impuesto inflacionario sobre el precio al público se estima entre 1,3% y 1,7%, pero fuentes de la industria aseguran que no tienen margen para absorberlo

Pero desde las refinerías aseguraron a Infobae que "no hay margen para absorber el traslado al público del 6,7%, que fue la inflación del trimestre enero a marzo, porque ya veníamos atrasados".

Al respecto, recuerdan que ya a comienzos de mayo se les pidió que postergaran el ajuste para no acentuar la aceleración de la inflación que fue del 2,7% en abril y se espera otro tanto para el resultado de este mes.

Pero además, destacan que desde abril a hoy el valor del crudo Brent saltó un 20% y la devaluación del peso en solo 60 días fue superior al 24%, de modo que "si no se busca una compensación a semejante salto en pesos de más del 40% la mejor opción será exportar el crudo y no vender para el consumo interno".

El efecto combinado de la suba del 20% del barril Brent y del 24% del salto cambiario en los últimos 60 días abrió una brecha de más del 40% entre el precio para el mercado interno y el de exportación de crudos

De ahí que se especulaba, entre las idas y venidas de ayer, que el ministro de Energía, Juan José Aranguren, acuerde con las tres grandes refinadoras del país establecer un precio diferencial del precio del barril del orden de los 65 a 66 dólares, como cotiza hoy el WTI, en lugar de mantener la referencia del Brent que abrió esta mañana en USD 77,66, con nueva alza de 0,13 por ciento.

Lo cierto es que en medio de negociaciones de un acuerdo con el FMI, no hay mucho margen para interferir en los mercados, y tomar medidas que signifiquen reprimir precios para que no se manifieste en el índice de inflación. En esas preocupaciones estaría la explicación de las idas y venidas el día previo a la instrumentación del nuevo impuesto inflacionario sobre las naftas.

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