El proyecto de la “Ley de Bases y Puntos de Partida para la Libertad de los argentinos” presentado ante la Cámara de Diputados del Congreso Nacional, tiene su capítulo 3 dedicado a “Cultura” y allí detalla importantes modificaciones a la autarquía y el funcionamiento del Instituto Nacional de Cine y Artes Audiovisuales (Incaa), y del Instituto Nacional de la Música (Inamu).
Además, el proyecto propone la derogación de la ley 24800, llamada “Ley Nacional del Teatro” sancionada en 1997 que creó el Instituto Nacional del Teatro, y el Decreto Ley 1224 de 1958 que constituyó el Fondo Nacional de las Artes. En estos dos casos, el texto indica que el Poder Ejecutivo “procederá a la reasignación de los recursos humanos, presupuestarios y materiales” de estas dos entidades.
Cómo funcionará el INCAA
En el caso del Incaa se le retira su principal fuente de financiamiento (el 25% de la recaudación del Ente Nacional de Comunicación, a partir del impuesto a la facturación de los canales de TV y servicios de cable), que pasa al tesoro nacional. Según el proyecto, el Instituto de Cine recibirá directamente el llamado ”impuesto al cine” (10% sobre el precio de las entradas de cine), pero el resto de sus fondos dependerán de lo que envíe el Ministerio de Economía. También la nueva ley fija que los gastos operativos y de personal no pueden superar el 25% de su presupuesto: en la actualidad, se gasta el 50% solo en personal (alrededor de 1.300 empleados). De esta manera, según e proyecto, el Incaa debería reducir su planta de personal más de la mitad (hasta casi un 70%).
Por otra parte, se fija que el subsidio a otorgar no puede superar el 50% del presupuesto de la película, cuando anteriormente no había límite, y que se puede pedir cada dos años.
Entre otros cambios, además, designa como autoridades del Instituto a un Director y un Subdirector; una Asamblea Federal y un Consejo Asesor -que pasará de los actuales 11 a 8 miembros, nombrados por el Director (que todavía no fue designado por esta administración). La diferencia con respecto a la legislación anterior es que actualmente el Consejo Asesor tiene lugares predeterminados (para la Asociación Argentina de Actores, para el Sindicato de la Industria Cinematográfica Argentina, para los directores, para los productores).
También se propone la eliminación de la obligatoriedad de tramitar una autorización ante el INCAA por parte de empresas comercializadoras de películas para su difusión en otros medios. Se mantiene la Cinemateca Nacional y una biblioteca especializada, pero quita de esta lista a Escuela Nacional de Experimentación y Realización Cinematográfica (ENERC).
Reorganización del INAMU
El proyecto de ley define al Instituto Nacional de la Música como un “organismo descentralizado en la órbita de la Secretaría de Cultura”, recorta su autonomía (anulan la posibilidad de que el reglamento que lo sea decidido por el propio directorio) y elimina el “fondo de financiamiento” establecido por la ley 26.801, sancionada en 2012. Ahora los fondos “serán propuestos y asignados por la Secretaría de Cultura de la Nación u organismo que en el futuro la reemplace, dentro del Presupuesto General de la Nación”.
Además designa como autoridad a un “Director”, acompañado por un delegado de la Secretaría de Cultura de la Nación (hasta ahora hay un presidente, Bernabé “Buco” Cantlon, y una vicepresidente, “Charo” Bogarin, cuyos cargos continuaban hasta 2026). Al director se le quitan todas las funciones de definición del funcionamiento, planificación estratégica y proyección presupuestaria; ahora según el proyecto su función será administrar fondos, representar a la actividad musical y asesorar a otros organismos en la materia. También exime de la obligatoriedad de la presentación de un artista nacional en cualquier show de un artista extranjero y de la difusión de música nacional en los medios públicos, tal como indicaba la ley que se propone derogar.