El gobierno nacional reglamentó la instrumentación de las obligaciones de pago de los programas de Participación Público Privada, un mecanismo que fomenta la inversión de empresas privadas en obras de infraestructura y evita que los gobiernos tomen deuda.
El Fideicomiso que ideó la Ley 27.431, resultante de la Ley 27.328, estableció este régimen para avanzar más rápido con las obras de infraestructura, "cuando previamente se determine que esa modalidad de contratación permite cumplir con los objetivos de interés público tendientes a satisfacer".
Pero, además, el artículo 18 de la mencionada ley habilitó la posibilidad de que "las obligaciones de pago asumidas por los entes contratantes, en el marco de lo establecido en dicha ley podrán ser solventadas o garantizadas mediante la creación de fideicomisos". Esa facultad es la que se regulará a través del decreto 153 del 23 de febrero último, que se publicó hoy en el Boletín Oficial.
La norma delegó en el Banco de Inversión y Comercio Exterior S.A. la función de organizador y fiduciario del Fideicomiso PPP y de los Fideicomisos Individuales PPP
La entidad podrá como organizador y fiduciario del Fideicomiso PPP "fijar el Acuerdo y Reglamento Marco del Fideicomiso PPP (que establecerá las condiciones generales aplicables a todos los Fideicomisos Individuales PPP); trabajar conjuntamente con las autoridades convocantes para la elaboración de programas, prospectos y demás documentos relacionados con el Fideicomiso PPP y los Fideicomisos Individuales PPP y designar como fiduciarios a otros agentes financieros, entre otras funciones".
También se determinó que "los fiduciantes serán los Ministerios a cuya jurisdicción correspondieren los proyectos a ser desarrollados mediante contratos de participación público privada celebrados de conformidad con lo establecido en la Ley 27.328, otros entes del sector público nacional que actúen en calidad de autoridad convocante en los términos de la referida ley y su reglamentación".
Ahorro del sector público
De este modo, el Gobierno dio un paso más hacia el camino fijado de reducción gradual del déficit fiscal, sin necesidad de acudir a la llamada contabilidad creativa y el diferimiento de pago de obras públicas que debió hacer en enero para evitar que el rojo de las finanzas públicas crecieran en 200% y poder mostrar un ahorro antes del pago de intereses del 9,5 por ciento.
El Presupuesto Nacional 2018 prevé que la inversión pública ascenderá a 2,7% del PBI. Pero ahora, a través de la reglamentación del Fideicomiso que regulará los pagos de los programas de Participación Público Privada, algunos economistas consideran que se podrá avanzar más aceleradamente hacia la meta de la baja del déficit fiscal sin atajos.
El Fideicomiso PPP tendrá una vigencia de 30 años contados a partir de la fecha de la celebración del contrato
Sin embargo, no son pocos los economistas e inversores que esperaban este decreto para comenzar a sumarse a los planes de obras públicas con recursos propios, para recuperarlos a futuro. Pero advierten, como lo experimentó el ministro de Hacienda en su visita a España, que los funcionarios públicos deberían dar el ejemplo invirtiendo sus patrimonios en el país, no offshore.
Además, como el escenario internacional ha cambiado, con el anticipo de las suba de las tasas de interés, aumentará el costo del financiamiento del abultado déficit fiscal; y para peor, se agrega internamente una devastadora sequía, la peor en 44 años, que amenaza con restarle recursos al fisco por la alta contribución de los productores sojeros. Los inversores de largo plazo también esperan señales "ad hoc" de mayor disciplina en el gasto público, para que sus expectativas de recuperación futura de sus capitales no se vea debilitada.
Destaca el decreto 153, firmado por el presidente Mauricio Macri, el Jefe de Gabinete de Ministros, Marcos Peña, y el ministro de Finanzas, Luis Caputo, que "el Fideicomiso PPP tendrá una duración de 30 años, contados a partir de la fecha de la celebración del contrato de fideicomiso".