[Esta columna es producto de una sesión de estudio talmúdico* con el Rab. Uriel Romano, Senior Rabbi, Temple Kol Ami Emanu-El, Plantation, Florida, Estados Unidos.]
La Torá -la Biblia judía- es una obra revolucionaria en múltiples sentidos. Algunas de sus leyes eran absolutamente disruptivas para su época; milenios atrás. Por ejemplo, en su revolución ética la Torá ordena prestar especial atención a la viuda (en una época antigua de furioso machismo), al huérfano y al extranjero. Los desposeídos y los desfavorecidos tienen un lugar protagónico en este texto sagrado. A diferencia de otras culturas cuyas divinidades estaban siempre del lado de los poderosos y los propios, el Dios de la biblia hebrea protege a los que menos tienen. Se ocupa del huérfano sin padres que lo mantengan, de la viuda carente de soporte económico, del extranjero marginalizado y, por supuesto, de los pobres.
La Torá protege al pobre con reglas muy concretas: los jornaleros debían recibir su sueldo cada día sin retraso alguno en el pago; si tenían una sola prenda de ropa y la habían entregado como garantía al acreedor, este debía restituirla al deudor cada noche cuando caía el sol; los pobres tenían permitido quedarse con las esquinas no cultivadas de los campos ajenos y con las espigas caídas. También estaban protegidos por una regla muy especial: la remisión (perdón) de sus deudas cada siete años. Así como lo escuchan. Una vez cada siete años, las deudas contraídas se anulaban.
Así lo ordena la Torá: “Cada siete años harás remisión. En esto consiste la remisión: todo aquel que dio un préstamo con el cual obligó a su prójimo, perdonará a su deudor. No lo exigirá de su prójimo o de su hermano, porque habrá sido proclamada la remisión del SEÑOR” (Deut. 15:1-2).
El séptimo año era conocido como shmitá (reposo) y servía para dejar descansar la tierra, que en ese año no podía trabajarse porque las propiedades del suelo se agotarían si fuera explotada de manera continua y hasta el hartazgo durante siglos. Al igual que la obligación de todo ser humano de descansar una vez por semana, la tierra también tiene su Shabat una vez cada siete años.
Durante ese séptimo año de shmitá también se anulaban todas las deudas que los pobres habían contraído durante los años anteriores, para que estas no se acumulen eternamente hasta convertirse en un peso inaguantable que los condenaría casi con seguridad a la esclavitud. ¡Una idea maravillosa! ¡Cada siete años todos empezamos de vuelta!
Sin embargo, ya la propia Torá prevé que algo puede no funcionar, cuando afirma: “Guárdate de que no haya en tu corazón pensamiento perverso: ‘Está cerca el año séptimo, el año de la remisión’, y no mires malévolamente a tu hermano necesitado para no darle nada […].”
Ya en los tiempos bíblicos se intuía que acercándose al séptimo año los pudientes se abstendrían de prestarles a los más necesitados porque los primeros sabían que las deudas contraídas serían perdonadas y ellos perderían su dinero. Sin embargo, la Torá busca resolver este problema apelando a la generosidad de los acreedores y solicitándoles que a pesar de esto ayuden a su prójimo prestándole dinero. Por eso dice: “Sin falta le darás, y no tenga dolor tu corazón por hacerlo, porque por ello te bendecirá el SEÑOR tu Dios […]”.
Al parecer, en algún momento apelar a la generosidad del corazón de los acreedores no fue suficiente. Así fue como los ricos dejaron de prestar a los pobres. Hilel, el gran sabio del siglo I e.c. (era común), se dio cuenta de que la Torá, en vez de hacer un bien con la anulación de las deudas cada año sabático, en realidad estaba generando un mal mayor que aquél que vino a reparar. La injusticia generada por la shmitá era más grave que la injusticia original que esa ley venía a corregir. Los ricos ya no prestaban a los pobres cuando se acercaba el año de remisión de las deudas, y por eso los pobres no podían progresar de la mano de nuevos créditos que les permitirían salir de su precariedad laboral o social.
Entonces, Hilel inventó una herramienta legal para resolver este problema. Su herramienta era extremadamente audaz porque, si bien tenía un fin social noble, implicaba oponerse a una Ley Bíblica. Su creación se llamó Prosbul, y fue un artilugio legal para que los acreedores (ricos) pudieran prestar dinero a los deudores (pobres) sin correr el riesgo de perder todo el capital prestado en el séptimo año. La eliminación de este riesgo, pensó Hilel, iba a reactivar los préstamos, dando a los desaventajados acceso al capital para progresar.
¿Cómo funcionaba?
La ley original de la Torá (shmitá) decía esto: que “tu mano perdone lo que tu hermano tuviere tuyo” (Deut. 15:3). Entonces, el Prosbul fue redactado así: “[…] lo que tu hermano tuviere tuyo, lo perdonará tu mano, pero no así aquellos documentos de crédito que le sean entregados al tribunal rabínico.” El artilugio legal consiste en transferir los créditos a un tribunal rabínico, para que dejen de estar “en tu mano”, y pasen a estar en manos de un tercero. De esta manera, si fueras el acreedor no estarías obligado a “perdonar” aquello que tu hermano (el deudor) tuviere tuyo (el dinero prestado), y que ya no se encuentra “en tu mano” - pues ahora está en manos del Tribunal Rabínico.
La etimología de la palabra “prosbul” es incierta, aunque se supone que proviene del griego. El rabino Adin Steinsaltz afirma que proviene del término “prosbole” que significa “transferir” (lo cual tiene sentido porque el mecanismo legal consiste justamente en transferir los créditos a otro, para no caer en la obligación de perdonar la deuda). Sin embargo, el Talmud sugiere otra etimología más popular, pero aun así muy hermosa:
“Por los Bulei y los Butei. Bulei son los ricos… y Butei son los pobres”
Es decir que el Prosbul es una institución tanto para el beneficio de los ricos como de los pobres. Por un lado, los pobres podrían volver a tomar crédito y, por otro, los ricos estarían seguros de que podrán cobrarlo.
Esta historia nos dispara dos ideas, que deseamos compartir con los lectores. La primera es invitarlos a repensar las leyes que, con la noble intención de redistribuir la riqueza, a veces terminan destruyéndola y, junto con ella, a los más desprotegidos. Y la segunda, es una pregunta. ¿Puede ser que, a contramano de algunas miradas “políticamente rentables”, los destinos de pobres y ricos estén más unidos de lo que parece?
¿Será que el Desarrollo de un Pueblo requiere una mirada que reconcilie (y proteja) los intereses de ambos?
* El Talmud es un libro principal en la religión judía. Recoge las discusiones rabínicas sobre leyes y tradiciones.