El Gobierno quiere darles total autonomía y transparencia a sus estadísticas. Por eso, planea crear un "nuevo Indec". Lo hará por medio de un proyecto que presentará ante el Congreso con el objetivo de reconfigurar el sistema estadístico y darle al nuevo Instituto "personería jurídica propia, independencia funcional y autonomía financiera".
El borrador del proyecto, al que accedió Infobae, es el producto final de un trabajo coordinado entre distintos sectores del Gobierno. El objetivo, explican desde el Ministerio de Hacienda, es transferir al "Indec 2.0" "verdadera autonomía" y protegerlo de "abusos como los que se cometieron durante el gobierno anterior". Todo en el contexto del SEN, o Sistema Estadístico Nacional.
La reforma del Indec se venía trabajando en dos frentes. Por un lado, desde Jefatura del Gabinete y el Ministerio de Hacienda salieron los primeros borradores que planteaban la creación de un nuevo ente estadístico al cual se le transferirían todos los bienes, personal, activos y presupuesto del actual Instituto.
Por otro lado, la conducción del Indec sostenía una línea dura para mantener la estructura actual, concentrando y fortaleciendo al ente como rector del sistema estadístico. Finalmente, la negociación parece haber resultado en un punto medio. El artículo 43 del proyecto plantea la creación del "Instituto Nacional de Estadísticas y Censos (INDEC), como organismo descentralizado en el ámbito del Poder Ejecutivo Nacional, con personería jurídica propia, independencia funcional y autonomía financiera".
Ambos proyectos se unificaron y conformaron un primer borrador. Pero no todas son rosas: en el actual Indec no están del todo conformes con el resumen que hizo Jefatura de Gabinete. ¿Habrán quedado afuera de borrador algunas de las propuestas núcleo de Jorge Todesca, actual titular del organismo que, en teoría, comandará el nuevo?
Los 6 puntos destacados del proyecto:
1 – Estructura
El Sistema Estadístico Nacional (SEN) concentra las "actividades estadísticas oficiales y la realización de los censos nacionales que se efectúen en el territorio de la Nación, la organización de sus servicios estadísticos y sus relaciones en materia estadística con organismos internacionales, y los principios rectores de las Estadísticas Oficiales se regirán por las disposiciones de la presente ley".
El SEN estará integrado por el Consejo Nacional de Información Estadística (CNIE) y el nuevo Instituto Nacional de Estadísticas y Censos (INDEC).
2 – Independencia Profesional y transparencia
– "Los organismos del SEN que produzcan Estadísticas Oficiales deberán procurar la independencia profesional y científica de los agentes y procedimientos involucrados en el desarrollo, elaboración y difusión de las mismas".
– "Los organismos del SEN que produzcan de Estadísticas Oficiales deberán procurar publicar los nombres de los funcionarios involucrados la elaboración de los informes referidos a las mismas, así como datos de contacto de las oficinas participantes. Asimismo, deberán publicar en sus sitios web información detallada sobre sus presupuestos y planes de acción".
3 – Secreto Estadístico
– "Toda información obtenida por los organismos del SEN a través de encuestas, censos u otras formas de captación de datos estadísticos será confidencial y estará resguardada por el secreto estadístico".
– "Los datos protegidos por el secreto estadístico que se divulguen no serán admitidos como prueba en causas judiciales, debiendo los jueces rechazarlos de oficio".
4 – Plan Estadístico Nacional
– El CNIE dictará anualmente un Plan Estadístico Nacional vinculante para los organismos del SEN que "establecerá los productos estadísticos a generar, evaluaciones a realizar y formas de diseminación, así como la programación para años subsiguientes de encuestas y censos".
– Toda la información producida en el marco del Plan Estadístico Nacional será gratuita.
5 – Cómo será el nuevo Indec
– El artículo 43 del proyecto indica que se creará "el Instituto Nacional de Estadísticas y Censos (INDEC), como organismo descentralizado en el ámbito del Poder Ejecutivo Nacional, con personería jurídica propia, independencia funcional y autonomía financiera.
– Entre las "claúsulas transitorias" se indica que se transfiere "la totalidad de los bienes, presupuesto, recursos humanos, activos y patrimonio, continuando a todos los efectos legales los derechos y obligaciones del anterior INDEC, organismo desconcentrado creado por la Ley 17.622, al INDEC, organismo descentralizado creado por la presente".
– El nuevo Indec tendrá, entre otras, estas funciones: recolectar datos estadísticos mediante el uso de encuestas, datos de registro y otros; producir las Cuentas Nacionales, Cuentas Internacionales, Cuentas Satélite y Análisis Laborales; producir indicadores sociales y económicos; y producir las otras estadísticas que le corresponda según el Plan Estadístico Nacional.
– "El Indec estará a cargo de un Director General que será designado por concurso de antecedentes técnicos y profesionales y de oposición. Durará cinco (5) años en sus funciones, pudiendo volver a concursar el cargo por una única vez. Tendrá rango y jerarquía de Secretario de Estado".
– "Para ser Director General o Director Técnico se requiere poseer título de grado en economía, matemática o estadísticas, y experiencia acreditada en el campo de la producción estadística".
– No pueden dirigir el Indec, entre otros, quienes hayan sido condenados por delito doloso; los condenado por delito en perjuicio de la administración pública nacional, provincial o municipal, los sancionados con exoneración o cesantía en la administración pública nacional, provincial, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires o municipal.
– El Director y el Director Técnico serán seleccionados por un jurado mediante un concurso público de antecedentes y oposición.
6 – Consejo Nacional de Información Estadística
– El Consejo Nacional de Información Estadística (CNIE) será un "organismo descentralizado en el ámbito del Poder Ejecutivo Nacional, entidad con personería jurídica propia, independencia funcional y autonomía financiera".
– El CNIE tendrá, como función principal, "dirigir la planificación de las actividades del SEN y formular el Plan Estadístico Nacional".
– La cabeza del CNIE estará conformada por siete miembros: el Secretario de Política Económica del Ministerio de Hacienda, que oficiará como el presidente del CNIE; y representantes del Ministerio de Trabajo, Ministerio de Desarrollo Social; Banco Central y Consejo Federal de Responsabilidad Fiscal.
El borrador completo: