La traba a la importación de publicaciones vuelve a aparecer en el panorama del mundo editorial, tras la publicación en el Boletín Oficial de la Resolución 253/2020 del Ministerio de Desarrollo Productivo, que restablece un límite de hasta 500 unidades por mes, debido a razones medioambientales.
De esta manera, se retoma el concepto de limitación del ingreso de grandes tiradas desde el exterior como había sucedido en 2012 tras una medida impuesta por el entonces secretario de Comercio, Guillermo Moreno, y que había sido derogada durante la gestión del ex presidente Mauricio Macri.
En sus considerandos, la resolución actual de la cartera de Matías Kulfas asegura que el artículo 42 de la Constitución Nacional establece que los consumidores y usuarios de bienes y servicios tienen derecho, en la relación de consumo, a la protección de su salud, seguridad e intereses económicos, y a una información adecuada y veraz.
También que el artículo 5º de la Ley Nº 24.240 establece que las cosas y servicios deben ser suministrados o prestados en forma tal que, utilizados en condiciones previsibles o normales de uso, no presenten peligro alguno para la salud o integridad física de los consumidores o usuarios.
Esta medida es muy similar a la tomada en 2012, bajo la resolución N° 453, que “estableció un régimen de certificación obligatoria para definir los mecanismos tendientes a eliminar los peligros derivados del uso de tintas con alto contenido de plomo en productos gráficos que fue modificada mediante las Resoluciones Nros. 1 de fecha 5 de enero de 2016 y 332 de fecha 10 de noviembre del 2016, sobre un amplio conjunto de productos, entre los que se encuentran los libros, álbumes o libros de estampas y cuadernos para dibujar o colorear (para niños)”.
En ese sentido, se vuelve a vincular el nivel de plomo que podrían contener las publicaciones extranjeras en la tinta, a menos que se trate de pequeñas partidas, aprobadas por el organismo.
“Por ello, se entiende necesario proceder a la suspensión de los efectos de las Resoluciones N° 1/16 y 332/16, ambas de la ex Secretaría de Comercio, respecto de las posiciones arancelarias 4901 - libros, folletos e impresos similares, incluso en hojas sueltas y 49.03.00.00 - álbumes o libros de estampas y cuadernos para dibujar o colorear, para niños, a los fines de incorporar las mismas al Régimen establecido en las Resoluciones Nros. 453/10 y 685/15 de la Secretaría de Comercio”, dice la resolución.
La presente comenzará a regir a partir de los 15 días corridos -o sea, desde el 15 de septiembre- desde su publicación. De esta manera se garantiza el ingreso de aquellas publicaciones que ya se “encuentran en tránsito” y mantendrá su vigencia, a partir de esa fecha, por un plazo de un año.
Fuentes cercanas del ministerio explicaron a Infobae Cultura: “No es un cepo. Es un control sanitario que existía y el gobierno anterior derogó. Tiene como objetivo garantizar que los materiales utilizados no sean perjudiciales para la salud”. Además, aseguraron que en cada pedido se analizará la calidad de la tinta y que, en caso de que no genere problemas para la salud, será permitido el ingreso de más de 500 unidades mensuales.
“Si se presenta la certificación se puede hacer la importación. Una vez presentada, no hay ningún tipo de impedimento. La resolución establece la necesidad de presentar la certificación. Se calcula que hacer todo el procedimiento no duraría más de un mes, que incluso puede acelerarse si se inicia el trámite por TAD (Trámites a Distancia”, aseguraron desde el ministerio.
Consultada por Infobae Cultura, María Teresa Carbano, presidente de la Fundación El Libro, comentó: “Creo que protege a la producción nacional y a las imprentas argentinas. Detrás de esto estuvo fuertemente la FAIGA (Federación Argentina de la Industria Gráfica y Afines) desde que asumió Alberto Fernández. Yo opino que beneficia a las imprentas argentinas y no atenta contra la bibliodiversidad”.
Por su parte, Rodolfo Reyna, presidente de la Cámara Argentina de Publicaciones, aseguró: “La resolución de control de tinta y metales pesados se implementó durante 4 años y en esos años que estuvo vigente nunca se detectó ningún problema con ninguna partida. Es bastante claro que la resolución no protege a nadie, porque las tintas recontra cumplen los límites que el ensayo requiere. Las tintas cambiaron hace muchos años, el plomo en tinta es una cosa antigua”.
“Por otro lado, las importaciones del primer semestre de 2020 son 80% más bajas que las del 2018 debido a la inflación, la caída del mercado, que está sumamente golpeado, que es realmente crítica. Esto se propone como una medida de protección al consumidor pero en realidad lo único que hace es generar más costos para una industria extremadamente debilitada. Parece una medida paraarencelaria, nos sorprende, fue inesperado, y no entendemos la motivación. Porque por un lado, cuando estuvo en vigencia ningún ensayo dio mal y por otro, estamos hablando de que se está importando el 20% del 2018. Es incomprensible. Nos estamos mirando las caras y nos sabemos qué pensar. Es un momento en el que necesitamos generación de oportunidades”.
Reyna, en diálogo con Infobae Cultura, aseguró que la medida “va a encarecer los costos en un mercado deprimido”, en el que muchas librerías están aún cerradas. “Es impredecible lo que va a pasar en septiembre. El libro no escapa a la situación general, las ventas son bastante inferiores al mismo período de 2019″. También comentó que al aumentar los costos “potencialmente podría haber un aumento de precios” de tapa de las publicaciones.
Y explicó: “Cualquier tipo de impedimento o mayor costo atenta contra la industria. Mandás un libro a imprimir al exterior pero el trabajo editorial se hace acá. Se perjudica a gente que trabaja acá, que vive acá. El negocio editorial trasciende las fronteras por su propia esencia. Un libro no se reemplaza por otro, cada uno es en sí mismo una obra. Si se publica un libro que nos interesa, necesitamos hacer acuerdos con editores del exterior, se compran ciertas cantidades, etcétera. Esto no es fabricar una cubierta argentina para reemplazar una extranjera, no se debe equiparar el valor del bien cultural con el de bienes materiales de consumo.”
Por su parte, Martín Gremmelspacher, presidente de la Cámara del Libro, comentó: “La veíamos venir. Nos habían dicho en algún momento que iba a salir. La resolución es paraarancelaria con poco sentido porque los libros no tienen plomo en tinta hace más de una década. Cuando se ejecutó con el gobierno anterior no se detectó ningún libro. Es una medida para proteger a la industria nacional ,y uno puede acompañar, pero que no tiene sentido hoy”.
“Es una medida que no va a traer efecto, porque el sector está destruido y no se está importando nada. Por ejemplo, en 2019, se había importado USD 107 millones, de los cuales casi USD 70 millones habían sido durante el primer semestre. Este año se llevan importados, hasta julio USD 24 millones, y la mitad son publicaciones de fascículos, que no tienen nada que ver con la industria editorial, de esos que se venden en los kioscos y que traen muñequitos”.
Gremmelspacher sostuvo que la medida carece de sentido “porque no va a restringir las importanciones que ya están por el piso, por una economía destruida. Quizá en 5 años tenga sentido, hoy no lo tiene. La hacen porque la industria gráfica siempre estuvo detrás de esa medida. Uno como empresario nacional defiende que las cosas se hagan acá pero en la situación en la que estamos tiene poca aplicación. Antes, el sector gráfico siempre exponía que no podían ser competitivos porque no podían desgravar el IVA al libro, pero ahora sí se puede, así que tampoco hoy es un argumento desde ese lado para que esta normativa salga”.
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