El próximo 31 de octubre vence el tiempo para efectivizar el blanqueo de pesos y dólares en efectivo, estén en el país, según surge de la Ley de Sinceramiento Fiscal y Reparación Histórica a los Jubilados.
En una primera etapa se prevé que se incorpore en el circuito formal de la economía el dinero en poder de argentinos que no fue declarado en el país sin la obligación de informarle a la AFIP su origen.
1 ¿Quiénes pueden adherir?
Las personas físicas y las sociedades, inscriptas o no ante la AFIP, podrán exteriorizar la tenencia de moneda nacional, extranjera, en el país y en el exterior.
2 ¿Hasta cuando hay tiempo para hacerlo?
El plazo para exteriorizar efectivo se extiende hasta el 31 de octubre, pero los expertos aconsejan que el trámite se inicie antes del 24 para tener todo listo a término. Pasado ese, día la ley no da más posibilidades de blanquear dinero en efectivo.
3 ¿Cuál es el impuesto que hay pagar por la exteriorización de dinero en efectivo?
El total de efectivo que no supere los $305.000 no pagará multa, pero se debe abrir una cuenta especial en el banco para depositar el dinero. Para depósitos entre $305.000 y $800.000, hay que pagar un 5% de impuesto, por montos superiores la alícuota sube al 10 por ciento.
4 ¿Hay que pagar el total del impuesto del 5 ó del 10 % por el dinero no declarado?
La ley precisa que se deberá pagar 1% del valor del dinero no declarado hasta el 31 de octubre próximo y el resto se puede abonar hasta el 31 de diciembre de este año. En el caso de blanquear por ejemplo $900.000, se podrá ingresar primero $900 hasta al 31 de octubre y para los restantes $8.100, el 31 de diciembre de 2016.
5 ¿Se puede utilizar parte del dinero en efectivo que se deposite en la cuenta especial del banco para pagar el impuesto?
No. El impuesto se debe pagar con dinero en efectivo que esté declarado. Por lo tanto, no se puede utilizar el depósito de la caja especial bancaria. Por eso algunas entidades, han decidido habilitar una línea de crédito para ese fin.
6 ¿Es obligatorio reportar todo el dinero en efectivo sin declarar de la persona física?
Sí. Además, no es conveniente acogerse al plan de amnistía fiscal en forma parcial, porque en caso de que la AFIP detecte luego de la exteriorización que fue parcial, se perderán todos los beneficios de la norma, y el contribuyente será penalizado con el pago de todas las multas desde el origen de la tenencia de los fondos si declarar.