María Fernanda Cabal desmintió a Guillermo Jaramillo tras asegurar que los niños son del Estado: “No se equivoque”

El ministro de Salud insistió en la importancia de la vacunación contra la fiebre amarilla y aseguró que los padres y madres de familia no pueden impedir que sus hijos sean vacunados, porque la patria potestad sobre ellos es del Estado

El ministro Guillermo Jaramillo afirmó que la patria potestad de los menores de edad es del Estado - crédito @MariaFdaCabal/X

El ministro de Salud, Guillermo Alfonso Jaramillo, llevó a cabo una rueda de prensa para poner en evidencia la situación del país en cuento a la fiebre amarilla, que tiene en alerta a algunos municipios y ciudades. Durante su intervención, insistió en la importancia de la vacunación temprana.

Todos los niños o jóvenes de 15 años están vacunados contra la fiebre amarilla y por eso es que no hemos tenido, por ahora, ningún muerto de niños menores de 15 años, porque están vacunados, tienen el esquema”, precisó el funcionario.

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Según indicó, en las viviendas en las que alguna persona haya sido diagnosticada con la enfermedad, deben instalarse toldillos en las habitaciones, con el fin de evitar el contagio a través de la picadura de insectos infectados. Además, se require de atención médica.

María Fernanda Cabal criticó a Guillermo Jaramillo por afirmar que los niños son del Estado. Aseguró que representa un régimen totalitario - crédito Carlos Ortega/EFE y @MariaFdaCabal/X

Sin embargo, la medida más efectiva para evitar la muerte por la fiebre amarilla es la vacunación. Por eso, instó a la ciudadanía a acceder a la vacuna y completar el esquema. En el caso de los adultos que deseen desistir de ello, deberán firmar un acta en el que expresen su postura, en la cual queda el registro de que se hizo el ofrecimiento de la vacuna, pero que esta fue rechazada.

No obstante, en el caso de los niños, niñas y adolescentes, es diferente. “Todo niño, niña o adolescente, todos los menores de 18 años… la patria potestad es del Estado. Si hay alguna negación por parte de alguna de algún padre o madre para vacunar al niño, intercede Bienestar Familiar (Icbf)”, indicó el jefe de la cartera.

Sus declaraciones generaron indignación y críticas en el país político colombiano, no precisamente por incentivar la vacunación de los menores de edad, sino por afirmar que la patria potestad sobre los menores de edad es del Estado. Una de las personas que desmintió sus palabras es la senadora del Centro Democrático María Fernanda Cabal, también aspirante a la Presidencia de la República.

En su cuenta de X, la congresista de la oposición recordó al jefe de la cartera que la patria potestad es de los padres y madres de familia. “Ministro, los hijos no son del Estado. La patria potestad es un derecho y deber natural de los padres, no una concesión gubernamental. Pretender que el Estado sustituya a la familia es propio de regímenes totalitarios. No se equivoque que las familias colombianas no están solas”, precisó la funcionaria.

La senadora María Fernanda Cabal recordó que la patria potestad es un derecho y deber natural de los padres - crédito @MariaFdaCabal/X

La patria potestad en Colombia: de quién es, regulación y pérdida

Según el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar (Icbf), la patria potestad es el conjunto de derechos que los padres tienen sobe sus hijos menores de edad. Esos derechos, reconocidos por la ley, se limitan a la administración de los bienes y a la representación legal. La patria potestad está regulada en el Código de la Infancia y la Adolescencia.

La pérdida de la patria potestad se determina por un proceso legal, en el que se deben demostrar causales como maltrato habitual, abandono del menor de edad, depravación, privación de la libertad de alguno de los padres por más de un año y la instrumentalización del menor para la comisión de un delito.

El maltrato y la instrumentalización de niños son causales de pérdida de la patria potestad de los padres - crédito Camila Díaz/Colprensa

En caso de que alguno de los padres quiera iniciar el proceso, deberá recurrir al Icbf para informar sobre la situación, que pasará a ser decidida por un juez de la República. “Es el juez de Familia, dentro de un proceso de privación de patria potestad, quien determina en cada caso concreto, si resulta viable y benéfico o no para el niño dicha privación”, precisa el Instituto en su sitio web oficial.

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