CNE analiza solicitud para revocar la inscripción de Abelardo de la Espriella como candidato presidencial

El Consejo Nacional Electoral solicitó al aspirante hacer un pronunciamiento en un término de cinco días hábiles y ordenó la práctica de pruebas

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El accionante alegó que se desvirtuó la presunción constitucional de buena fe en la actuación preelectoral iniciada por Abelardo de la Espriella - crédito Luisa González/Reuters
El accionante alegó que se desvirtuó la presunción constitucional de buena fe en la actuación preelectoral iniciada por Abelardo de la Espriella - crédito Luisa González/Reuters

El Consejo Nacional Electoral (CNE) puso la lupa sobre la candidatura presidencial del abogado Abelardo de la Espriella. La autoridad electoral avocó conocimiento de una solicitud de revocatoria de su inscripción como aspirante a la Presidencia y solicitó la práctica de pruebas para avanzar en la investigación.

AVOCAR CONOCIMIENTO frente a la solicitud de revocatoria en contra del candidato ABELARDO GABRIEL DE LA ESPRIELLA OTERO a la Presidencia de la República avalado por el Grupo Significativo de Ciudadanos DEFENSORES DE LA PATRIA, para las elecciones que se llevarán a cabo el 31 de mayo de 2026, dentro del expediente con Radicado CNE-E-DG-2026-005385″, se lee en el documento de la autoridad electoral, expuesto por Caracol Radio.

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La solicitud fue presentada por el ciudadano Marceliano Julio Fonseca Bolívar, quien argumentó que se desvirtuó la presunción constitucional de buena fe en la actuación preelectoral iniciada por el aspirante a la Presidencia. Según el accionante, el candidato de derecha presuntamente presentó “documentos falsos y firmas de apoyos que no son del puño y letra de los ciudadanos” para poder inscribirse y estar en la contienda electoral.

El querellante asegura que De la Espriella presentó “documentos falsos y firmas de apoyos que no son del puño y letra de los ciudadanos” para poder inscribirse como candidato presidencial - crédito Fundación Pares
El querellante asegura que De la Espriella presentó “documentos falsos y firmas de apoyos que no son del puño y letra de los ciudadanos” para poder inscribirse como candidato presidencial - crédito Fundación Pares

Qué pasó con las firmas que presentó Abelardo de la Espriella

De acuerdo con la respuesta de la Registraduría Nacional del Estado Civil a un derecho de petición presentado por el representante de la Veeduría Ambiental de Recursos Sagrados, Juan Carlos Calderón España –revelada por La Silla Vacía–, De la Espriella y su comité inscriptor presentaron 5.079.000 registros (firmas) para hacer efectiva su inscripción, pero solo le fueron aceptadas 1.978.108 (38,95%).

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3.100.892 apoyos se encontraban incursos en alguna de las causales objetivas de invalidación previstas en el artículo décimo de la Resolución 6064 de 2025, expedida por la Registraduría Nacional del Estado Civil”, detalló la Registraduría en la respuesta, aclarando que, pese a que no fueron validades muchas de las firmas que presentó, las que obtuvo finalmente fueron suficientes para quedar inscrito como candidato.

El aspirante explicó ante los medios de comunicación que la Registraduría anuló entre el 40% y el 68% de las firmas recolectadas por cada uno de los aspirantes. En su caso, indicó que todas las firmas que allegó fueron auditadas y por eso presentó un recurso de reposición.

El comité inscriptor deAbelardo de la Espriella presentó 5.079.000 registros (firmas) para hacer efectiva su inscripción, pero solo le fueron aceptadas 1.978.108 (38,95%) - crédito @PITERALBEIRO/X
El comité inscriptor deAbelardo de la Espriella presentó 5.079.000 registros (firmas) para hacer efectiva su inscripción, pero solo le fueron aceptadas 1.978.108 (38,95%) - crédito @PITERALBEIRO/X

Práctica de pruebas ordenada por el CNE

En este contexto, el CNE indicó que no cuenta con los elementos de juicio suficientes para tomar una decisión de fondo sobre la solicitud de revocatoria, por lo que ordenó la práctica de pruebas. Por ello, solicitó a la Gestión Electoral de la Registraduría Nacional del Estado Civil que, en un plazo de cinco días hábiles a partir de la notificación del auto, envíe los siguientes documentos:

  • Formularios E-6P, y E-8P de la inscripción de Abelardo de la Espriella.
  • Una certificación del número total de firmas entregadas por el candidato.
  • Una certificación de la cantidad de firmas presentadas que fueron válidas.
  • Un documento en el que informe la razón o motivo legal por el cual no fueron tenidas en cuenta las firmas.

También pidió al comité inscriptor Grupo Significativo de Ciudadanos Defensores de la Patria pronunciarse sobre los hechos en en un términos de cinco días hábiles. De igual manera, solicitó a Abelardo de la Espriella presentar sus descargos sobre el tema de estudio en el mismo plazo y allegar todo el material probatorio que considere relevante.

El CNE pidió a Abelardo de la Espriella pronunciarse sobre los hechos que investiga - crédito Luisa González/Reuters
El CNE pidió a Abelardo de la Espriella pronunciarse sobre los hechos que investiga - crédito Luisa González/Reuters

El CNE añadió en su decisión: “SOLICITAR al peticionario MARCELIANO JULIO FONSECA BOLÍVAR, dentro de los cinco (5) días hábiles contados a partir de la comunicación del presente Auto, señale de forma clara, precisa y concreta la causal de revocatoria que invoca, de la misma forma que allegue el material probatorio que considere útil, conducente y pertinente a la solicitud objeto de estudio”.

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