Cuáles son los 10 beneficios de la Nueva Ley Pyme

La AFIP reglamentará los cambios impositivos con la publicación en el Boletín Oficial de las resoluciones generales 3945 y 3946

Infobae tuvo acceso a las resoluciones de la AFIP que reglamentan los cambios impositivos que dispuso la Ley Pyme 27.264, tras su tratamiento acelerado en el Congreso (NA)

Con la reglamentación del capítulo impositivo, en particular en lo referente a los próximos pagos de los saldos netos de IVA a partir de la facturación a partir del 19 de octubre, así como el uso del 100% o 50% del Impuesto a los Débitos y Créditos Bancarios, a cuenta de Ganancias, empezará a hacerse plenamente efectiva la nueva Ley Pyme 27.264.

"Las medidas que propusimos dan respuesta a las necesidades que nos planteó el sector y por eso generaron amplio consenso de todas las fuerzas políticas. La Argentina productiva se pone en marcha si arrancamos por cuidar a nuestras pymes, que son las generadoras de más del 70% del empleo del país", dijo el ministro de Producción, Francisco Cabrera.

A su vez, el secretario de Emprendedores y Pymes de la Nación, Mariano Mayer, resaltó que "la competitividad pyme es en gran parte responsabilidad del Estado" y convocó a las provincias a su adhesión a la iniciativa.

Síntesis de los beneficios para las pymes (Ministerio Producción)

ASPECTOS SALIENTES QUE ALIVIARÁN LAS FINANZAS DE LAS PYMES

A. ¿Cómo se accede a los beneficios?

– Registrándose online en la página web de AFIP www.afip.gob.ar/pymes

B. ¿Cuáles son los beneficios?

ALIVIO FISCAL

1. Eliminación del Impuesto a la Ganancia Mínima Presunta.

2. Compensación del Impuesto a Créditos y Débitos Bancarios como pago a cuenta de Ganancias: 100% para micro y pequeñas empresas, y 50% para medianas tramo 1 industriales (Resolución General AFIP 3946).

3. Diferimiento del pago del IVA a 90 días para micro y pequeñas empresas (Resolución General AFIP 3945). El organismo recaudador precisó que de acuerdo con el artículo 7 de la Ley 27264, ese sector de la economía "podrá ingresar el saldo resultante de la declaración jurada del Impuesto al Valor Agregado en la fecha de vencimiento correspondiente al segundo mes inmediato siguiente al de su vencimiento original", a partir de la facturación del impuesto desde el día de la publicación en el Boletín Oficial.

C. Fomento a inversiones

4. Desgravación del Impuesto a las Ganancias, hasta el 10% de las inversiones realizadas.

5. Devolución de IVA de las inversiones a través de un Bono de crédito fiscal para el pago de impuestos.

D. Menos retenciones

6. Se elevaron los umbrales de retención de IVA, en 135%, y de percepción de Ganancias, en 400 por ciento.

7. Para las microempresas se otorgan certificados de no retención de IVA automático.

E. Más crédito

8. Se amplió el cupo prestable de la Línea de Créditos de Inversión Productiva del 14% al 15,5% anual. Un incremento que implicó $63.000 y a su vez amplió al 50% el acceso al financiamiento de corto plazo.

9. A través del Banco de Inversión y Comercio Exterior (BICE), se lanzó la línea Primer Crédito PyME a una tasa variable de 16% anual máximo y con un plazo de hasta 7 años, para montos entre $500 mil y $5 millones.

F. Mejoras para exportadores

10. Extensión de 180 a 365 días del plazo para el ingreso de divisas.

G. ¿Cómo acceder?

Hay que registrarse en www.produccion.gob.ar/beneficios-pyme