El Gobierno confía en bajar los precios de contado con un nuevo plan de "transparencia"

Los comercios estarán obligados a diferenciar los valores de los productos que se abonen en una cuota y los que se compren con financiamiento. “No existen las cuotas sin interés”, aseguró Cabrera

El ministro de Producción, Francisco Cabrera, y el secretario de Comercio, Miguel Braun, lanzaron un plan de "transparencia de precios" con el que aspiran a que los comerciantes bajen los valores de los productos que se vendan en una sola cuota.

De acuerdo a lo que informaron los funcionarios, a partir de ahora los comercios estarán obligados a informar y diferenciar los precios de contado del de cuotas y explicitar el costo financiero total de la operación. "Es obvio que con esta medida los precios tendrían que bajar", lanzó Cabrera como expresión de deseo. Sin embargo, no quedó claro cuál será la intervención estatal para que esto suceda.

La medida conlleva una nueva interpretación de la Ley de Tarjetas de Crédito que -creen en el Poder Ejecutivo- provocará un descenso de las ventas al contado o en una cuota.

"Esto es transparentar los precios porque con alguna interpretación errada de la Ley de Tarjetas un comercio se había acostumbrado a que había cuotas sin interés y no es cierto, hay intereses muy altos, los implícitos han llegado a estar al 50%", explicó Cabrera.

Por su parte, Braun contó que según estimaciones del Banco Central los precios podrían bajar "entre un 15% y 20%" pero que habrá que esperar para ver como repercute la medida.

El secretario de Comercio dejó en claro que el Gobierno no intervendrá en los precios: "El comercio tiene un montón de costos: financieros, laborales, energéticos, etc. Hace sus cálculos de a qué precio puede vender según le conviene o no. Nosotros no nos metemos a decir 'el precio tiene que ser tanto', sino que creemos que la competencia entre comercios hace que el consumidor tenga el mejor precio".

"La competencia hace bajar los precios. Sino intervendrá la Cámara de la Competencia", sentenció.

Sobre las posibles multas, Braun detalló: "Se prohíbe promocionar como sin interés la venta de algún producto que tenga algún financiamiento implícito y cualquier incumplimiento de esta medida que sea detectada por algún consumidor o inspector podrá ser sujeto a una multa según la ley de defensa al consumidor de hasta 5 millones de pesos".

También aclaró que la medida "no afecta a los programas Ahora 12 y Ahora 18" sino que lo que deberán hacer es "explicitar el interés implícito".

El funcionario contó cuál esperan que sea el impacto de la resolución: "Van a bajar los precios contado de los productos que hoy se venden. Va a dar mayor transparencia y claridad al consumo, a los precios, a los costos de financiamiento y esta mayor transparencia va a redundar en mayor competencia entre comercios y entre financiadoras que va a redundar en menor tasa de interés. El que paga en una cuota va a dejar de subsidiar el costo de financiamiento y se va a ver beneficiado".

"La economía ya arrancó, estamos acompañando el crecimiento del consumo. Queremos que accedan a los mejores productos, con los mejores precios, que todos digamos al verdad y tomemos decisiones con la mejor información posible. Es un paso claro en la normalización de la economía y dar un paso más para estar cada día un poco mejor y acercarnos a la pobreza cero", completó el secretario Braun.

(NA)

Cabrera manifestó que es una medida "muy importante para gente de menores recursos" porque "en Argentina hay una gran parte de la población que no compra en cuotas porque no tiene crédito en la tarjeta o no tiene tarjeta". Y agregó: "Impulsar la competencia al contado es importante".

La Cámara Argentina de la Industria del Juguete se reunió a principios de enero con la Secretaría de Comercio, en donde se evaluó los alcances de la resolución para diferenciar los precios al contado y los pagos con tarjeta en cuotas.

Al respecto, el presidente de CAIJ, Matias Furió manifestó: "Creemos que es una medida que va en el sentido correcto, ya que muchas veces los comerciantes incluyen el costo financiero en sus precios de venta al público, lo cual es perjudicial para un sector de la población que no cuenta con tarjetas de crédito, sin dudas los más humildes. Consideramos que los programas Ahora 12 y Ahora 18 han sido muy positivos para dinamizar las ventas de juguetes nacionales, estos planes deben continuar para seguir sosteniendo la producción nacional, pero diferenciando el precio para quienes quieran comprar de contado".

Detalles de la norma

Establece que la publicidad del costo financiero total deberá colocarse en una ubicación contigua al resto de las variables informadas.

A partir de esta medida deberá indicarse precio de contado, cantidad y monto de cada una de las cuotas y el costo financiero total cuando los precios se exhiban financiados.

Quienes comercialicen productos o servicios no podrán efectuar diferencias de precio entre operaciones de contado o efectivo, con tarjeta de débito, con otros medios electrónicos de pago o con tarjeta de crédito en un solo pago.

La ley de Defensa del Consumidor estipula que el proveedor está obligado a suministrar al consumidor información clara y detallada acerca las condiciones de comercialización de bienes o servicios, el precio al contado, el importe a desembolsar inicialmente y el monto financiado, la tasa de interés efectiva anual, el total de los intereses a pagar o el costo financiero total, el sistema de amortización del capital y cancelación de los intereses, la cantidad, periodicidad y monto de los pagos a realizar, y los gastos extras, seguros o adicionales, si los hubiere.

Quienes comercialicen productos o servicios bajo la modalidad de venta financiada en cuotas, no podrán incluir en sus anuncios, publicidades o mensajes, bajo cualquier forma de difusión (oral o escrita, radial, televisiva o por Internet, entre otras) la frase "sin interés" (o cualquier alternativa similar), cuando el costo de la financiación del producto o servicio se traslade al precio de venta al consumidor.

El incumplimiento será sancionado conforme lo previsto en las leyes de Lealtad Comercial y de Defensa del Consumidor, según corresponda.

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