Tarifas: el Ministerio de Energía apelará el fallo que frena el aumento del gas a las pymes

Juan José Aranguren anticipó que se planteará una acción contra la decisión del juez federal Vaca Narvaja, quien ordenó al Enargas retrotraer las tarifas para pequeñas empresas al cuadro tarifario vigente hasta el 31 de marzo

El ministro Juan José Aranguren (NA)

El Ministerio de Energía y Minería de la Nación apelará la decisión del juez federal de Córdoba, Miguel Hugo Vaca Narvaja, quien ordenó al Enargas retrotraer las tarifas para pymes al cuadro tarifario vigente con anterioridad al 31 de marzo.

"Apelaremos", dijeron escuetamente a Télam fuentes oficiales al confirmar que la cartera ya estaba en conocimiento de la decisión tomada desde el Juzgado Federal N° 3 de la provincia de Córdoba.

Vaca Narvaja, titular del Juzgado Federal N° 3, dispuso este martes "hacer lugar a la medida cautelar peticionada por la Asamblea de Pequeños y Medianos Empresarios Asociación Civil (Apyme)", y dispuso la "suspensión" de las medidas contenidas en las resoluciones del Ente Nacional Regulador del Gas (Enargas) que fijan las nuevas tarifas.

Vaca Narvaja dispuso también la "continuidad del cuadro tarifario del servicio de gas conforme al vigente con anterioridad al 31 de marzo del corriente año, es decir, sin variación alguna que no surja del propio consumo del usuario, y ello hasta el 27 de diciembre de 2016″.

El fallo de primera instancia ordenó refacturar los consumos efectuados desde el 1° de abril de 2016 hasta la fecha

Añadió que la medida abarca a "pequeños y medianos industriales, comerciantes, prestatarios de servicios, productores agrarios, sectores medios, cuentapropistas, profesionales y otros afines", integrantes de la Asamblea de Pequeños y Medianos Empresarios (Apyme), la entidad que realizó la presentación judicial para frenar el aumento de tarifas de gas en el sector.

Vaca Narvaja también resolvió ordenar al Enargas "instruya a las Empresas Licenciatarias del servicio de gas para que procedan, en el término de diez días y con los valores vigentes al 31/3/2016, a la refacturación de los consumos efectuados desde el 1° de abril de 2016 hasta la fecha de la presente (27 de septiembre de 2016).

El juez federal cordobés precisó en su resolución que las prestadoras del servicio de distribución deberán adoptar "las medidas necesarias para posibilitar el pago de las facturas adeudadas en cuatro (4) cuotas mensuales, iguales y consecutivas, sin intereses ni recargos relacionados con la falta de pago".

Desde el Enargas, se explicó a Télam que el organismo "se atendrá a los tiempos judiciales hasta recibir formalmente los contenidos del fallo", pero explicaron que, "como éste es un organismo regulador, las decisiones políticas son tomadas desde el Ministerio de Energía y Minería" de la Nación.

Fuentes oficiales aclararon que como la apelación tiene efecto suspensivo no habrá cambios en la facturación del servicio.

Fuente: Télam