Pasaron tres años y medio desde que la primera denuncia puso en alerta al planeta fútbol sobre el aberrante delito que se estaba cometiendo en el mundo de las Inferiores, con núcleo en los jugadores de Independiente. Fue un 12 de marzo de 2018 cuando un chico de tan solo 14 años se quebró en llanto ante el jefe del departamento de psicólogos del club, Ariel Ruiz, y le contó lo que estaba sucediendo: que él y varios compañeros más de distintas divisiones habían tenido relaciones sexuales con mayores a cambio de pagos de dinero en efectivo o a veces por artículos deportivos. El psicólogo lo contuvo y convocó de urgencia a los responsables del fútbol juvenil de Independiente, Fernando Berón y Fernando Langenauer, quienes tras reunirse también con el presidente de la institución, Hugo Moyano, decidieron llevar el caso a la Justicia y abrir las puertas del club para que la fiscal Soledad Garibaldi fuera a fondo con la investigación. Y la funcionaria determinó tiempo después que eran al menos 15 los chicos afectados y seis los participantes del abuso sexual agravado, explotación sexual, promoción de la prostitución y corrupción de menores, con penas de hasta 15 años de prisión.
En poco tiempo, la Justicia encontró y puso tras las rejas al árbitro Martín Bustos, al relacionista público Leonardo Cohen Arazi, al dueño de emprendimientos futbolísticos Alejandro Dal Cin, al representante de jugadores Alberto Ponte, al empresario Juan Díaz Vallone y al empleado de comercio Silvio Fleytas. La sociedad no salía de su estupor y el caso escalaba rápidamente hasta que una decisión polémica la Sala Uno de la Cámara de Apelaciones de Lomas de Zamora cambió la dirección del expediente al modificar la carátula y sólo mantener el delito de corrupción de menores, cuya pena arranca en los tres años de prisión y al tener un mínimo excarcelable permitió que de a poco todos los imputados recuperaran su libertad.
Para ello, los jueces se basaron en que la relación sexual estaba consentida puesto que los jugadores recibían dinero y que muchos de ellos en sus declaraciones habían manifestado que eso lo hacían para poder comprarse ropa o tener efectivo para ir a bailar, resolución que contrariaba los pronunciamientos de Unicef y de la Convención Universal por los derechos del Niño. De hecho, el año pasado la fiscal Garibaldi pidió la elevación a juicio manteniendo su posición original con un párrafo demoledor: “Entiendo que se encuentra probado en autos que los imputados tenían conocimiento acabado de las necesidades de las víctimas, tanto así que el modo de ganarse su confianza en todos los casos era ofreciéndoles aquellos bienes que para ellos eran inalcanzables y en definitiva a través de los mismos, acceder al ámbito con el que anhelaron desde su primera infancia. No creo que exista la prostitución feliz, porque se parte de la desigualdad de condiciones y para estos chicos, el hecho de haber sido explotados sexualmente constituyó una actividad degradante desde el punto de vista de la libertad sexual, la dignidad y su psiquis. Donde hay explotación y por tanto desigualdad no hay consentimiento posible”.
Pero el caso seguía empantanado. Las defensas apelaron el requerimiento a juicio y la Cámara se tomó otra vez mucho tiempo hasta fallar. Cosa que hizo ahora y ya no hay más dilaciones: ratificó el juicio oral a los seis imputados y ya se eligió Tribunal Oral, que será el Número 3 de Lomas de Zamora. El juicio se hará en 2022 y Cohen Arazi y el empresario Dal Cin deberán responder por siete hechos, Bustos por tres y Díaz Vallone, Ponte y Fleytas por dos cada uno. Y la sorpresa mayor vino cuando la Cámara confirmó el delito por el que serán juzgados: revisó su anterior disposición y en el fallo al que tuvo acceso Infobae la Sala Uno de la Cámara deja establecido ahora que la acusación principal es la de promoción de la prostitución agravada que tiene una pena mínima de diez años de prisión y llega hasta los 15. Y la puso en concurso real con corrupción de menores, dejando a los acusados al borde de la prisión efectiva aún cuando llegarán libres al juicio oral. Además la Cámara admite subsidiariamente la calificación inicial de la fiscalía de abuso sexual con acceso carnal, cuya pena para los casos descriptos va de seis a quince años de reclusión, lo que le da la opción al fiscal de juicio de ir también por esta última acusación y así lograr que los seis acusados de tan aberrante hecho regresen tras el juicio a prisión.
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