Santiago Raúl Servidio tiene 41 años y un buen estado de salud general. Sobre el pesa una condena a 8 años de prisión por un homicidio cometido en 2018. Es uno de los tantos reclusos que solicitaron el beneficio de la prisión domiciliaria bajo el argumento de la pandemia. La Justicia se lo denegó. Sin embargo, el juez Carlos Blanco sugirió que el asesino reciba la vacuna contra el coronavirus pese a no integrar grupo de riesgo.
El año pasado Servidio intentó por vía judicial continuar el cumplimiento de su condena en su casa alegando distintas afecciones. El 3 de julio de 2020, la Justicia hizo lugar de manera parcial al recurso de apelación interpuesto, y solicitó un “nuevo y amplio informe médico” que incluya “todos los estudios necesarios” para determinar “si las dolencias denunciadas configuran problemas que puedan afectar la salud del interno”.
A partir de los informes del Área de Salud de la Unidad N°28 -tras los estudios practicados- el juez integrante del Tribunal Criminal nro 2 del Departamento Judicial de San Isidro, Esteban Andrejin, resolvió no hacer lugar a la aplicación de una “medida morigeradora” y valoró que el hombre de 41 años “se encuentra en buen estado de salud general, y destacó de la espirometría una leve obstrucción de las vías aéreas relacionada con su calidad de exfumador”. “De tales informes surge que no padece patología médica alguna que lo incorpore en algún grupo de riesgo ante eventual contagio de COVID-19″, expresó el magistrado Gustavo Adrián Herbel, quien también rechazó la solicitud de Servidio.
“Se descartaron las patologías invocadas o cualquier otra afección relevante”, agregó y remarcó que el informe tampoco sugiere “que en la actualidad requiera algún tratamiento médico o padezca patología crónica”.
Servidio fue condenado el 5 de diciembre de 2019 a la pena de 8 años de prisión por resultar hallado de coautor de un homicidio ocurrido el 30 de diciembre de 2018. En este marco, su abogado defensor, Fabián Stillo, consideró que debería otorgársele el arresto domiciliario ya que “la pandemia causada por el virus COVID-19 es un riesgo cierto para la salud” de su defendido.
Insistió en que Servidio padecería serios problemas de salud, mencionó que hace un tiempo “tuvo tuberculosis y le dejo manchas en sus pulmones”, y relacionó su cuadro con “EPOC”. Además cuestionó la veracidad del informe médico e indicó que los problemas del preso en cuestión “fueron minimizados por el médico nuevamente”, por lo que peticionó que le practiquen nuevos estudios e informe otro médico.
El abogado justificó haciendo hincapié en las condiciones de “detención y hacinamiento”, en la situación de sobrepoblación carcelaria y en que el fallo no se encuentra firme por haber sido recurrido ante el Tribunal de Casación Penal. Habló de “violación a la presunción de inocencia” de su asistido. Por otra parte, agregó que Servidio “no posee antecedentes condenatorios, que su familia estaría dispuesta a recibirlo” y que mediante una pulsera electrónica se podría controlar que no halla riesgo de fuga.
Por su parte, la fiscal interviniente, María del Carmen Gigante, se opuso a la concesión solicitada y señaló que la medida de coerción vigente se fundamenta “en la existencia de peligros procesales en cabeza del imputado -las características violentas que definieron el suceso en juzgamiento, la calidad del bien jurídico comprometido (“vida”), y la magnitud de la pena de 8 años de prisión dictada –aún no firme-”.
En este contexto la Justicia ratificó que Servidio deberá seguir cumpliendo su condena tras las rejas. Sin embargo, uno de los jueces firmantes -Carlos Blanco-, si bien adhirió a los motivos y fundamentos, sugirió “que se adopten los medios necesarios para que se le aplique al nombrado (Servidio), la vacuna contra el virus COVID-19, teniendo en consideración su situación de salud”.
La sugerencia del magistrado llega en pleno avance de la segunda ola de contagios y en un momento donde las dosis escasean, incluso para los grupos de riesgo. Por otra parte, la evidencia del primer año de pandemia arroja que apenas 28 personas detenidas murieron a raíz del coronavirus. Esto representa una tasa de 7 muertes cada 10.000. La baja mortalidad de este grupo se explica por la edad de la población carcelaria, que tiene un promedio de 33 años y solo un 3% mayor a 60.
Sin embargo, la Comisión Provincial por la Memoria, que solicitó que se instruya a los magistrados para revisar de oficio las prisiones preventivas por delitos leves y no violentos, y evaluar el otorgamiento de libertades o medidas morigeratorias para que las personas condenadas por estos mismos delitos sean liberados bajo los regímenes de “libertades asistidas y condicionales”, la semana pasada pidió al Gobierno de la provincia de Buenos Aires que los reclusos sean incluidos en la campaña de vacunación respetando los mismos criterios que los adoptados para toda la comunidad: personas con factores de riesgo y de edad avanzada.
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