Cómo se aplicará la devolución del IVA a jubilados y beneficiarios de la AUH

El experto tributarista Martín Caranta explicó por Infobae TV la implementación del régimen que beneficia con el reembolso de 15 puntos del gravamen en consumos minoristas

Martín Caranta, del estudio Lisicki, Litvin y Asociados, explicó por Infobae TV los alcances de la devolución de 15 puntos del IVA en las compras que jubilados y beneficiarios de asignaciones sociales realicen con tarjeta de débito en comercios minoristas.

Caranta refirió que el régimen se aplica a las operaciones que se hagan hasta el 31 de diciembre de 2017, y el decreto que el Gobierno publicó en el Boletín Oficial determina que la devolución será del 15% del monto abonado por "compras de bienes en establecimientos que operen con consumidores finales", en tanto no supere el monto máximo de $300 por mes y por beneficiario; y en el caso de la Asignación Universal por Hijo, por embarazo y pensiones por fallecimiento, el reintegro se considerará por cada prestación recibida.

A través del decreto 858, el Gobierno reglamentó la Ley 27.253, por la cual podrán recibir por ahora hasta $300 mensuales por las compras que realicen de alimentos y productos básicos. El beneficio alcanza a casi nueve millones de personas, ya que incluye a aquellos que perciben la Asignación Universal por Hijo (AUH), la asignación por embarazo, que cobren la jubilación mínima ($4.959) o que reciban pensiones no contributivas (siempre y cuando no superen el haber mínimo).

Según el decreto, la devolución del IVA se implementará mediante las "tarjetas prepagas no bancarias" utilizadas "para la acreditación exclusiva de beneficios asistenciales o de la seguridad social".