Qué dice el proyecto de reforma tributaria del Gobierno

Persistirá el impuesto a las gasesoas del 17%. Además, quedarán excluidos los vinos y las cervezas. Ya entró a la Cámara de Diputados

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El ministro de Hacienda, Nicolás
El ministro de Hacienda, Nicolás Dujovne (Nicolás Aboaf)

Infobae tuvo acceso al proyecto de reforma tributaria que el ministro de Hacienda, Nicolás Dujovne, envió al Congreso de la Nación –ya entró a Diputados–. Uno de los datos más resonantes es que no hubo modificaciones al impuesto interno que afectará a las gaseosas azucaradas, que será del 17%. 

"Están gravados por un impuesto interno del 17%, en tanto contengan azúcares libres añadidos, los siguientes productos: las bebidas analcohólicas, gasificadas o no, incluso aquellas con cafeína y taurina sumplementadas o no, las elaboradas a base de soja con o sin el agregado de jugos frutales o a base de sales minerales vitaminizadas o no y las adicionadas con nutrientes esenciales o fortificadas", describe el texto.

Las otras bebidas alcanzadas por el 17% serán los jugos frutales y vegetales; los jarabes para refrescos, extractos y concentrados que por su preparación  y presentación comercial se expendan para consumo doméstico o en locales públicos (bares, confiterías, etcétera), con o sin el agregado de agua, soda u otras bebidas; los productos destinados a la preparación de bebidas analcohólicas no alcanzados específicamente por otros impuestos internos, sean de carácter natural o artificial, sólidos o líquidos; las aguas minerales aromatizadas o saborizadas; y los jarabes, extractos y concentrados, destinados a la preparación de bebidas sin alcohol.

En cambio, para aquellas que no contengan azúcares libres añadidos, se les aplicarán los siguientes tributos: 10% a las bebidas analcohólicas con cafeína y taurina, suplementadas o no, y 8% para las que tengan menos de 10° GL de alcohol en volumen.

Por su parte, los vinos, las sidras y las cervezas quedaron excluidos. En cambio, el whisky tendrá que pagar un 29%, así como el coñac, brandy, ginebra, pisco, tequila, gin y vodka. Para las otras bebidas alcohólicas habrá dos fases: las que tengan entre 10 y 29 grados de alcohol pagarán un 20% y las que superen los 30 grados un 29%.

También los cigarrillos estarán gravados en un 70% o un mínimo de 28 pesos por envase de veinte unidades.

Asimismo, en el artículo 115 hace referencia a la telefonía y establece elevar del 4% al 5% "sobre el importe facturado por la provisión de telefonía celular y satelital al usuario".

Otro aspecto importante es el impuesto a la renta financiera. En este caso, por primera vez, será del 5% a las ganancias obtenidas por los activos en pesos, mientras que para los activos en dólares será del 15%. 

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