Este viernes vence el plazo de la última etapa del blanqueo para pagar el impuesto especial del 15% en el caso de activos muebles no declarados y del 5% por el caso de inmuebles no declarados que comenzó el 22 de julio de 2016. Es muy probable, de acuerdo a lo que pudo investigar Infobae, que los resultados del blanqueo sean difundidos por el titular de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), Alberto Abad, junto al ministro de Hacienda Nicolás Dujovne en una conferencia en el Palacio de Hacienda el viernes por la tarde. Por las penalidades obligatorias se recaudarían unos 160.000 millones de pesos adicionales como producto de toda la exteriorización.
La AFIP ratificó la semana pasada que el 31 de marzo vencerá el plazo para sincerar los activos no declarados, pagando el impuesto especial como así también la posibilidad de regularizar deudas impositivas vencidas al 31 de mayo de 2016. Pero hay plazo hasta el 17 de abril para completar la documentación respectiva.
En los últimos días, tanto analistas financieros como expertos tributarios hacen cálculos a sus clientes para ver si les conviene más pagar el impuesto del 15%, comprar los bonos del Gobierno (uno a tres años, con cupón 0 e intransferible y otro a 7 años, con cupón del 1% e intransferible por los primeros cuatro años) o cuotas partes de fondos de inversión para no pagar el "impuesto especial". Al respecto, Infobae consultó a distintos expertos financieros y tributaristas que recomiendan las siguientes alternativas en caso de no pagar en efectivo la multa:
1. Suscribir el Bonar 2019 a 3 años. Para blanquear, por ejemplo, el equivalente a $900.000 y no pagar el impuesto especial se podrá invertir en la compra del equivalente a $ 900.000 en Bonos Cupón Cero. Las consecuencias son que no se tendrá disponibilidad de los $900.000 durante tres años (hasta el 2019). No se obtendrá renta por la inversión en estos bonos y habrá un costo de oportunidad a definir como consecuencia de la no disponibilidad de ese efectivo por tres años. Pero habrá alguna certeza de que el capital invertido será devuelto en dólares a la fecha de vencimiento del título puesto que el mismo vencerá antes de que finalice el mandato del presidente Mauricio Macri. Los 900.000 pesos invertidos en el bono pasan a formar parte del nuevo patrimonio declarado. Pero la ventaja es que no estarán gravados con el impuesto a la Renta ni a los Bienes Personales por tratarse de Bonos emitidos por el Estado nacional que están exentos de esos impuestos.
2. Suscribir el Bonar 2023 o "Bono Mágico" a siete años. La restricción es que este llamado "Bono Mágico" es intransferible y no negociable en los próximos tres años. Lo novedoso es que permitirá blanquear $3 por cada $1 invertido en el título. En el caso de los 900.000 pesos a blanquear solo se necesitarán comprar esos bonos por un total de 300.000 pesos. La consecuencia es que no se paga el impuesto especial del 15% y del patrimonio blanqueado de $900.000 habrá $300.000 que no estarán disponibles por cuatro años, durante los cuales estarán invertidos en el llamado "Bono Mágico" que pagará una renta anual del 1%. Luego de ese tiempo, el inversor podrá vender el título. Pero como el cupón de renta del título rendirá tan solo 1% anual, la mayoría de los analistas consultados no esperan que haya mucha demanda del mismo. Los $300.000 invertidos en el "Bono Mágico" no estarán gravados con el impuesto a la Renta ni a los Bienes Personales, por tratarse de Bonos emitidos por el Estado nacional que están exentos de esos impuestos.
3. Comprar Fondos Comunes de Inversión Abiertos o Cerrados. El objetivo de la inversión deben ser proyectos de infraestructura, inversión productiva, inmobiliarios, energías renovables, pequeñas y medianas empresas, préstamos hipotecarios, desarrollo de economías regionales y demás objetos vinculados con la economía real a ser reglamentados por la Comisión Nacional de Valores (CNV). El dinero invertido en estos fondos deberá permanecer en los mismos por un plazo mínimo de 5 años. Se calcula que esos fondos podrían devengar una tasa anual entre el 5% y el 6%.
La compra de bonos a 3 años conlleva no poder vender los bonos por 3 años a tasa 0; la de los bonos a 7 años, no poder venderlos por 4 años, con un rendimiento del 1% en dólares; y la de cualquier cuota parte de FCI, no poder venderlos por 5 años, al rendimiento que tenga cada fondo. En todos esos casos, no se paga el impuesto especial.
En el caso de las propiedades, la AFIP recomienda en un comunicado emitido este fin de semana "no esperar a último momento ya que uno de los pasos requeridos es la intervención de un martillero público u otro profesional habilitado para confirmar la tasación del inmueble". El ente recaudador también destaca que "una situación similar ocurre con los bienes declarados a nombre de un tercero, el cual debe dar su consentimiento para poder sincerarlos, vencido el plazo del 31 de marzo no se podrá ampliar el valor de lo declarado".
El organismo que maneja Abad agrega que "el impuesto especial es del 5 por ciento para los inmuebles, del 15 por ciento para el resto de los bienes, siempre y cuando se abone mediante transferencia bancaria nacional o internacional". En caso de que se opte por la suscripción del Bonar 2023, deberán hacerlo por un monto equivalente a un tercio del total de fondos (cuentas bancarias) a sincerar.
Luego del pago, la resolución de AFIP establece que hay tiempo hasta el 17 de abril para incorporar las tasaciones en el caso de inmuebles a través del sitio web del organismo. La semana pasada, desde la AFIP destacaron que "si se alcanzan los 110.000 millones de dólares la Argentina ocupará el primer puesto del ranking global de blanqueos, dejando atrás los 102.000 millones blanqueados en Italia en 2009, o Brasil, con unos 53.000 millones de dólares".
Lo concreto es que este viernes finaliza el blanqueo de capitales que el Gobierno puso en marcha a partir del 22 de julio del año pasado. Las sociedades anónimas, los familiares de funcionarios y ex funcionarios, y testaferros tienen la posibilidad de hacer esa operación. De acuerdo a los números que se manejan en el sector privado, la cifra podría llegar a superar los 130.000 millones de dólares, tal como adelantó Infobae hace dos semanas. "Esta última semana puede haber muchas más presentaciones de las normales de aquellos que esperaron hasta los últimos días para presentar sus declaraciones juradas y realizar el pago del impuesto especial que vence el próximo viernes 31 de marzo", manifestó a Infobae el tributarista Iván Sasovsky.
Uno de los elementos que entra en juego en ambos casos a la hora del cálculo de la multa y del impuesto especial a pagar es la evolución del tipo de cambio. Este elemento jugó a favor de quienes blanquearon más tarde. Puntualmente, el efecto de la devaluación entre el billete al 22 de julio del año pasado y tomado en cuenta por la AFIP para el cálculo de la multa que se debe pagar en pesos (aquella cotización era de $ 14,81) y el valor del dólar actual, para el que tomamos como referencia el tipo vendedor del Banco Nación el viernes pasado que se negoció a $ 15,90.
Con respecto al futuro, la AFIP dio la última señal el viernes pasado al intimar a más de 9000 contribuyentes para que declaren casas en barrios cerrados, de los cuales unos 3400 son propietarios de countries del Gran Buenos Aires y el resto corresponde a distintas provincias. Un dato que los inversores y contribuyentes deben tener en cuenta al momento de decidir la estrategia para entrar al blanqueo de activos es el costo que tendrán por la operación ya sea por la inmovilización de los fondos en la cuenta especial, por la obligación de pagar el "impuesto especial" y porque deberán pagar mucho más en el futuro por el blanqueo de esos activos.
Hay que destacar que en esta etapa no se puede exteriorizar dinero "cash" en el extranjero, ya que fuera del país sólo pueden exteriorizarse las acciones, cuentas y bienes pero no efectivo. La ley como la reglamentación de la AFIP es muy clara y especifica que el dinero tiene que quedar depositado en esas cuentas por los menos por seis meses, aunque con excepciones. Entre estas se destacan: la compra de bienes muebles e inmuebles como departamentos, lotes o automóviles, pero no acciones y bonos, la compra, por hasta el 10%, de títulos BONAR 17 y/o GLOBAL 17, exclusivamente para destinarlos al pago del "impuesto especial" que se toman a valor nominal), y la compra de los bonos a 3 o a 7 años, la suscripción de cuotas partes de fondos comunes de inversión (FCI) destinados al financiamiento de infraestructura, inversión productiva, inmobiliarios, energías renovables, entre otros, de acuerdo a la reglamentación que de la Comisión Nacional de Valores (CNV).
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