La Contraloría Distrital de Cartagena reveló que fue detectado un detrimento patrimonial de hasta 264 mil millones de pesos en la ejecución de contratos celebrados entre la alcaldía distrital y la Unidad Administrativa Especial De Catastro Distrital (Uaecd), al igual que un documento firmado entre el distrito de la ‘heroica’ y la empresa Aguas de Cartagena.
En un comunicado, el órgano de control detalló que se identificaron cinco hallazgos con incidencia administrativa, de los cuales, dos fueron con incidencia fiscal, uno con presunta incidencia penal y tres con presunta incidencia disciplinaria.
“En el documento quedó plasmada la preocupante cifra del detrimento patrimonial (...) asciende la suma de $239.553.224.598 pesos”, explicó Ángela Cubides, contralora distrital de Cartagena, en un comunicado.
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Frente al contrato celebrado entre la alcaldía y la Unidad de Catastro, la funcionaria mencionó que se realizaron doce investigaciones al documento No. 059 de 2024, firmado entre las partes.
“Se evidencian 12 hallazgos administrativos, de los cuales 6 tienen incidencia fiscal, 12 tienen presunta disciplinaria y todos con presunta penal por irregularidades en el cumplimiento y ejecución del mencionado contrato (...) el detrimento patrimonial asciende la suma de $25.248.552.858 pesos”, sostuvo la contralora.
En este sentido, Cubides hizo una petición a la Fiscalía General y la Procuraduría General de la Nación para que se adelanten las investigaciones correspondientes frente a la información revelada por el órgano distrital de control.
“Se realizará el traslado de los hallazgos con presunta disciplinar y penal a las autoridades competentes para que, en adelante, le den el trámite que corresponda, según su competencia. Los hallazgos que tienen ciencia fiscal fueron trasladados a la dirección técnica de responsabilidad fiscal para su estudio de análisis (...) la Contraloría Distrital de Cartagena de Indias encabeza de la contralora Distrital Ángel seguirá en cumplimiento de su visibilidad con las atribuciones legales y constitucionales en la lucha contra la corrupción”, concluyó.
Alcaldía de Cartagena señaló presuntas irregularidades legales por la Contraloría distrital
La investigación realizada por la Contraloría distrital de Cartagena se conoció luego de que el Comité Central de Auditoría, que está integrada por los jefes de Control Interno de las dependencias del distrito, enviara una carta al ente investigativo sobre su posible extralimitación de sus funciones, durante una inspección a estas dependencias a finales del mes de diciembre de 2024.
Según la misiva, que fue dirigida a la contralora Ángela Cubides, las acciones realizadas en las dependencias de la Alcaldía solamente están contempladas para la Contraloría General de la República, según lo estipulado en la Constitución Política.
“El control fiscal ejercido por la Contraloría Distrital no puede efectuarse de manera previa, modalidad proscrita por la Constitución Política. Ni siquiera cabe la excepcional figura del control preventivo y concomitante, para cuya operación se requiere de los presupuestos previstos en los artículos 54 y siguientes del Decreto 403 de 2020 y, que, además, es potestad exclusiva del Contralor General de la República”, se lee en la carta.
De acuerdo con las explicaciones dadas por la Contraloría de Cartagena, acciones se fundamentaron en las circulares 014 del 24 de diciembre y 015 del 30 de diciembre, las cuales implementaban un control fiscal previo, algo que recriminó el Distrito cartagenero.
“Las actuaciones del órgano de control a su cargo, según lo establecido en la Guía de Auditoría Territorial en el marco de las normas internacionales - ISSAI - GAT Versión 4.0, aplicable a la Contraloría Distrital, deben estar previstas en el Plan de Vigilancia fiscal territorial y no tenemos conocimiento de su aprobación y posterior publicación en la página web oficial de la entidad que usted representa”, mencionó la alcaldía en la misiva.
Finalmente, la alcaldía de Cartagena pidió a la Contraloría distrital que “ejerza sus funciones dentro del marco previsto en la Constitución, la ley y las guías expedidas por la Contraloría General de la República, sin extralimitarse en su ejercicio y con respeto de los términos legales establecidos”.