Escazú, un acuerdo único para el medio ambiente de la Región

Suscripto por 16 países, es el primero de carácter ambiental que suscriben los países de América Latina y el Caribe, y el único a nivel mundial que contiene disposiciones específicas para la promoción y protección de los defensores de derechos humanos en asuntos ambientales; está pendiente su ratificación por el Congreso argentino. Por Susana Rigoz.

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La firma del acuerdo, en Escazú, Costa Rica. Foto: Archivo DEF.
La firma del acuerdo, en Escazú, Costa Rica. Foto: Archivo DEF.

Comprometida con sus objetivos y propuestas, la Argentina firmó el Acuerdo de Escazú, que crea nueva herramienta de acción ambiental de América Latina y el Caribe. Este novedoso acuerdo busca la implementación del derecho de acceso a la información, la participación ciudadana y la justicia en temas ambientales con el objetivo de asegurar el derecho de las personas a un ambiente sano.

Adoptado en el mes de marzo de 2018, en Escazú, Costa Rica, y firmado ya por 16 países en las Naciones Unidas, el gobierno argentino lo suscribió en septiembre pasado, y se espera ahora su ratificación en el Congreso.

El 26 de noviembre, FARN llevó el Acuerdo de Escazú a la Conferencia de las Naciones Unidas sobre diversidad biológica en Egipto, y le pidió a la comunidad internacional acciones de conservación y uso sostenible de la diversidad biológica con un enfoque basado en derechos, que incluye la perspectiva de género.

Andrés Nápoli, director ejecutivo de la Fundación Ambiente y Recursos Naturales (FARN), dialogó con DEF sobre los alcances y las particularidades de este tratado.

Andrés Nápoli, director ejecutivo de FARN. Foto: Fernando Calzada/DEF.
Andrés Nápoli, director ejecutivo de FARN. Foto: Fernando Calzada/DEF.

-¿Cuáles son los próximos desafíos para la Argentina una vez firmado el Acuerdo de Escazú?
-Sin duda el próximo desafío se sitúa en la ratificación del Acuerdo, cuestión que en el caso de Argentina debe efectuarse, tal como lo dispone el artículo 75 inc. 22 de la Constitución Nacional, mediante el Poder Legislativo. Argentina ha sido uno de los 16 países que han suscripto el Acuerdo que se abrió para la firma el 27 de septiembre en las Naciones Unidas y cuenta ahora con la oportunidad de ser uno de los primeros países de la región en ratificarlo.

-¿Qué distingue a este acuerdo de otros?
-El Acuerdo de Escazú se diferencia mucho de otros por varios motivos. Es el único tratado emanado de (los principios) de la Cumbre Río+20; el primero de carácter ambiental que suscriben los países de América Latina y el Caribe; el único tratado a nivel mundial que contiene disposiciones específicas para la promoción y protección de los defensores de derechos humanos en asuntos ambientales; fue negociado con la participación significativa de la sociedad civil en todo el proceso. En definitiva, es un acuerdo elaborado para fortalecer el ejercicio de los derechos ciudadanos, para poder consolidar los procesos de desarrollo en todo el continente.

El Acuerdo busca convertirse en una herramienta clave para el fortalecimiento del ejercicio de los derechos de los ciudadanos en materia ambiental. Foto: Fernando Calzada/DEF.
El Acuerdo busca convertirse en una herramienta clave para el fortalecimiento del ejercicio de los derechos de los ciudadanos en materia ambiental. Foto: Fernando Calzada/DEF.

-Teniendo en cuenta que nuestro país cuenta con una legislación ambiental importante, ¿puede considerarse un aporte a las normas?
-En el caso de Argentina, que cuenta con regímenes normativos bastante alineados con los estándares consagrados en el Acuerdo de Escazú, el punto crítico está en lograr su implementación y aplicación, que es donde están los déficits. De allí el fuerte rol que le ha correspondido a la justicia en los casos ambientales en nuestro país. Estimamos que este acuerdo puede contribuir a mejorar tanto la aplicación como el cumplimiento de la legislación vigente. Por otra parte, considero que será de gran apoyo para aquellos países que hoy no cuentan con regímenes normativos adecuados hacer que la población tenga la posibilidad de acceder a la información, participar en procesos en los que se decidan temas que afecten el ambiente, la salud o su calidad de vida y, también, tener garantías para acceder a la justicia en temas ambientales. Por ello, el acuerdo establece estándares para la protección de estos derechos que necesariamente deberán ser traducidos en las normas de los países que lo adopten.

-¿Qué significa que sea "regional y vinculante"?
-Un acuerdo es regional porque involucra a países de una región determinada, en este caso los 33 países que integran América Latina y el Caribe, o aquellos que finalmente lo ratifiquen, que nunca podrán ser menos que 11 para que pueda entrar en vigencia. Al ser un tratado, cuenta con un carácter vinculante, vale decir que sus disposiciones como así también aquellas que emitan los órganos previstos en el acuerdo (Conferencia de las Partes y Comité de Aplicación y Cumplimiento) son obligatorias para los países que lo adopten.

-¿Cómo se dirimen en la actualidad los conflictos ambientales?

-El actual modelo de desarrollo existente en nuestra región no es sostenible, y sus frágiles equilibrios económicos, las múltiples brechas y desigualdades, y el continuo deterioro ambiental han dado lugar a una fuerte conflictividad socio-ambiental. De hecho, América Latina y el Caribe son una de las regiones del planeta en donde existen mayor cantidad de conflictos que involucran al desarrollo, el ambiente y los temas sociales.
Por eso, para superarlos es necesario impulsar un cambio de paradigma y un mayor nivel de cumplimiento de las normas y los derechos en un marco de transparencia, participación y rendición de cuentas. En este contexto, el Acuerdo de Escazú busca garantizar que todas las personas, especialmente las excluidas o en situación de vulnerabilidad, tengan acceso confiable a la información, puedan participar de manera efectiva en procesos de toma de decisiones y puedan acceder a la justicia, para permitir una distribución más justa de los costos y los beneficios del desarrollo. En tal sentido, creemos que su aplicación puede ser un muy buen vehículo para ir encontrando respuestas al elevado nivel de conflictividad existente.

El Acuerdo de Escazú está diseñado para beneficiar especialmente a los excluidos, a los más vulnerables. Foto: Fernando Calzada/DEF.
El Acuerdo de Escazú está diseñado para beneficiar especialmente a los excluidos, a los más vulnerables. Foto: Fernando Calzada/DEF.

-¿Cuáles son las principales dificultades que debe afrontar hoy el ciudadano para ejercer sus derechos?
-En nuestros países existe una multiplicidad de dificultades para ejercer y hacer valer los derechos, ya sea por ausencia de normativa o decididamente por la falta de cumplimiento e implementación de ellas. Por ejemplo, en lo que hace al acceso a información quedan todavía algunos países de la región que ni siquiera cuentan con normas que permitan a los ciudadanos conocer la información que se encuentre en poder del Estado y que pueda resultar relevante para su calidad de vida, aun cuando existen tratados que garantizan a todas las personas el ejercicio de este derecho. Por otra parte, aquellos países que han sancionado normas de este tipo cuentan con dos problemas principales: algunas de esas normas sancionadas resultan sumamente restrictivas o con estándares de protección muy bajos y que impiden en los hechos que las personas puedan acceder a la información que necesitan. Además, existe un elevado nivel de incumplimiento del deber de informar, cuestión que puede a su vez obedecer a varias causas, pero que en todo caso impiden el ejercicio del derecho consagrado. Vale decir que existe mucho camino todavía por recorrer para poder dar cumplimiento al Principio 10 consagrado en la Conferencia de Río de Janeiro de 1992.

-En la presentación del Acuerdo se lo definió como una "acción regional sobre democracia ambiental". ¿Puede explicar el significado de esta expresión?
-La materia ambiental está intrínsecamente relacionada con el concepto de democracia y, fundamentalmente, con la democracia participativa. Numerosos acuerdos internacionales, declaraciones, planes de acción han subrayado la importancia y necesidad de avanzar hacia el desarrollo sustentable a través de una mayor participación ciudadana, tal como lo expresa el ya mencionado Principio 10.
La idea sostiene que los ciudadanos solo actúan cuando se trata de elegir a los gobernantes, principio básico de la democracia representativa ("el pueblo no delibera ni gobierna sino a través de sus representantes"), se percibe como insuficiente para hacer frente a las complejidades de la vida moderna, donde cada vez se manifiesta con más fuerza la necesidad de un rol activo de la población en las cuestiones públicas. Este es entonces el concepto de la democracia ambiental que supone reconocer derechos a los ciudadanos en la construcción del desarrollo sustentable, tal como lo establece el Art 41 de la Constitución Nacional y cuyos vértices principales lo constituyen el acceso a la información, la participación y la justicia ambiental.
Nada de esto es nuevo, sin embargo, hay un gran déficit en la implementación de las acciones que consoliden el ejercicio de estos derechos. De allí la necesidad de avanzar en un instrumento más preciso y focalizado a la implementación de estos derechos como el Acuerdo de Escazú.

La materia ambiental está intrínsecamente relacionada con el concepto de democracia y, fundamentalmente, con la democracia participativa

-Usted mencionó que América Latina y el Caribe encabezan la nómina de conflictos ambientales. ¿Es real que es cada vez mayor la violencia relacionada a esta temática en la región?
-La organización Global Witness publicó en 2017 que 197 personas fueron asesinadas en el mundo por cuestiones directamente vinculadas con la defensa del ambiente o por desempeñar una tarea vinculada con ello. América Latina ocupa el primer lugar en el ranking de asesinatos de activistas medioambientales con aproximadamente el 60 % de los casos, entre los que se destacan los asesinatos de Berta Cáceres (Honduras) y Ramón Bedoya (Colombia). El Acuerdo de Escazú es el primero de su tipo en la Región y en el mundo en establecer medidas de protección para los defensores medioambientales y para que los Estados se comprometan a desarrollar medidas de protección para estas personas.

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