La Registraduría Nacional del Estado Civil dio a conocer que para 2024 se cancelaron más de 1.200 cédulas de ciudadanía por un error en común. De acuerdo con la entidad, el número se pudo evidenciar a través de los resultados de las bases de datos.
La Registraduría explicó que fueron un total de 1.246 cédulas las canceladas debido a casos de falsa identidad. La mayor parte de estos documentos estaban en posesión de personas de nacionalidad dominicana y venezolana, quienes, según se indicó, habrían obtenido estas identificaciones “de manera fraudulenta para tramitar pasaportes, salir del país o cometer posibles delitos”.
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La confirmación de los datos se logró a través de la comparación de las bases de datos del Centro de Analítica de Datos de la Registraduría Nacional, Migración Colombia, la Cancillería y la Dirección de Investigación Criminal e Interpol (Dijin).
Según la Registraduría, los departamentos en donde más se cancelaron cédulas fueron los siguientes:
- Atlántico: 348 cédulas
- Córdoba: 281 cédulas
- Cesar: 150 cédulas
- Cundinamarca: 121 cédulas
- Bolívar: 100 cédulas
Por tal motivo, el registrador Hernán Penagos advirtió a todos los colombianos que son testigos para la inscripción de registros civiles de nacimiento de dichos extranjeros y que permiten la expedición de la cédula, constituyen a un delito.
“Muchos colombianos se han prestado para ir a testificar en la inscripción del registro de ciudadanos extranjeros, como si fueran colombianos, y a estos nacionales hay que decirles que están cometiendo un delito que los puede llevar a la cárcel”, manifestó Hernán Penagos.
En Colombia, el delito de falsedad en documento está regulado por el Código Penal (Ley 599 de 2000), en los artículos 286 al 291. Este delito se configura cuando una persona altera, falsifica o utiliza un documento público o privado con el propósito de obtener un beneficio indebido o de causar un perjuicio a terceros. Las principales modalidades son:
1. Falsedad material en documento público o privado (Artículos 287 y 289):
Se incurre en este delito cuando se crea, altera o modifica un documento, haciendo parecer que es auténtico o legítimo, aunque no lo sea. Ejemplos incluyen:
- Alterar fechas, firmas o datos en un documento oficial o privado.
- Crear un documento que simule ser emitido por una autoridad o institución legítima.
2. Falsedad ideológica en documento público o privado (Artículos 286 y 289):
Ocurre cuando un documento es auténtico en su forma, pero contiene información falsa introducida intencionalmente. Ejemplos:
- Declarar datos falsos en un contrato o acta oficial.
- Incluir información engañosa en declaraciones ante autoridades.
3. Uso de documento falso (Artículo 291):
Se comete cuando alguien utiliza un documento falso, sabiendo que no es auténtico, para beneficiarse o causar daño. Ejemplo:
- Presentar un título académico falsificado para acceder a un empleo.
- Usar una identificación adulterada para realizar trámites legales.
4. Supresión, destrucción u ocultamiento de documento (Artículo 292):
Se incurre en este delito cuando una persona destruye, oculta o hace desaparecer un documento legítimo para alterar la verdad de los hechos o dificultar el acceso a pruebas.
Sanciones:
Las penas varían según el tipo de documento y la gravedad de la conducta, oscilando entre prisión de 1 a 12 años y multas, dependiendo de si el documento es público o privado y del impacto de la acción.
Estos delitos buscan proteger la confianza pública en los documentos y garantizar la integridad de los mismos como medio de prueba y comunicación en la sociedad.
En Colombia, la expedición de la cédula de ciudadanía por primera vez es un trámite que realizan las personas al cumplir los 18 años. Este proceso está a cargo de la Registraduría Nacional del Estado Civil. Los requisitos generales son los siguientes:
Requisitos básicos
Cumplir 18 años: Este es el requisito principal para obtener la cédula de ciudadanía. La solicitud puede hacerse desde el día en que se alcanza la mayoría de edad.
Registro civil de nacimiento:
- Debe ser el original, expedido en formato actualizado.
- Es necesario que contenga la anotación del NUIP (Número Único de Identificación Personal).
- Tarjeta de identidad: Documento original vigente como identificación previa.
Fotografía:
La foto debe ser tomada directamente en las oficinas de la Registraduría durante el trámite. En casos excepcionales, si no es posible capturarla en el lugar, se debe aportar una fotografía con las siguientes especificaciones: fondo blanco, tamaño 4x5 cm, en alta calidad y reciente.
Certificación de RH y grupo sanguíneo: Aunque no se requiere un documento médico formal, es indispensable declarar esta información con exactitud.