Juez emitió fallo sobre el proyecto de renovación de El Campín: una demanda tenía en vilo su demolición

Aunque la alianza Público-Privada empezó su contrato en octubre, una acción popular buscaba frenarlo porque, al parecer, se incumplía el objetivo del terreno en el que se encuentra el estadio

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El estadio El Campín entrará
El estadio El Campín entrará en obras desde noviembre de 2025, será demolido en su totalidad para darle paso a un nuevo escenario en 2029 - crédito Sencia

El estadio El Campín sigue siendo centro de debate y polémica no solo por su uso, sino por el proyecto de renovación, que lo demolerá por completo para darle paso a un nuevo escenario deportivo, con mayor capacidad y que albergará estructuras más modernas a su alrededor.

Sin embargo, una demanda tenía el plan del grupo Sencia a la espera, debido a que una acción popular argumentaba que el objetivo de la donación del terreno en el que se encuentra el Coloso de la 57, no va en la misma línea de la construcción.

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Mientras tanto, el concesionario ya se encuentra administrando el escenario deportivo, que para finales de 2024 tendrá dos retos importantes, que son los conciertos de Iron Maiden, Aventura y Andrés Cepeda, y los encuentros de Millonarios y Santa Fe en los cuadrangulares de la Liga BetPlay.

¿Qué dice el fallo?

Desde mediados de 2024, previo a la firma del contrato entre la Alcaldía de Bogotá y el grupo Sencia, se tenía una polémica sobre los alcances de la obra, pues se trata de un cambio radical en un sector de alta importancia para la ciudad, tanto histórico como económico, cultural y deportivo.

Luego de que los familiares de Nemesio Camacho demandaran el proyecto de El Campín, un juez falló a favor del concesionario para seguir adelante con la construcción, según un comunicado del grupo privado que fue emitido el miércoles 20 de noviembre.

“El nuevo proyecto señala condiciones que tienden a salvaguardar la infraestructura existente desde el punto de vista de su funcionalidad, al punto que se señala como una obligación de la APP el mantener en operación las áreas no intervenidas, con particular énfasis en que se tiene que garantizar la realización de los partidos de fútbol profesional”, se lee en la sentencia del juez administrativo del circuito de Bogotá.

Según la demanda de los parientes de Nemesio Camacho, el proyecto estaba incumpliendo el objetivo del terreno donado en 1936, ya que era exclusivo para el escenario deportivo y sus alrededores, además de que fue donado a la Alcaldía de Bogotá.

La sentencia señaló que esa condición “está cumplida y dicho estadio ha funcionado hasta la fecha, lo que conlleva afirmar que dicho acto negocial fue cumplido y sigue siendo cumplido”, porque se construirá en el mismo lugar en el que está la estructura para 36.000 personas.

Así se encuentra el estadio
Así se encuentra el estadio El Campín, que acogió desde finales de Copa Libertadores y Sudamericana, hasta Copa América y mundiales sub-20 femenino y masculino - crédito Santa Fe Femenino

“El proyecto conserva el espacio para el estadio”

Otro punto en la decisión del juez administrativo tiene que ver con los señalamientos de que el espacio de El Campín quedará a manos de privados y todas sus ganancias, lo cual fue aclarado en la sentencia: “El proyecto (…) no tiene la virtualidad de mutar en privado los bienes en cuestión, sino que, por el contrario, seguirá conservando el carácter público”.

“Los bienes donados a principios del siglo XX continuarán, de acuerdo con la literalidad del proyecto, prestando la funcionalidad inicialmente establecida, pero adaptada a las necesidades y requerimientos actuales”, señaló el documento publicado por el grupo Sencia.

Así se verá el nuevo
Así se verá el nuevo terreno de El Campín, luego de la intervención al estadio y sus alrededores - crédito grupo Sencia

También se cuestiona la demanda de los familiares de Nemesio Camacho, señalando que “se deja ver como derivada de una postura contraria a los derechos colectivos que se dice prohijar, en la que lo que se plantea como presupuesto de la necesidad de protección es la existencia de unos intereses que no son colectivos, sino individuales, como es la protección a ultranza de la memoria de los donantes. En tal escenario, el interés público, que debería ser el predominante tratándose de una acción popular, está ciertamente relegado a una posición secundaria, lo cual no deja de ser paradójico”.

“El proyecto en cuestión conserva el espacio destinado para el estadio de fútbol y sus dependencias, que el proyecto en general no modifica la destinación de espacio público, y que la APP originadora del proyecto será la encargada de gestionar ante las autoridades competentes las licencias y permisos necesarios para la materialización del proyecto”, finalizó.

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